Recomiendan a Semarnat negar permiso para construir Estadio Monterrey

viernes, 5 de agosto de 2011 · 18:50
MONTERREY, N.L. (apro).- El Consejo Consultivo para el Desarrollo Sustentable Núcleo Nuevo León, recomendó a la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat)  negar a la empresa Fomento Económico Mexicano (Femsa) el permiso para la construcción del estadio de futbol Monterrey por los daños a la naturaleza que provocará en terrenos del bosque de La Pastora, en el municipio de Guadalupe. Mediante un texto de seis páginas firmado el jueves en sesión extraordinaria, los miembros del Consejo -integrado a la Semarnat- exponen una serie de factores ecológicos y de seguridad para señalar que el estadio no debe ser construido a una orilla del río La Silla, el único afluente vivo de la zona metropolitana de Monterrey. Los consejeros de Nuevo León advierten de los peligros que implica la construcción del inmueble en el bosque debido a las crecidas que pueden ocurrir con fenómenos meteorológicos de alto impacto, como sucedió con la tormenta tropical Alex, que devastó Nuevo León el 1 de julio del 2010 y que afectó visiblemente el cauce del río. La repetición de un meteoro similar con un estadio construido a un lado del afluente, compromete la seguridad de los habitantes de las casas aledañas a la zona, señala el estudio. “El proyecto del estadio se ubica justo en la inmediación de una subcuenca tributaria del río La Silla que desciende de una pendiente sumamente pronunciada del Cerro de la Silla, lo que la hace contar con características especiales; hay agua superficial en abundancia, lo que implica una irrigación a los suelos que abarca su influencia, de esto se infiere el vigor de la mancha verde que caracteriza a la zona en cuestión”, destaca. Esta solución requiere desviar el trayecto de la cuenca, lo que aumenta el riesgo de inundaciones en el lado norte del río, frente al estadio, donde hay casas-habitación. El dictamen de los consejeros advierte que el área de construcción del estadio es susceptible a inundaciones; y que el proyecto omite señalar cómo se incrementaría el riesgo de los residentes de la zona al modificar y canalizar el trayecto de la cuenca. También señala que el estudio vial contempla una concentración de 9 mil vehículos para cada partido de futbol, y solamente hay 5 mil cajones de estacionamiento, más otros de espacios aledaños. Pero el plan reconoce un déficit de 2 mil 500 espacios, lo que derivará en un grave congestionamiento vehicular que repercutirá en la pérdida de la masa vegetal, en detrimento de la calidad del aire y en la salud pública. Ángel Sendic Tovalín Castillo, consejero del sector juvenil, señala que el documento fue apoyado por la mayoría de los consejeros, con excepción del representante empresarial, que se abstuvo de votar, y el del gobierno del estado, representado por Plácido González, de la Secretaría de Desarrollo Sustentable de Nuevo León. Menciona que tras el análisis de la propuesta de Femsa, los consejeros decidieron votar en contra debido a los graves daños que generará en los ecosistemas del bosque, y en el riesgo para los habitantes de las zonas aledañas. “El proyecto tiene una lógica para salvaguardar la edificación de los embates ambientales, pero no lo contrario, que debiera ser buscar soluciones para mitigar los efectos de la obra sobre el medio ambiente. Además, si vemos el proyecto no hay un inventario de los servicios ambientales que esos ecosistemas prestan. Sin ese inventario, no se cuantifican los daños que se generan”, comenta en entrevista. Actualmente, la Semarnat analiza la solicitud de Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA) que por tercera vez promueve Femsa para poder construir el estadio, que tendrá un costo aproximado de 2 mil 185 millones de pesos; capacidad para 50 mil espectadores en un terreno de 24.5 hectáreas, al pie del Cerro de la Silla. El Consejo Consultivo es un órgano plural respaldado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para que sean vigilantes, asesores y contralores de la Semarnat. Sus recomendaciones no ameritan obligatoriedad de cumplimiento.

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