Publican Código Nacional de Procedimientos Penales

miércoles, 5 de marzo de 2014 · 20:21
MÉXICO, D.F. (apro).- La Secretaría de Gobernación publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación el Código Nacional de Procedimientos Penales que recoge el sistema procesal penal acusatorio y que entrará en vigor de manera gradual, sin que exceda del 18 de junio de 2016. Según el decreto, el Código tiene como objetivo establecer las normas para la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos, a fin de esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que se repare el daño. Ello con el objetivo de contribuir a asegurar el acceso a la justicia en la aplicación del derecho y resolver el conflicto que surja con motivo de la comisión del delito, en un marco de respeto a los derechos humanos. De manera gradual, el ordenamiento entrará en vigor en cada uno de los estados y el Distrito Federal, según los términos que establezca la declaratoria emitida por el órgano legislativo correspondiente. Y en todos los casos, entre la declaratoria y la entrada en vigor del código, deberán mediar 60 días naturales. Al respecto, la secretaria técnica del Consejo de Coordinación para la instrumentación del Sistema de Justicia Penal (Setec), María de los Ángeles Fromow Rangel, señaló que los estados van a tener que ajustar sus procesos y estandarizar la operación, sin que exista una barrera territorial. La idea es que todos funcionemos de igual forma, subrayó. De acuerdo con Fromow, eso significa trabajar en modelos de gestión, en reestructuración, en normativa de igual forma, y por eso el trabajo coordinado que tendrá que hacer el Setec en todo el país. “Estamos por la mecánica de hacer lo que nosotros llamamos un mismo modelo para todos los estados y que ellos puedan trabajar de una u otra forma de manera coordinada, con protocolos manuales de actuación”, puntualizó en entrevista. La funcionaria federal señaló que con la uniformidad en el Sistema de Justicia Penal, el ciudadano podrá ser juzgado en uno u otro estado con el mismo procedimiento y lo que se requiera para aprobar su inocencia o su culpabilidad, “y también podemos verlo desde la perspectiva de las víctimas. Las víctimas van a tener los mismos derechos, los mismos beneficios en un estado que en otro”, apuntó. El Código Federal de Procedimientos Penales publicado en el Diario Oficial el 30 de agosto de 1934 y los de las entidades federativas quedarán abrogados. No obstante, los procedimientos penales que a la entrada en vigor del presente ordenamiento se encuentren en trámite, continuarán su sustanciación con la legislación aplicable a su inicio, según el texto publicado hoy por la Segob. De igual manera, indica que quedan derogadas todas las normas que se opongan al presente decreto, con excepción de las leyes relativas a la jurisdicción militar, así como de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. El ordenamiento aclara que no procederá la acumulación de procesos penales, cuando alguno de ellos se esté tramitando conforme al presente código y el otro conforme a la ley abrogada. Establece que en un plazo que no exceda de 270 días naturales después de esta fecha, la Federación y las entidades federativas deberán publicar las reformas a sus leyes y demás normatividad complementaria que resulten necesarias para la instrumentación de este ordenamiento. Señala que en aquellos lugares donde se inicie la operación del proceso penal acusatorio, tanto en el ámbito federal como en el estatal se deberá contar con equipo necesario y protocolos de investigación y de actuación del personal sustantivo y los manuales de procedimientos. A partir de la entrada en vigor del código, el Poder Judicial, la PGR, las comisiones de Seguridad y de Tribunales Superiores de Justicia y la Conferencia Nacional de Procuradores emitirán semestralmente la información a las comisiones para que evalúen el funcionamiento y operatividad de las disposiciones contenidas en este código.  

Comentarios