Violan derechos laborales a empleada del IEDF

martes, 19 de agosto de 2014 · 13:43
MÉXICO, D.F., (apro).- Del 1 de febrero de 2011 al 15 de enero de 2013, María Dolores del Valle Espinosa laboró como analista en la presidencia Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF). Con la renovación de cuadros, le pidieron su renuncia y a partir de entonces comenzó una pesadilla que todavía no termina. Invirtió un año y un mes en trámites burocráticos, entabló un juicio laboral, y promovió una queja ante la Comisión de Derechos Humanos del DF (CDHDF) para lograr que le pagaran su liquidación conforme a la ley. De su liquidación tuvo que destinar 30% al pago de honorarios del abogado que llevó su caso. Fue, dice en entrevista, mucho el esfuerzo y pocos resultados porque, a la fecha, a un año y dos meses de interponer su queja, la CDHDF “se ha mantenido en ociosas diligencias”, a pesar de que ha demostrado con documentos que se violaron sus derechos a la irretroactividad de la ley, a la igualdad y la no discriminación. De febrero de 2011 al 15 de enero de 2013, Del Valle Espinosa se desempeñó como analista, adscrita a la presidencia del órgano electoral, entonces a cargo de Néstor Vargas Solano. Con la renovación de la presidencia, el 15 de enero de 2013, su plaza, como la de una docena más, fue requerida para ponerla a disposición de la nueva presidenta, Diana Talavera Flores, a pesar de que la suya, afirma, no era una plaza de confianza. Según la exempleada, Bernardo Valle Monroy, representante legal y secretario ejecutivo del IEDF la persuadió de suscribir un convenio, para indemnizarla conforme a los lineamientos establecidos, y le advirtió que de negarse a firmarlo, él podría ejercer sus atribuciones y notificarle unilateralmente la terminación de la relación laboral sin ningún beneficio o indemnización. Ello, lejos de constituir “un acto bondadoso”, señala del Valle Espinosa “constituye una práctica violatoria de derechos humanos y laborales” pero aun así accedió a firmar el convenio que le ofrecieron. A través de dicho convenio, del que Apro tiene copia, el IEDF se obligaba a pagar 91 mil 981.42 pesos por los siguientes conceptos: tres meses de salario bruto, 20 días por cada año de servicio, prima de antigüedad y vacaciones. Además debía recibir mil 310.14 pesos por concepto de finiquito. El convenio signado el 15 de enero de 2013, se realizó con base en los Lineamientos para la terminación de la Relación Laboral por: retiro forzoso por conclusión del cargo, retiro voluntario de los mandos superiores con nivel jerárquico del 001 al 003; retiro voluntario de plaza de libre designación con antigüedad menor a los dos años y fallecimiento. Sin embargo, en una sesión urgente celebrada el 7 de febrero de 2013, la Junta Administrativa del IEDF abrogó dichos lineamientos aprobados mediante acuerdo JA147-12 emitido el 6 de diciembre de 2012. A pesar de ello, a Del Valle Espinosa se le dijo que su pago se haría efectivo y para ello el secretario administrativo debía convocar, durante los tres días hábiles posteriores a la firma del convenio, al Comité Técnico del Fideicomiso 2188-7 del propio IEDF –de donde saldrían los recursos para el pago de la liquidación—para aprobar el pago. Así, transcurrieron seis meses en los que a la exanalista le decían que pronto se resolvería lo de su pago, pero fue hasta el 29 de julio de 2013, ya en la administración de Diana Talavera, que se envió el convenio al Comité Técnico. Sin embargo, éste, con la anuencia de Valle Monroy, determinó no pagar el convenio con el argumento de que se basaba en los lineamientos que habían sido abrogados el 7 de febrero, es decir que se aplicó la norma de forma retroactiva en perjuicio de la extrabajadora. De ello, María Dolores responsabiliza a la presidencia del IEDF y a Valle Monroy, el secretario ejecutivo. “El convenio lo celebramos el 15 de enero de 2013 con base en los lineamientos de diciembre de 2012, y la abrogación de éstos fue posterior, es decir, el 7 de febrero de ese mismo año”, acusó. Cuando la presidenta del IEDF decidió proponer y aprobar la abrogación de los lineamientos, recalcó, ella ya gozaba de los derechos adquiridos por firmar ese convenio con meses de antelación. Con ello, sostiene, la presidencia del IEDF, el secretario ejecutivo y los integrantes del Comité Técnico del Fideicomiso 2188-7 del IEDF incumplieron con el convenio firmado el 15 de enero de 2013, violaron en su perjuicio el derecho humano de la irretroactividad de la ley, el de la igualdad y el de la NO discriminación. Los dos últimos, abunda, los violaron al hacer un distingo respecto de los demás servidores públicos que también firmaron el convenio signado el 15 de enero, a quienes se les cumplió “espontáneamente” el pago de su convenio respectivo. Del Valle Espinosa atribuye la desatención en su caso a que se atrevió a interponer queja ante la CDHDF, que tampoco le ha respondido, dice. El IEDF le entregó el dinero de su liquidación el pasado 13 de febrero, un año y un mes después de celebrado el convenio, y sólo hasta que se lo ordenó el Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) mediante sentencia TEDF-JLI-010/2013, en la que reconoce que el IEDF aplicó retroactivamente los efectos de la ley en perjuicio de la exempleada. “En mi caso, para que me pagaran el convenio de terminación de relación laboral tuve que cargar con interponer una demanda laboral y pagar un abogado para ese efecto y vencer al IEDF en ese juicio laboral” que le costó un 30% del total de su liquidación. “El IEDF nunca cumplió espontáneamente con mi convenio por la sencilla razón de que, en los hechos, jamás aceptó su obligación de pagarlo. Siempre opuso excepciones y defensas en el juicio laboral para negarse en todo momento a cumplir con el convenio. “Solo gracias a que interpuse la demanda laboral y a que gané el juicio pude recibir mi liquidación y finiquito, pero sin ser indemnizada por los gastos y costos de ese juicio”, acusa. La situación le causó una merma económica por los “onerosos” costos del abogado y por el tiempo que transcurrió antes de recibir su liquidación. Del Valle Espinosa sostiene que ese perjuicio se habría resarcido si le hubieran pagado los intereses respectivos del año y un mes que transcurrió pero no fue así. Su última esperanza era que la CDHDF se pronunciara sobre su caso y sugiriera al IEDF medidas resarcitorias pero a la fecha, dice, “se ha mantenido en ociosas diligencias” a pesar de que cuenta con todos los documentos que prueban que se violaron sus derechos humanos y laborales. La exanalista del IEDF interpuso su queja ante la CEDHDF el 28 de mayo de 2013 por violar su derecho a la irretroactividad de la ley, la igualdad y la no discriminación. El organismo que preside actualmente Perla Gómez, afirma, ha tardado más en “estudiar y sustanciar” su queja, que lo que tardó el TEDF en resolver el juicio laboral que interpuso. Por ello afirma: “La protección y defensa de los derechos humanos en el Distrito Federal, lo digo categóricamente en mi caso, no es una alternativa de solución contra las arbitrariedades de las autoridades del Distrito Federal”. Incluso, abunda, en la quinta visitaduría de la CEDHDF, que fue creada para atender asuntos laborales, le dijeron que una vez que resolviera el TEDF, se quedaría sin materia su queja ante el órgano defensor de los derechos humanos. La exanalista del IEDF pide que, a fin de que se siente un precedente y no se violen arbitrariamente los derechos laborales de otras personas, pide a la CEDHDF que inicie los procedimientos administrativos correspondientes por las irregularidades cometidas por los funcionarios del IEDF involucrados en su caso y que se adopten medidas preventivas para que casos como este no se vuelvan a repetir, mediante una “clara y enérgica” recomendación al IEDF. “La CDHDF no puede admitir los alegatos del IEDF que recientemente le ha hecho y que penosamente consisten en decir que al cumplir con la sentencia del TEDF tiene diluidas las violaciones que cometió contra mis derechos humanos”, insiste.

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