Karen, ¿mala madre?

lunes, 18 de mayo de 2015 · 08:44

MÉXICO, D.F. (Proceso).- El Día de la Madre no es igual para todas. Hay unas consideradas “malas madres”, otras acusadas de serlo y algunas encarceladas por supuesta maldad como madres. ¿Quién atestigua los grados de “maldad”? ¿Quién da fe de la veracidad de las acusaciones?

Karen es una madre soltera de 23 años, y cuando sucedieron los hechos por los que ha sido condenada a 30 años, siete meses y 15 días de prisión tenía un niño de poco más de dos años y una bebé de 15 meses. Hoy está presa, acusada de homicidio en razón del parentesco calificado y de violación equiparada agravada en la modalidad de “comisión por omisión” en contra de su hijita. Dicho en sencillito, se le imputa no hacer nada para impedir que su “pareja sentimental” supuestamente abusara sexualmente de su criatura y luego la lanzara contra la pared, a consecuencia de lo cual murió en el hospital.

Karen ha sostenido que cuando rindió su primera declaración lo hizo presionada, que sufrió tortura psicológica y malos tratos por parte de las autoridades ministeriales, además de que estaba en shock por lo ocurrido. Como a esto se suman una serie de violaciones procesales por parte de la autoridad judicial, su caso interesó a la Clínica de Litigio Estratégico con Perspectiva de Género “Marisela Escobedo”, que coordina el abogado Luis Alberto Muñoz y forma parte del proyecto “Mujeres en espiral: sistema de justicia, perspectiva de género y pedagogías en resistencia”, dirigido por la doctora Marisa Belausteguigoitia, de la UNAM.

Hasta el momento el abogado Muñoz ha encontrado que hubo diversas violaciones al debido proceso, y que Karen fue sometida a una detención ilegal y prolongada.

Ella llega por propio pie a la Agencia del Ministerio Público, y hasta ser presentada ante el titular de esta dependencia median entre seis y siete horas. Durante este periodo no tiene certeza de cuál es su situación jurídica. Antes de encarar al agente del Ministerio Público, Karen es interrogada en repetidas ocasiones por policías, y en ningún momento cuenta con la presencia de un abogado ni le son leídos sus derechos por parte de los policías encargados de los interrogatorios.

Además, existe una valoración sesgada de las pruebas, pues el material probatorio se evalúa en forma parcial a fin de hacerlo encuadrar con la versión de los hechos presentada por el Ministerio Público, ya que ninguno de los “testigos” estuvo presente en el lugar de los hechos, y sus declaraciones fueron tomadas en consideración fuera de contexto y en partes.

En el careo sostenido por Karen y su pareja sentimental, ella nunca expresa haberlo visto cometer los delitos de violación equiparada y lesiones que causaron la muerte de su hijita. Sin embargo, para la autoridad judicial basta que Karen le haya reclamado a su pareja sentimental la violencia que ejercía en su contra para decidir que estaba presente en el día y la hora de los acontecimientos.

Ante la reiterada denuncia de Karen de que fue intimidada y maltratada por la policía, el personal de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) le aplica el Protocolo de Estambul, que consiste en una batería de pruebas médicas y psicológicas para detectar indicios de tortura psicológica. La CDHDF corrobora el dicho de Karen respecto a la intimidación y los malos tratos. Sin embargo, la juez penal no le da valor probatorio al resultado, pues considera que las conclusiones son “¡demasiado benéficas para la enjuiciada!” Para rematar, la juez dicta el cierre de la instrucción antes de anunciar el agotamiento de la misma, lo que limita el derecho de Karen a aportar pruebas.

¿Por qué esta juez condenó a Karen sin calibrar su vulnerabilidad con su pareja sentimental? ¿Por qué no tomó en cuenta el contexto de violencia y de precariedad social en el que la joven vivía? Creo que porque para la juez Karen era una “mala madre”. Existe una conexión entre el derecho y la cultura, pues las ideas culturales hegemónicas tiñen el proceso de formación de juicio legal; por eso, sin que los jueces se den cuenta, muchas de sus reflexiones están llenas de prejuicios culturales que les provocan una predisposición negativa al juzgar.

Como el sistema judicial fundamenta y justifica sus decisiones afirmando que sus resoluciones representan los valores de la sociedad, la juez reafirmó el valor cultural que tiene la maternidad condenando duramente a quien consideró una “mala madre”. Lástima que se haya visto más interesada en dar un castigo ejemplar que en entender lo que verdaderamente ocurrió, lo cual la hubiera llevado a resolver que Karen no cometió ningún abuso ni lanzó a su hijita contra la pared. Justamente la perspectiva de género sirve para explicar por qué muchas mujeres como Karen tienen parejas sentimentales abusadoras y criminales.

Karen es una madre que hoy llora la muerte de su hijita, que extraña a su hijo, que quiere volver a su trabajo de mesera y rehacer su vida. Es una madre que se rebela a estar encarcelada durante más de 30 años por un crimen que no cometió. Por eso la clínica jurídica “Marisela Escobedo” de la UNAM ha tomado su caso y ya Karen apeló nuevamente la sentencia definitiva.   

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