A 6 años de la legalización en la CDMX, van más de 6 mil 500 matrimonios gay
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Desde el 4 de marzo de 2010 --cuando entraron en vigor las reformas en el Código Civil del Distrito Federal para legalizar los matrimonios entre personas del mismo sexo-- hasta diciembre del 2015, un total de seis mil 525 parejas homosexuales oficializaron su unión ante un juez.
Según datos del Registro Civil, de ese total, tres mil 532 fueron parejas de hombres y dos mil 993 de mujeres. En el mismo lapso, el registro de divorcios fue mínimo, pues sólo se produjeron 261, de los cuales 128 fueron entre hombres y 133 entre mujeres.
Con estas cifras como prueba del avance en el combate a la discriminación en la capital del país, el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (Copred) celebró el sexto aniversario de la legalización del matrimonio y concubinato entre personas del mismo sexo.
En un comunicado, recordó que el decreto por el que se reformaron diversas disposiciones del Código Civil y del Código de Procedimientos Civiles para el DF se publicó el 29 de diciembre de 2009 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal número 747 y entró en vigor el 4 de marzo del 2010.
El Consejo destacó que entre las reformas realizadas al Código Civil sobresalió la modificación al artículo 146 que establece que el “matrimonio es la unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua”.
Antes de la reforma, éste establecía que el matrimonio era la unión libre “entre un hombre y una mujer con la posibilidad de procrear hijos. Por consiguiente, el matrimonio sólo estaba encauzado para parejas heterosexuales”.
El Copred agregó que además de estos avances, se realizado diversas modificaciones a otros ordenamientos legales, especialmente los relacionados con derechos derivados del matrimonio, por ejemplo, el derecho a la seguridad social, a la vivienda y a la adopción.
Sin embargo, el Consejo consideró que el acontecimiento más relevante en la materia ocurrió el pasado 19 de julio de 2015, cuando el Semanario Judicial de la Federación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó la Tesis de Jurisprudencia 43/2015.
El documento estableció que “la ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquél (matrimonio) es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, es inconstitucional”.
Además, mencionó que “vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales”.
Incluso, aseguró que “como la finalidad del matrimonio no es la procreación, no tiene razón justificada que la unión matrimonial sea heterosexual, ni que se enuncie como entre un solo hombre y una sola mujer”.
Ante esta resolución, el Copred resaltó que quedó establecido que “todas las personas, independientemente de sus preferencias sexuales, pueden acceder al matrimonio en todas las entidades del país”.
En este sentido, el Consejo exhortó a las autoridades competentes y a la sociedad en general “a seguir reproduciendo acciones que contribuyan a prevenir y a eliminar la discriminación en la Ciudad de México”.