Solicitará el INAI la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Transparencia de la CDMX

martes, 7 de junio de 2016 · 17:27
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) informó que solicitará la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, por considerar que vulneran el derecho de acceso a la información. El Pleno del INAI acordó realizar dicha solicitud mediante una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), luego de advertir que algunos preceptos contravienen los principios de acceso a la información y transparencia previstos en la Constitución. Destacó que específicamente impugnará los artículos 24, fracción X; 31, 32, 33, 34, 35, fracciones I, IV, V, VII, VIII, IX, XI, XII y XIV; 44, 236, 237, fracción I, y Décimo Octavo Transitorio de la Ley de Transparencia de la Ciudad de México, publicada el pasado 6 de mayo. Se considera que los preceptos constitucionales e internacionales violados por esas disposiciones son: artículos 1º, 6º, apartado A, fracciones I, III, IV, VI, 17, 73, fracción XXIX-S, 116, fracción VIII, 122, apartado A, fracción I y apartado D, de la Constitución, así como el artículo quinto transitorio del Decreto de Reforma Constitucional, publicado el 7 de febrero de 2014. Asimismo, se señala que el derecho de acceso a la información, como derecho fundamental que se estima conculcado está previsto no sólo en el artículo 6º constitucional, sino en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Sobre los artículos 24, 31, 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Transparencia de la Ciudad de México, son contrarios a los artículos 6º, 116, fracción VIII, y 122, apartado A, fracción I y apartado D de la Constitución, al prever que una corporación o entidad integrada por los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de la Ciudad de México, pueda concentrar la facultad de regular la transparencia gubernamental y el derecho fundamental de acceso a la información. El INAI también reclama la omisión legislativa consistente en la deficiente regulación en que incurrió la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en la conformación de un Sistema Local de Transparencia, que concentra ciertas facultades que le corresponden, exclusivamente, por mandato de la Ley General de Transparencia, al organismo garante de la Ciudad de México. En lo que se refiere a los artículos 236 y 237, fracción I, se estima contrarios a los artículos 1º, 6º, 73, fracción XXIX-S, y 116 de la Constitución, al establecer como requisito para la tramitación del recurso de revisión que se acredite la representación “legal”, cuando por mandato constitucional no se debe de acreditar interés alguno, lo cual constituye una limitante y restricción al derecho fundamental de acceso a la información. La acción de inconstitucionalidad fue aprobada por unanimidad de la comisionada presidenta Ximena Puente de la Mora, las comisionadas Areli Cano Guadiana, María Patricia Kurczyn Villalobos, y los comisionados Oscar Guerra Ford, Joel Salas Suárez, Rosendoevgueni Monterrey Chepov y Francisco Javier Acuña Llamas. De acuerdo con el INAI, dicha acción se basa en las atribuciones que tiene conforme a los artículos 6 y 105, fracción II, inciso H, de la Constitución; en el artículo 41 fracción VI de la Ley General de Transparencia; y en los artículos 21, fracción VI, y 35, fracción XVIII, de la Ley Federal de Transparencia.

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