Conapred pide trato igualitario para que padres accedan a guarderías

martes, 14 de junio de 2016 · 14:23
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Asamblea Consultiva del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) exhortó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a tomar una decisión “histórica” en favor de la igualdad, para que los padres que cuentan con seguro social tengan acceso a las estancias infantiles. La petición tiene lugar un día antes de que los magistrados voten el caso de “Antonio B”, cuya esposa no cuenta con seguro social por lo que a su hijo le fue negado el acceso a una guardería. Actualmente la ley establece que sólo pueden gozar de este derecho las madres trabajadoras afiliadas, así como los padres viudos o los divorciados que cuenten con la patria potestad de sus hijos, lo cual “resulta discriminatorio y violatorio de derechos humanos”, resaltó el Conapred en un comunicado. El organismo añadió que la Ley Federal del Trabajo, la Ley del IMSS y el reglamento para la prestación de servicios de guardería del IMSS acentúan un trato diferenciado que deriva de la asignación a la mujer del rol de cuidado de los hijos, por el solo hecho de serlo. Esto, abundó, “implica un estereotipo de género, esto es, la preconcepción de que es a la mujer a la que corresponde la responsabilidad de la crianza, la atención y el cuidado de los hijos, sin considerar que ésta es una responsabilidad compartida de los padres, que deben participar en igual medida”. El Conapred recordó que el año pasado emitió una resolución (8/2015) en la que se pronunció contra establecer requisitos adicionales a los hombres para que sus hijos e hijas puedan acceder al servicios de guarderías o estancias infantiles de los Institutos de Seguridad Social. En dicha resolución, señaló: “Resulta discriminatorio en agravio de los padres trabajadores, ya que sin una causa razonable y objetiva, se les restringe y/o excluye del servicio de guarderías que deriva de su derecho a la seguridad social, lo cual lesiona gravemente el interés superior de la niñez, sobre quien recae directamente la afectación producida, puesto que con ello se impiden las condiciones mínimas necesarias para el crecimiento y desarrollo saludable de las hijas e hijos de los padres trabajadores”. Además, indicó que la restricción no sólo tiene efectos discriminatorios en agravio de los hombres, sino que también repercuten en el derecho a la igualdad sustantiva de las propias mujeres a quienes se les sigue viendo como las primeras obligadas a cuidar de sus hijos y de las actividades del hogar. El Conapred subrayó que la única forma de combatir esa carga de trabajo desproporcional en agravio de las mujeres, es “fomentar que los hombres se hagan cargo de las responsabilidades familiares de forma igualitaria a las mujeres”. Asimismo, abundó, las normas actuales obstaculizan la facultad de hombres derechohabientes que pretenden compartir de manera igualitaria los cuidados de sus hijos. Tras la resolución del Conapred el ISSSTE inició un plan de trabajo para el cumplimiento de la misma, pero el IMSS la impugnó sin emprender acción alguna a favor del derecho a la igualdad y no discriminación. Por ello, la asamblea consultiva del Conapred se pronunció por que la Corte garantice y proteja a los padres y a las madres derechohabientes.

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