Graco Ramírez violó Ley de Datos al revelar información confidencial de Javier Sicilia

miércoles, 31 de agosto de 2016 · 08:39
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- En su intento por desmentir las denuncias de agresión policiaca a manifestantes, el gobernador de Morelos Graco Ramírez Garrido Abreu, incurrió en una serie de violaciones a la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales de dicha entidad, por lo que podría ser acreedor a una multa de hasta 105 mil pesos. El mandatario de extracción perredista --a quien los movimientos sociales acusan de represor desde los primeros días de su mandato--, difundió un supuesto parte médico en el que se asentó información confidencial, como el domicilio y el estado de salud, así como los nombres del fundador del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad, Javier Sicilia, e identificando a “su pareja” por nombre. Lo anterior es considerado por la mencionada ley, por cierto, promulgada por el mandatario, como información confidencial. El asunto es tan delicado que, por ejemplo, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), desde 2005, ha emitido varias resoluciones para impedir que los expedientes y partes médicos de los presidentes Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, sean susceptibles de transparencia, por considerar que éstos pertenecen al ámbito de la intimidad, muy a pesar de que sean servidores públicos y que en sus respectivos períodos, han sido objeto de duda sobre su estado de salud. Esto es que la inviolabilidad de los informes médicos es tan protegida inclusive para quienes tienen responsabilidad sobre la conducción del país y viven del erario público. En entrevista con Apro, Sicilia aclaró que diferentes datos personales contenidos en el informe son ciertos. Sin embargo, precisó que el parte médico no lo es, acusó la fabricación del dictamen y señaló particularmente la intervención de la firmante, doctora Carolina Stephani González Linares, a quien identificó como novia de Jordy Messenguer, hijo del secretario de Movilidad y exsecretario de Gobierno del estado, Jorge Messenguer. González Linares, ha sido relacionada por diferentes medios de comunicación con Jordi Messeguer y como nuera del secretario, quien fue diputado local. A la mujer, médico de profesión que gusta de aparecer en páginas de sociales, le imputaron la represión de socorristas y paramédicos del Escuadrón de Rescate y Urgencias Médicas, del que es directora. La declaración de Sicilia –quien responsabiliza de su integridad física, la de su familia y patrimonio a Graco Ramírez y al secretario de Seguridad, Alberto Capella por la difusión de sus datos—implica que el mandatario estatal, habría incurrido en el ilícito de alterar un documento oficial. Ayer, luego de que se difundiera en medios de comunicación y redes sociales que integrantes del Frente Amplio Morelense fueron golpeados por policías del Mando Único estatal, entre ellos, Javier Sicilia, el mandatario estatal intentó desmentir en su cuenta de Twitter, la información sobre lo ocurrido. Parte médico apócrifo La mañana del lunes 29, el excandidato presidencial y fundador del PRD, Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, emitió en la red social un mensaje de solidaridad con Sicilia y “enérgica protesta” por la agresión policiaca sufrida. En respuesta, Graco Ramírez repuso: “Estimado Ing. @c_cardenas_s quiero aclararte que no hubo ninguna agresión a Javier Sicilia. Tenemos videos y parte médico. Es otro su interés”. Y después: “@c_cardenas_s este es el parte médico de la emergencia de Javier Sicilia. Existen videos también”. En este último mensaje, Graco Ramírez colocó cuatro documentos oficiales, en los que se asentaba la supuesta declaración del también colaborador del semanario Proceso, quien supuestamente explicó que se había golpeado en una barda cuando participaba en una protesta e intentaba ingresar por la fuerza. Consultado al respecto, Sicilia expresó: “jamás habría dicho esa estupidez”. Luego reiteró su denuncia contra el gobernador de Morelos, así como contra el secretario de Seguridad, Alberto Capella, pues los paramédicos que lo atendieron corresponden a su dependencia. Privacidad violada De acuerdo con la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos, la información confidencial es descrita en la fracción XXVII, del artículo 3: “La que contiene datos personales relativos a las características físicas, morales o emocionales, origen étnico o racial, domicilio, vida familiar, privada, íntima y afectiva, patrimonio, número telefónico, correo electrónico, ideología, opiniones políticas, preferencias sexuales y toda aquella información susceptible de ser tutelada por los derechos humanos a la privacidad, intimidad, honor y dignidad, que se encuentra en posesión de alguno de los sujetos obligados y sobre la que no puede realizarse ningún acto o hecho sin la autorización debida de los titulares o sus representantes legales”. De hecho, proteger los datos personales de los ciudadanos es el objetivo de la mencionada Ley, enlistado en el artículo 7, por lo que existen obligaciones delimitadas: “Los Sujetos Obligados no podrán difundir, distribuir o comercializar los datos personales contenidos en los sistemas de información, desarrollados en el ejercicio de sus funciones, salvo que haya mediado el consentimiento expreso, por escrito o por un medio de autenticación similar, de los individuos a que haga referencia la información de acuerdo a la normativa aplicable”, dice el artículo 49 y lo reitera el artículo 167. Entre otros artículos destaca el 93, donde se establece que los datos personales sólo deben utilizarse para los fines legales y legítimos para los que fueron creados y que las entidades públicas sólo pueden administrar archivos de datos personales para asuntos relacionados con el ejercicio de su competencia. “Los servidores públicos a cargo están obligados a guardar confidencialidad respecto de la información que manejen. Cualquier violación a este precepto será objeto de responsabilidad de acuerdo con las leyes aplicables”. Como sanciones, el artículo 143 en su fracción IV establece que divulgar y alterar de manera indebida información que se encuentre bajo su custodia será sancionado. En tanto, el artículo 145 prevé que se aplicará como sanción multa de cien a mil quinientos días de salario mínimo vigente, para las conductas antes descritas. Respecto a lo anterior, Javier Sicilia dijo que ya hay expedientes abiertos en diferentes materias jurídicas, no en materia de protección de datos, pero consideró que más allá de la multa y las sanciones a que sean acreedores los responsables, tendría que buscarse también la inhabilitación de la doctora que firmó el parte y de los involucrados en la agresión y difusión de sus datos personales.

Comentarios