Constituyentes eliminan fuero y aprueban juicio político para servidores públicos en la CDMX

jueves, 26 de enero de 2017 · 21:23
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- En un hecho sin precedentes en la capital del país, la Asamblea Constituyente aprobó la eliminación del fuero para todos los servidores públicos del gobierno local, quienes deberán responder por los delitos que pudieran cometer durante el tiempo de su encargo y sin gozar de impunidad. Entre éstos se incluyen cohecho, peculado, enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias o cualquier otro que implique malversación de recursos o deuda públicos. Además, los constituyentes avalaron la aplicación de juicio político a los funcionarios y la obligación de reparar los daños que pudieran ocasionar durante su gestión. Durante la sesión de este jueves, la Asamblea aprobó casi por unanimidad –74 votos en favor y uno en contra– el contenido del artículo 72 de la Constitución Política de la Ciudad de México, con el cual quedó eliminado el fuero para los servidores públicos de la capital del país. Según lo acordaron todos los grupos parlamentarios, a partir de que se promulgue la Carta Magna de la capital, los servidores públicos serán responsables por los delitos que cometan durante el tiempo de su encargo y no gozarán de impunidad. La ley determinará el procedimiento para el ejercicio de la acción penal cuando se trate de delitos del fuero común, con observancia del artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de respeto al debido proceso. La votación implicará que el plazo de prescripción de los delitos cometidos por servidores públicos se interrumpirá cuando el indiciado haya eludido la acción de la justicia. En el razonamiento de sus votos, algunos constituyentes exhortaron a sus compañeros que al mismo tiempo son miembros del Congreso de la Unión, a replicar la eliminación del fuero a escala federal. Por su parte, el jefe de gobierno Miguel Ángel Mancera celebró la decisión de la Asamblea Constituyente, al decir que es “una señal positiva que abona a la demanda ciudadana, en el sentido de que los actores políticos del país no tengan privilegios, ni inmunidad con respecto al cumplimiento de su función”. El funcionario dijo estar seguro de que la votación “será un referente importante para el desarrollo, sobre todo, de toda esta estrategia que se ha planteado de anticorrupción y del reforzamiento de mejorar la tarea como servidor público”. Durante la sesión, los asambleístas dejaron a salvo el derecho de los integrantes del Congreso para expresar opiniones como parte de su función, por lo que no podrán ser reconvenidos ni procesados por ello. Además, el presidente del Congreso de la Ciudad de México velará por el respeto a la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar. Avalan juicio político Durante la sesión de este jueves, la Asamblea Constituyente también aprobó el artículo 71, referente a la responsabilidad política de los servidores públicos. En él estableció que el funcionario público será sujeto de juicio político por violaciones graves a la Constitución local y las leyes que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos de la Ciudad de México. La medida aplicará a quien ocupa un cargo de elección popular, ostente un cargo de magistratura dentro de la función judicial, sea titular del Consejo de la Judicatura de la Ciudad, de los organismos autónomos, de las secretarías del gabinete, de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, del Sistema Anticorrupción, de los organismos descentralizados o fideicomisos públicos, así como todo servidor público que haya sido nombrado o ratificado por el Congreso. Para aplicar el juicio político, toda solicitud deberá ser presentada ante el Congreso de la Ciudad y dictaminada en un plazo no mayor a 30 días. Para ello, el acusado tendrá garantía de audiencia y su separación del cargo dependerá de la votación de las dos terceras partes de los miembros presentes en la sesión. Las sanciones serán destitución del servidor público y su inhabilitación para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público. En cuanto al artículo 73 relacionado con la responsabilidad patrimonial de la Ciudad de México, los constituyentes establecieron que cuando haya actividades administrativas irregulares que causen daño a la ciudad, la responsabilidad será objetiva y directa, así se trate de acción u omisión, dolo, negligencia o mala fe. Y en la determinación de estas responsabilidades se privilegiará la reparación o remediación del daño causado y, en su caso la adopción de garantías de no repetición. Los particulares tendrán derecho a una indemnización conforme a lo que establezcan las leyes.

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