La razón de la sinrazón

viernes, 12 de mayo de 2017 · 09:01
CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- En las redes sociales, convertidas en la nueva plaza pública, se entreveran la forma y el fondo; se hace de lo serio algo banal y de lo trivial algo digno de reflexión. En la era digital, la ética es un concepto cada vez más inasible. En estas semanas se han generado casos que son importantes –y hay quienes buscan que se agote su tiempo de vida mediático– así como ilusiones ópticas vendidas como añagaza para moldear el clima de opinión. Veamos. Primero. A la candidata de Morena al gobierno del Estado de México, Delfina Gómez, ahora en plena campaña electoral convenientemente le resucitaron unos descuentos de nómina hechos a trabajadores del ayuntamiento de Texcoco durante su gestión como presidenta de ese municipio de 2012 a 2015. ¿Por qué, si hubiera habido algún viso de ilegalidad, no se procedió en tiempo y forma? ¿Se trató de una investigación acuciosa que casualmente hasta ahora concluyó? Por supuesto que no. Es evidente que no hay delito o ilícito que perseguir si medió –como fueron los casos– una solicitud expresa del trabajador o trabajadora para que un porcentaje de sus ingresos (la ley dice que no puede ser más de 30%) lo hicieran llegar a quien ellos decidieran, mientras sea lícito su objeto social. Lo cierto es que se quiere aniquilar en el imaginario colectivo a Delfina asociándola con prácticas de corrupción, para minar su credibilidad en el imaginario colectivo, habida cuenta de que lleva ventaja en las encuestas –aunque no haya litis alguna– en esas cerradas contiendas. Segundo. Ya en otra oportunidad me he referido a la jefa delegacional de Tlalpan, Claudia Sheinbaum, por lo que no me repetiré aquí. Al primer ataque, que resultó sin asidero alguno en los hechos (de que cobraba simultáneamente en tres organismos públicos), ahora se le suma la acusación de que su esposo, Carlos Ímaz, incurrió en prácticas delictivas, razón por la cual –arguyen– ella está involucrada. No conozco a Sheinbaum ni a su esposo, pero no he encontrado sentencia alguna de la o las conductas delictivas en las que habría incurrido él. Pero incluso, aceptando sin conceder que así fuere, es importante decir que no existe el delito de “portación de esposo prohibido”. Cada quien es responsable de sus propios actos y lo que uno hace no trasciende a familiares prima facie. Tercero. Tras la caída estrepitosa de Alejandra Barrales como posible candidata del PRD a la jefatura de gobierno de la Ciudad de México, la coordinadora perredista en el Senado, Dolores Padierna, se ha colocado como la mejor posicionada en su partido, según diversas encuestas. Acaso ello se explique porque es la única candidata que tiene base social en lo que queda del Sol Azteca en el Valle de México. Por estar en esa posición de liderazgo ahora es acusada en las redes sociales del “delito” de ser esposa de René Bejarano. A René lo conozco y tengo una buena impresión de él; inteligente, culto y buen político, fue un chivo expiatorio para afectar a Andrés Manuel López Obrador en 2006. Importa señalar que René fue absuelto –ojo, no condenado– de todo delito por la justicia federal. Y aunque no fuese así, si René hubiera incurrido en conductas indebidas –que judicialmente no es el caso– a Dolores se le aplicaría la misma excepción que a la jefa delegacional de Tlalpan: no hay delito de “portación de esposo prohibido”. Cuarto. A propósito de mi entrega “De nuevo, la enfermedad y el poder” publicada aquí enProceso, donde analizo la conducta ilegal e inmoral del doctor Antonio de la Peña –a quien no conozco y, por ende, no tengo diferencia personal alguna con él–, algunos de sus colegas me han escrito para decirme que es “muy inteligente”, “ayuda a sus compañeros” y es “un matemático excepcional”, razón por la cual debo “pedir disculpas” porque –razono– con esas prendas personales se le puede perdonar la violación de la ley. Aclaro que en ese texto no hice una valoración de sus méritos, sino me enfoqué en el desdoro de aceptar y cobrar en un cargo público sin tener la idoneidad física y mental –pues padece Parkinson– para el ejercicio del encargo. El principio es que el funcionario se debe a la función, no al contrario, como creen, para mi sorpresa, algunos investigadores cercanos al doctor De la Peña a quienes les ha dolido la insensibilidad humana de mis expresiones. Lamento que mis palabras les hayan parecido duras, pero es quizá el precedente más claro de que se debe legislar este tema cuanto antes. l @evillanuevamx ernestovillanueva@hushmail.com Este análisis se publicó en la edición 2114 de la revista Proceso del 7 de mayo de 2017.

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