TEEM exonera a Eruviel por promoción gubernamental en redes durante veda electoral

jueves, 29 de junio de 2017 · 15:20
TOLUCA, Edomex. (apro).- El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) exoneró al gobernador Eruviel Ávila de la promoción publicitaria realizada a través de sus redes sociales en época de veda electoral. El Partido Acción Nacional (PAN) denunció al gobernador mexiquense y al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por omisión para suspender la información gubernamental en el periodo de veda electoral. Al resolver el Procedimiento Especial Sancionador (PES) 104/2017, el magistrado Jorge Muciño reconoció que se acreditó la participación del mandatario estatal durante un recorrido de supervisión de los avances de la construcción del hospital general en Chimalhuacán. No obstante, dijo que la transmisión del acto a través de Facebook y la difusión de esta propaganda en época de campañas electorales no se tiene por corroborada. Por tanto, consideró que no hay violación alguna a la normatividad electoral en este caso, cuya ponencia fue apoyada por unanimidad. Los magistrados se pronunciaron en el mismo sentido al resolver el PES 105/2017, promovido por la representación del PAN ante el IEEM en contra del gobierno del Estado de México por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, específicamente el 03 de junio, día previo a la jornada electoral. A pesar de reconocer que en el contenido del acta circunstanciada emitida por la autoridad sustanciadora se acredita que en los portales electrónicos de diversas redes sociales se albergan contenidos alusivos al Gobierno mexiquense, el TEEM concluyó la inexistencia de los hechos denunciados. Por el contexto de las imágenes y frases, y debido a que la propaganda sólo fue difundida por internet, el magistrado Hugo López Díaz aseguró que en modo alguno hubo transgresión a la norma, “pues para acceder a su contenido resulta necesario materializar de forma libre la intención de acceder”. De igual manera, por insuficiencia de pruebas el pleno perdonó a José Manuel González Reyes, presidente del PRI en Tultitlán; al candidato Alfredo del Mazo Maza y al PRI por la indicación que el primero habría dado en el uso de programas sociales para la compra y coacción del voto en favor de su aspirante. Los hechos denunciados ocurrieron el 24 de mayo del año en curso, fueron replicados por diversos medios de comunicación, y en ellos se refiere que el dirigente del PRI en Tultitlán llevó a cabo un evento en donde llamó a los promotores del voto para hacer uso de los programas sociales y obras gubernamentales para coaccionar y presionar a la población en busca del voto en favor del Alfredo del Mazo. El Tribunal indicó que el quejoso sólo aportó un DVD como medio de prueba, pero no otros elementos para fortalecer su acusación. Por tanto, determinó la inexistencia de la violación motivo de la denuncia 106/2017, promovida por Horacio Duarte, representante de Morena ante INE, quien esgrimió vulneración de los principios de imparcialidad y equidad en la contienda. Los magistrados también indicaron que Morena incumplió con la carga probatoria en el recurso PES 112 promovido contra Alejandra del Moral y el PRI por el presunto uso de recursos públicos para la promoción de su candidato mediante videos publicados en Facebook, por lo que declararon inexistente la violación objeto de la denuncia. En igual sentido se pronunciaron en la queja contra el diputado Pablo Peralta, quien también promocionó a del Mazo Maza en sus redes sociales a través de dos videos unos días antes de la contienda. En contraste, amonestaron al PAN tras acreditar uso de recursos públicos en la asistencia de la alcaldesa de Chapa de Mota, Leticia Zepeda, a un evento del partido celebrado en horario laboral. Este hecho, dijeron, “supone un ejercicio indebido de la función pública, sin que sea óbice el hecho de que la ciudadana contara con licencia, pues el permiso no constituye un elemento que justifique la salvaguarda del principio de imparcialidad en el uso de los recursos públicos”.

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