Solicitud de plebiscito por concesión de parque en Colima se resolverá en el ámbito jurisdiccional

jueves, 14 de septiembre de 2017 · 22:00
COLIMA, Col. (apro).- La solicitud del plebiscito sobre la concesión del Parque Regional Metropolitano “Griselda Álvarez” a una empresa particular, la cual tendría la posibilidad de explotarlo a título gratuito por un periodo de hasta 25 años, se resolverá en el ámbito jurisdiccional, luego de que el Tribunal Electoral del Estado (TEE) admitió el juicio interpuesto por la delegada del PRD en Colima, Martha María Zepeda del Toro, ante la negativa del Instituto Electoral del Estado (IEE) de organizar la consulta ciudadana. A principios de agosto pasado, Zepeda entregó a la presidenta del IEE, Nirvana Rosales Ochoa, 15 mil 77 firmas de ciudadanos en respaldo a la petición de un plebiscito para que la población determine si debe mantenerse o revocarse la concesión otorgada a la empresa Fiesta Zafari S.A. de C.V., cuyo representante es José Ernesto Zazueta Zazueta. El 21 de agosto siguiente, a través del oficio IEEC/PCG-458/2017, firmado por Nirvana Rosales, el organismo electoral se declaró incompetente para realizar el plebiscito, con el argumento de que la Ley de Participación Ciudadana establece que éste debe ser solicitado por los ciudadanos a través del gobernador o del presidente municipal, según el ámbito del objeto de la consulta. Ante esto, Martha Zepeda interpuso ante el TEE un juicio para la defensa ciudadana electoral, por considerar que se violó su derecho político electoral de participar en este mecanismo de democracia directa. De acuerdo con la resolución de admisión aprobada por unanimidad el martes pasado, se admitió el Juicio para la Defensa Ciudadana Electoral con la clave y número de expediente JDCE-36/2017, promovido contra el Consejo General, la consejera presidenta y el secretario ejecutivo del IEE. Asimismo, el Tribunal solicitó a estas tres autoridades electorales responsables que en el plazo de 24 horas a partir de la notificación rindan el informe circunstanciado correspondiente y copia certificada de la documentación que sustente el mismo. En sesión extraordinaria celebrada este jueves 14, el Consejo General del IEE dio respuesta al requerimiento del TEE y declaró, “con base en la legislación en la materia, infundados los agravios presentados por las partes actoras”, asegurando que en ningún momento se vulneraron los derechos y prerrogativas ciudadanas de quienes solicitaron la realización de un plebiscito sobre la concesión del Parque Metropolitano "Griselda Álvarez". El Consejo General sostuvo y ratificó la legalidad del acto impugnado, consistente en la determinación de la consejera presidenta del IEE, respecto a la declaración de incompetencia del organismo para sustanciar y acordar la solicitud de plebiscito referida, ya que “el documento se emitió habiéndose realizado un análisis gramatical, sistemático y funcional respecto de los marcos normativos que rigen al organismo electoral, aunado a los principios de legalidad, certeza, imparcialidad, independencia, objetividad y máxima publicidad, así como de los principios y reglas de la Carta Magna”. El IEE señaló que, contrario a lo que aducen los quejosos en las narrativas de su impugnación, “los actos que realizan los integrantes del Instituto Electoral del Estado en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, buscan en todo momento generar acciones para, entre otras cosas, preservar, fortalecer, promover y fomentar el desarrollo de la democracia en la entidad, y en particular el fomentar la participación ciudadana en el estado, siendo uno de los objetivos trazados y que dan origen a las determinaciones expuestas en el cuerpo del oficio impugnado”.  

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