CNDH emite recomendación al director del IMSS por negar pensión por viudez a tres concubinarios gay

viernes, 17 de noviembre de 2017 · 14:30
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación dirigida al director general del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), Mikel Arriola Peñalosa, por haberse declarado improcedente el otorgamiento de pensión por viudez a tres concubinarios cuyas parejas eran del mismo sexo. Con esa acción, subrayó, se violaron los derechos humanos de acceso a la seguridad social, igualdad, no discriminación, legalidad y seguridad jurídica. En un comunicado, el organismo destacó que la queja fue presentada por tres concubinarios quienes, derivado del fallecimiento de sus parejas del mismo sexo, solicitaron ante el IMSS el otorgamiento de pensión por viudez, sin embargo, dicho Instituto les notificó la improcedencia del beneficio pensionario, bajo el argumento de que sólo se otorgan pensiones de viudez a parejas homosexuales que hayan contraído matrimonio. La CNDH acreditó que las autoridades del IMSS omitieron proteger y garantizar los derechos humanos a la seguridad social, igualdad, no discriminación, legalidad y seguridad jurídica, en virtud de que restringieron el acceso de los quejosos a la pensión por viudez en su modalidad de concubinato. Lo anterior, sin que existiera justificación racional y normativa para declarar improcedente la solicitud de pensión por no haber presentado acta de matrimonio civil. Ello implicó negar a las parejas homosexuales los beneficios que son accesibles a las personas heterosexuales a través del concubinato, precisó. De igual manera, estimó que excluir a las parejas del mismo sexo en concubinato de los beneficios de seguridad social, contribuye a perpetuar la noción equivocada de que son merecedoras de menor reconocimiento y derechos que las parejas heterosexuales, lo cual claramente vulnera la dignidad de las personas. Como consecuencia de las violaciones a derechos humanos causadas por los servidores públicos del IMSS, la CNDH consideró procedente la reparación integral en términos de la Ley General de Víctimas, incluyendo se dé trámite a las solicitudes de pensión planteadas, sin que se exija el dictamen de beneficiario incapacitado, ni acreditar la dependencia económica y, de ser el caso, se implementen las acciones necesarias para que pueda otorgarse la pensión a que tengan derecho. También que se proponga ante las instancias correspondientes el anteproyecto de modificación a las disposiciones de la Ley del Seguro Social y a las normas reglamentarias que así lo ameriten, concernientes a los requisitos para la concesión de pensión por viudez en el caso de concubinarios de parejas homosexuales.

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