El TEPJF confirma negativa del INE a abrir app que ayude a independientes a captar firmas ciudadanas   

miércoles, 29 de noviembre de 2017 · 20:47
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la negativa que el Instituto Nacional Electoral (INE) dio a la petición de abrir la aplicación móvil para que los aspirantes a un cargo popular por la vía independiente capten firmas de ciudadanos, así como la de crear una comisión temporal para el seguimiento del apoyo ciudadano. En un comunicado, la Sala Superior del Tribunal informó que, por unanimidad de votos, confirmó el acuerdo INE/CG514/2017 del Consejo General del INE. Dicho acuerdo derivó de la solicitud que hizo el ciudadano Pedro Ferriz de Con, como aspirante a candidato independiente a la Presidencia de la República. El exconductor radiofónico pidió al organismo instruir a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos para realizar las modificaciones necesarias a la aplicación móvil del Sistema de Captación y Verificación de Apoyo Ciudadano y, con ello, liberarla para el uso de la ciudadanía. También presentó una solicitud sobre la integración de una comisión temporal para el seguimiento de la etapa de captación del apoyo ciudadano, en la que se convocara a un representante de cada uno de los aspirantes a candidatos independientes registrados ante el INE. Sin embargo, el Consejo General del INE rechazó ambas peticiones. El también columnista promovió un juicio ciudadano ante el Tribunal con el argumento de que la negativa de abrir la aplicación es ilegal, “ya que no maximiza su derecho humano de ser votado como candidato independiente”. Además, argumentó que la omisión de crear la comisión “vulnera los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos, así como el principio pro persona, pues la medida solicitada obedece a la necesidad de que los aspirantes a una candidatura independiente, tengan posibilidad de entablar un diálogo directo con la autoridad creada expresamente para conocer la problemática que se dé en torno al apoyo ciudadano, enfatizando que la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos no ha funcionado a cabalidad”. Este miércoles, al resolver el asunto SUP-JDC-1053/2017, la Sala Superior del TEPJF consideró que la restricción “no resulta desproporcionada e indebida, pues se trata de un mecanismo que simplifica de manera importante recabar el apoyo ciudadano”. Los magistrados consideraron que, debido a que la aplicación ya se encuentra en funcionamiento, modificarla “podría poner en riesgo su operatividad, lo cual contraviene el principio de certeza”. Agregaron que, después de un análisis detallado del funcionamiento de la aplicación móvil y de la posible instrumentación de la modificación solicitada, la petición de Ferriz de Con “es materialmente imposible de realizar”, pues, requeriría de al menos 13 semanas y, de hacerlo, rebasaría la fecha límite -19 de febrero del 2018- para que los aspirantes al cargo del presidente en el Proceso Electoral Federal 2017-2018 recaben el apoyo ciudadano. Respecto a la solicitud para que el INE cree una comisión temporal para el seguimiento del apoyo ciudadano, el Pleno de la Sala Superior consideró que no es procedente, porque “como bien señala el Instituto en el acuerdo impugnado, ya existe una comisión permanente, encargada de esas cuestiones”. En conclusión, la Sala Superior del TEPJF confirmó, en la materia de la impugnación, el acuerdo emitido por el Consejo General del INE.  

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