La PGJ-CDMX analizará decisión de juez para liberar a arquitecto relacionado con el edificio de Zapata 56

jueves, 8 de febrero de 2018 · 21:04
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Procuraduría General de Justicia capitalina (PGJ-CDMX) informó que respeta la decisión del juez de control que ordenó la liberación de un arquitecto acusado de un doble homicidio por el derrumbe del edificio ubicado en la calle Zapata 56; sin embargo, dijo que no la comparte y que ya realiza el análisis técnico para determinar la estrategia legal a seguir en el caso. Esta mañana, la magistrada de la primera sala penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJ-CDMX), Eva Verónica Gyves Zárate, ordenó la liberación del arquitecto Jaime Smith Ríos, quien desde octubre del año pasado se encontraba preso, pues dijo que luego del análisis del caso y las pruebas de la defensa del inculpado, éste no cometió ningún delito, ni ninguna falta administrativa y mucho menos deseó la muerte de Matilde Téllez y Karla Kaori Santos. Horas después de la liberación del arquitecto, el subprocurador de Procesos de la PGJ, Oscar Montes de Oca Rosales, defendió el trabajo de la dependencia para acusar al profesionista. En conferencia, explicó que la carpeta de investigación iniciada con motivo del colapso del edificio “se integró de manera adecuada y se cumplieron las formalidades esenciales del procedimiento con el debido respeto a los derechos humanos”. Según detalló, la investigación de la fiscalía tuvo dos momentos procesales relevantes: el primero es referente a la solicitud de una orden de aprehensión contra Smith Ríos y otros dos imputados, para la cual el agente del Ministerio Público expuso sus argumentos y logró que el juez de control librara una orden de aprehensión. Tras la detención, misma que el juez de control calificó de legal, la Fiscalía realizó la imputación contra Smith Ríos. Y con base en las evidencias aportadas, la autoridad judicial decidió vincularlo proceso el 30 de octubre de 2017. De acuerdo con el funcionario, en esa segunda etapa –conocida como audiencia inicial–, se cumplieron “todas las formalidades de ley y en audiencia pública se destacaron y protegieron los principios de publicidad, contradicción, inmediación e igualdad ante la ley, entre otros, y además al imputado se le hicieron saber sus derechos constitucionales y procesales, quien siempre estuvo asistido por sus defensores particulares”. Montes de Oca destacó que las partes involucradas “tuvieron acceso directo y real a los medios de convicción, dentro de la audiencia pública, además de que, en presencia de un juez, se presentaron todas las evidencias con las que en ese momento contaban las partes; es por ello que el conjunto probatorio fue suficiente para la vinculación a proceso”. Inconforme, el imputado y su defensa apelaron la decisión, por lo que las constancias procesales fueron enviadas a la Primera Sala Penal de TSJ-CDMX.  

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