La CNDH documenta detención arbitraria y uso excesivo de fuerza de elementos de la PF

jueves, 22 de marzo de 2018 · 14:51
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación al Comisionado Nacional de Seguridad (CNS), Renato Sales Heredia, por violaciones a los derechos humanos de 12 víctimas por parte de elementos de la Policía Federal (PF). En su investigación, la CNDH acreditó que los elementos de la PF transgredieron los derechos a la legalidad, seguridad jurídica y libertad personal, luego de que el 17 de mayo de 2013, aproximadamente a las 18:30 horas, detuvieron de manera arbitraria a tres víctimas cuando salían de un café en Oaxaca, por reunirse con los portadores de dos números telefónicos a quienes se les investigaba por la comisión de un delito. Un juez de Distrito ordenó la inmediata libertad de uno de los agraviados, orden que fue confirmada por el Tribunal de Alzada. Los agentes federales informaron de la detención de una carta persona al día siguiente, 18 de mayo, a las 11:00 horas, entre las calles de Zarco y Pedro Moreno, en la Ciudad de México, cerca de las instalaciones de la SEIDO. Alegaron un delito flagrante, sin embargo, de las evidencias analizadas por la CNDH se acreditó que este agraviado fue asegurado entre las 23:15 y 23:30 horas del mismo día. Es decir que permaneció retenido injustificadamente 14 horas en custodia de los agentes federales, sin que existieran razones fácticas comprobables para presentarlo sin dilación alguna ante el MP federal. En el caso de la quinta persona, los policías señalaron que fue localizada al exterior de su domicilio y accedió a acompañarlos voluntariamente. Sin embargo, se acreditó que los policías federales irrumpieron en su domicilio sin presentar una orden de cateo expedida por autoridad competente. Con las evidencias recabadas, la CNDH acreditó la retención ilegal de 11 de los agraviados, de los cuales cinco fueron detenidos entre las 18:30 y 18:40 horas del 17 de mayo de 2013, en tanto que otros cinco a las 03:20 horas del 18 del mismo mes y año, aunque fueron puestos a disposición del Agente del Ministerio Público de la Federación hasta las 13:30 horas del 18 del mismo mes y año. Respecto del doceavo agraviado, la autoridad omitió señalar la hora de su detención, no obstante, éste y una testigo aseguraron que el primero fue asegurado entre la 1:00 y 2:00 de la mañana del 18 de mayo de 2013. La CNDH afirmó que se acreditó el uso excesivo de la fuerza que derivó en la afectación a la integridad y seguridad personal de seis de los agraviados. También, señaló, se vulneró la seguridad jurídica por la exhibición indebida de forografías de los 12 agraviados en medios de comunicación y publicidad de información confidencial, atribuibles a la PF. Por todo ello, la CNDH recomendó al titular de la CNS reparar el daño a los agraviados en términos de la Ley General de Víctimas. Le pidió a la dependencia colaborar, entre otros aspectos, con la CNDH en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia de hechos que se presente ante la autoridad competente y la PGR, respectivamente, contra los servidores públicos involucrados en los hechos. Asimismo, le pidió investigar a otros tres elementos que intervinieron en la detención de la víctima asegurada en la Ciudad de México. También, le sugirió diseñar e impartir un curso integral dirigido al personal policial, en materia de derechos humanos, en particular sobre los acuerdos 04/2012 y 05/2012, el Protocolo de Actuación de la Policía Federal sobre el Uso de la Fuerza, y sobre la intimidad de la persona, por la intromisión del domicilio. Además, le solicitó proporcionar a los elementos de la Policía Federal equipos de videograbación y audio que permitan evidenciar las acciones llevadas a cabo durante los operativos y emitir una circular para que la CNS se abstenga de exhibir fotografías y proporcionar datos personales de las personas detenidas. Asimismo, le demandó inscribir a los agraviados en el Registro Nacional de Víctimas en términos de la Ley General de Víctimas y designar al servidor público que servirá de enlace con la CNDH para dar seguimiento al cumplimiento de la recomendación.

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