Ciudadanos comunes podrían obtener licencia para poseer hasta cinco armas

lunes, 1 de abril de 2002 · 01:00
México, DF - Dentro de la Comisión de la Defensa Nacional de la Cámara de Diputados fue aprobado el dictamen que autoriza a la ciudadanía de México a poseer armas de fuego para defensa propia Este dictamen será presentado ante el pleno del órgano legislativo en unos 15 días para su aprobación Luego de años de prohibición, y en medio de una de las más grandes crisis de inseguridad que ha vivido México, diputados federales aprobaron, en primera instancia, una reforma a la Ley Federal de Armas y Municiones mediante la cual los ciudadanos comunes podrán poseer armas de fuegos de diferentes calibres, con el fin de salvaguardar su integridad física, la de sus familias, así como sus bienes Aun cuando la reforma no ha sido ratificada por el pleno de la Cámara de Diputados, su aprobación en la comisión respectiva es un indicio de que se concretará Este tema, inserto de forma prioritaria en la agenda legislativa de la Cámara Baja, que inició sesiones hace unas semanas, se discutirá a más tardar en 15 días El dictamen, que fue turnado a la Comisión de Justicia para su análisis y posible corrección, clasifica las armas de fuego en tres tipos: uno, para usos particulares: seguridad y legítima defensa, recreación y/o deporte, y para actividades industriales Segundo: las que son de uso de empresas privadas que brindan servicios de seguridad Tercero: Las de uso exclusivo de corporaciones estatales de seguridad y procuración de justicia, es decir, ejército y policías De acuerdo con el dictamen, los particulares estarían autorizados a poseer hasta cinco armas en su domicilio La posesión de cada una de ellas deberá estar notificada y justificada ante la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) Los deportistas dedicados a la cacería podrán poseer hasta 15 armas El registro correrá a cargo únicamente de la Sedena, dependencia que llevará el control de las armas en posesión de particulares, empresas y agrupaciones Cada arma obtendrá una licencia y en el registro el poseedor deberá anotar su nombre, domicilio, número de la Clave Única del Registro de Población (CURP), características del arma y número de la misma Los particulares podrán poseer: -Pistolas de funcionamiento semiautomático hasta calibre 380 -Revólveres hasta calibre 38 -Rifles calibre 22 de fuego circular -Escopeta hasta calibre 12 y un cañón inferior a 635 mm -Escopetas con cañón inferior a 635 mm o las de calibre superior a 12, con excepción de pistolas y revólveres Magnum calibre 357 -Rifles calibre22 o escopetas de cualquier calibre, excepto las de cañón inferior a 635 mm y las de calibre superior a 12 Esto, únicamente para campesinos, comuneros o pequeños propietarios agrícolas que habiten lejos de zonas urbanas Con el registro del arma, dice el dictamen, se autoriza cierta cantidad --variable, de acuerdo con el arma-- de cartuchos, pólvora o proyectiles, según el caso La expedición de licencias estará sujeta a los siguientes requisitos: tener un modo honesto de vivir, certificado por la primera autoridad administrativa del lugar de residencia; para los varones, haber cumplido con el servicio militar nacional, así como tener capacidad física y mental para el manejo de armas, comprobado con pruebas médicas, y no haber tenido tratamientos por consumo de drogas o alcohol un año previo a la petición de licencia La autorización para poseer armas por parte de los ciudadanos comunes deberá ir acompañado de campañas educativas elaboradas por el gobierno y por medidas de seguridad para evitar que menores de edad introduzcan dichos instrumentos a las escuelas Otro punto importante considerado por el dictamen se refiere a la compraventa de armas El surgimiento de establecimientos especializados sería inminente y, por ello, en el artículo 53 de la iniciativa de reforma se señala que el Gobierno federal mexicano otorgará permisos para la comercialización de los artefactos, mismos que ampararán la compra, venta y "aprovechamiento lucrativo" de armas, municiones, componentes, refacciones o elementos aislados de las mismas El comerciante de armas estará obligado a llevar un libro de registro de clientes y solicitar documentación específica a los mismos El libro de datos estará permanentemente bajo supervisión de la autoridad militar31/03/02

Comentarios