"Presunto Culpable" gana otra batalla legal

viernes, 27 de mayo de 2011 · 19:46
MÉXICO, D.F. (apro).- El Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa revocó la orden de borrar la imagen de un testigo que aparece en el documental Presunto culpable, dictada en marzo pasado por la juez Blanca Lobo Domínguez, quien con esa decisión bloqueó la exhibición comercial de la película. Sin embargo, de acuerdo con los magistrados, Lobo Domínguez actuó de manera ilegal al dictar una medida cautelar que pretendía difuminar un rostro y datos personales de Víctor Daniel Reyes Bravo, quien promovió un amparo contra el filme. Blanca Lobo “decretó medidas cautelares sin atender a lo solicitado expresamente por el quejoso en el capítulo de suspensión, es decir, no se concretó a resolver sobre lo manifestado en relación con la solicitud de suspensión, con lo cual es evidente que contravino lo previsto en el artículo 124, fracción I, de la Ley de Amparo”. El fallo fue emitido el 19 de mayo, empero hasta hoy fue notificado, por lo que éste deja sin efecto la medida cautelar. Los productores del documental, que retrata las fallas del sistema de justicia penal en la Ciudad de México, habían advertido que la difuminación ordenada por Lobo era técnicamente imposible, mientras que las cadenas exhibidoras señalaron que no podían mutilar la película por cuenta propia. El documental dejó de estar en cartelera desde abril pasado, pero la orden aún podía tener consecuencias para la distribución en video, que también es autorizada por la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC). RTC alegó que un juez no puede, al resolver sobre una suspensión, dictar este tipo de medidas, y el Tribunal Colegiado estuvo de acuerdo en la postura de la dependencia federal. "Es ilegal que la juez de distrito haya sustentado el establecimiento de las medidas cautelares sólo en la existencia del buen derecho y el peligro en la demora, si previamente ya había determinado que en el caso no se encontraban satisfechos los requisitos establecidos en el artículo 124 de la Ley de Amparo”, señalaron los magistrados José Antonio García Guillén, Eugenio Reyes y Minerva Mendoza.

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