Quitan a la STPS facultad para validar elecciones sindicales: SCJN

lunes, 20 de junio de 2011 · 21:25
MÉXICO, D.F. (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó hoy que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) carece de facultades para validar elecciones sindicales, por lo que no puede constituirse como autoridad electoral en ese tipo de procesos. El Tercer Tribunal Colegiado en Materia Laboral solicitó a la SCJN revisar la jurisprudencia respecto a la intervención de las autoridades laborales en los procesos electorales de los sindicatos. Con esta decisión, tomada seis votos contra cinco, la Corte limita la intervención de la Secretaría del Trabajo en los procesos sindicales y en su determinación para otorgar o no la toma de nota. De esta manera, la STPS no podrá intervenir en la aprobación o anulación de una elección sindical, como sucedió en el caso de Napoleón Gómez Urrutia, en el sindicato minero, y de Martín Esparza, en el de electricistas. La Corte dejó en claro que la Secretaría del Trabajo sólo puede verificar si dentro del proceso electoral se respetan los puntos estatutarios de la asociación, así como verificar que se cumplan todas las etapas respectivas, pero no podrá validar una elección. Asimismo, destacó que en el caso de que haya controversia respecto a la validez de una elección sindical, serán los propios agremiados quienes tendrán que promover juicios ante los órganos jurisdiccionales correspondientes, sin que haya pronunciamiento de la STPS.

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