Aún revisan diputados iniciativa sobre "alarma social" en Tabasco

lunes, 12 de septiembre de 2011 · 22:27
VILLAHERMOSA, Tab. (apro).- La propuesta para encarcelar hasta con cinco años a quien difunda rumores es una iniciativa que todavía analizan los diputados, aclaró el director de Asuntos Jurídico del Congreso local, Enrique Pons Franco, pues la que se aprobó el 30 de agosto sólo tipifica como delitos las llamadas o avisos falsos a los servicios de emergencia. Luego lamentó la confusión y rechazo que ambas propuestas han desatado, sobre todo, la presentada por el gobernador Andrés Granier Melo para reformar el Código Penal del Estado y crear el delito de "alarma social", conocida como “ley anti-rumor”. La iniciativa, argumentó, tiene el propósito de sancionar a quienes por cualquier medio generen pánico para perturbar el orden y la paz pública, “pero de ninguna manera se está tratando de aprobar una ley mordaza como se está pretendiendo hacer creer a la ciudadanía", puntualizó. Aseguró que la propuesta tiene interés general para preservar la paz y el orden público y evitar que se difundan rumores que solamente causan alarma y miedo entre la población. La iniciativa de decreto prevé adicionar un capítulo del artículo 367, correspondiente al Título Decimoctavo del Código Penal de Tabasco, para quedar de la siguiente manera: "Artículo 367: a quien por diversos medios orales, escritos, electrónicos, o de cualquier otro tipo, difunda información falsa con el ánimo de causar alarma, perturbar la paz pública o el orden constitucional, se le impondrá prisión de seis meses a cinco años y multa de cien a quinientos días". Precisó que lo que aprobó la Cámara de Diputados el 30 de agosto fueron reformas al artículo 312 bis al Código Penal, para tipificar las llamadas o avisos falsos a los servicios de alarma o emergencia. Sobre todo porque las instituciones encargadas de atender este tipo de situaciones reportan altos índices de llamadas falsas, lo que provoca pérdida de tiempo, dinero y esfuerzo en perjuicio de quienes realmente requieren ese apoyo. Con las reformas al artículo 312 bis al Código Penal se sancionará, con prisión de seis meses a dos años y de 50 a 30 días de multa, a quienes incurran en este tipo de actividades, explicó.

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