"La bala que es para ti la voy a detener..."

miércoles, 14 de diciembre de 2011 · 11:49
CHIHUAHUA, CHIH. (Proceso Especial).- El abogado Ernesto Rábago estaba en su oficina. Sonó el timbre y abrió la puerta: había dos sujetos. Uno le disparó dos veces con una pistola automática calibre .25. Las balas acertaron en cuello y abdomen. El abogado alcanzó a cerrar la puerta y los agresores huyeron. Tambaleante, Ernesto se dirigió al despacho de su esposa, y sentado en el sillón detrás del escritorio intentó hacer una llamada desde su celular, pero no tenía saldo. Fue hacia otra oficina, se derrumbó en un sofá y murió. Ahí lo encontró una hora después su esposa, Estela Ángeles Mondragón. Eran las 7:30 de la noche del 1 de marzo de 2010. El asesinato de Ernesto forma parte de una serie de ataques sufridos por la familia de Ángeles Mondragón, abogada que defiende los derechos de los indios rarámuri, quienes desde tiempos ancestrales han vivido en Bachiqui, municipio de Carichí. “Yo presentía una muerte. Días antes lo hablé con Ernesto y le dije que estaba segura de que Patricio –primer gobernador tradicional de los rarámuri– o yo íbamos a morir. Me dijo: ‘No te preocupes: la bala que va a ser para ti yo la voy a detener. Primero me muero yo’. Así fue. ¡Nunca lo imaginé! Sé que lo mandó matar uno de los mestizos que se niega a regresar la tierra que ilegalmente les quitó a los rarámuri. También sé que pagó 5 mil pesos por que le quitaran la vida.” Estela concede la entrevista a esta Edición Especial mientras conduce su camioneta rumbo a Baqueachi, donde la espera Patricio. La figura menuda de la abogada contrasta con la firmeza de su voz y la tenacidad con que defiende los derechos ancestrales de los indios. “Recibí amenazas. Decían que me querían ver destruida por el dolor. Yo respondía que eso nunca ocurriría. Más pronto de lo que pensaba me callaron la boca”. Asegura que ya no se trata de un simple litigio por tierras, sino de la defensa de los derechos humanos de los pueblos tribales. Se refiere en particular a dos casos que le han acarreado ataques y amenazas de muerte. • • • El 1 de marzo de 1928, mediante una resolución presidencial se dotó con 44 mil 784 hectáreas a los integrantes de la tribu tarahumara que habitaban el pueblo de Baqueachi. Con base en esa resolución el Tribunal Unitario Agrario (TUA) del Distrito Cinco dictó una sentencia en la que reconoció como ejidatarios a 113 indígenas originarios y vecinos de ese pueblo. El 18 de diciembre de 2005, los 113 ejidatarios legalmente reconocidos celebraron la Asamblea de Delimitación, Destino y Asignación de Tierras Ejidales y Admisión de Nuevos Ejidatarios. En ese acto el padrón ejidal se conformó con 327 indígenas tarahumaras. A partir de entonces, afirma Ángeles Mondragón, el ejido ha enfrentado problemas legales con ganaderos invasores de Carichí y de Nonoava. Para la regularización del ejido, integrantes de la comunidad indígena se inscribieron en el Programa de Certificación de Tierras Ejidales. En diciembre de 2005 se realizó la Asamblea de Delimitación, Destino y Asignación de Tierras Ejidales, en la que se destinaron todas las tierras del ejido para uso común. Fueron admitidos 230 nuevos ejidatarios de la comunidad. A esta asamblea, recuerda la abogada, se presentaron varias personas que sin ser miembros de la comunidad ocupan tierras del ejido. Pretendían que la Procuraduría Agraria intercediera para ser admitidos como ejidatarios. La asamblea acordó que esas personas debían dirigirse al Comisariado Ejidal para que éste gestionara sus solicitudes. También planteó que daría a conocer su resolución en una sesión ex profeso. Los solicitantes no quedaron conformes y, asesorados por personal de la Procuraduría Agraria, demandaron al ejido para obtener su reconocimiento como ejidatarios. A comienzos de 2006 se presentaron 32 demandas ante el TUA del Distrito Cinco para solicitar la nulidad del acta referida correspondiente a 2005. “Los 32 juicios –afirma Ángeles Mondragón– agotaron todas sus etapas procesales y fueron resueltos mediante sentencias dictadas por el tribunal en primera instancia. Agotado el procedimiento de cada uno de los 32 juicios, en diciembre de 2008 el TUA emitió sus sentencias y concedió la razón al ejido. El argumento fue que los 32 demandantes no cubrieron los requisitos para ser admitidos como ejidatarios y que, en cambio, el ejido sí había probado su acción reconvencional. Por ello, el tribunal ordenó a los 32 demandantes que desocuparan las tierras propiedad de Baqueachi y que estaban usufructuando indebidamente.” Pero el caso no paró ahí, apunta la abogada. Por recomendación de la Procuraduría Agraria, 28 de los demandantes impugnaron las sentencias en amparo directo. Tramitados y resueltos los amparos, a 13 se les negó este recurso y a 15 se les concedió. “Con la creación de los Tribunales Agrarios –comenta– se abrió la posibilidad de que el ejido demandara la restitución. Así, en 1995 se interpuso una demanda en contra de 11 personas que indebidamente han usufructuado una superficie de 7 mil 695 hectáreas.” En febrero de 1997, el TUA del Distrito Cinco dictó sentencia: condenó a 10 de los 11 demandados a que entregaran al ejido una superficie de 7 mil 145 hectáreas. Los demandados, así como el ejido, no estuvieron conformes con la resolución, por lo que interpusieron un recurso de revisión que fue resuelto por el TSA en el expediente R. R. 107/97-05. Con su sentencia se revocó la del TUA a fin de que éste regularizara el procedimiento, dictara medidas para mejor proveer y, posteriormente, emitiera una nueva resolución conforme a derecho. Así ocurrió, menciona la litigante, en septiembre de 1998. Y detalla: “En noviembre de ese año se dio cumplimiento al requerimiento de septiembre para poder dictar la nueva resolución; sin embargo, esto ocurrió hasta septiembre de 2007. ¡Durante nueve años tuvimos que impugnar una serie de actos promovidos indebidamente en nuestra contra!”. Finalmente, el 25 de septiembre de 2007, el TUA Distrito Cinco dictó sentencia definitiva y condenó a todos los demandados a restituir al ejido las tierras que indebidamente están explotando. La sentencia fue impugnada por éstos. El recurso fue admitido, radicado y resuelto por el Tribunal Superior Agrario (TSA) bajo el número R.R. 258/2008-45. Esta instancia determinó revocar la sentencia del TUA, y devolverle el expediente a este tribunal a fin de que repusiera el procedimiento. “Obviamente –expone la abogada– interpusimos un juicio de amparo directo en contra de esta sentencia, por considerar que con ella el TSA está violando diversas garantías constitucionales del ejido. Incluso, el Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, del Primer Circuito, con sede en la Ciudad de México, se declaró incompetente para conocer el caso y remitió el expediente al Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Chihuahua. Éste aceptó la competencia pero desechó la demanda por considerarla notoriamente improcedente. “Este acuerdo lo impugnamos mediante el recurso de revisión radicado y resuelto por el Segundo Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, bajo el número 36/2009, en cuya sentencia se ordenó al Juzgado Segundo de Distrito dejar sin efecto su acuerdo de desechamiento, y admitir a trámite el amparo.” Añade que el Juzgado Segundo de Distrito tramitó el juicio de amparo con el número 978/2008 y decretó su sobreseimiento. “Inconformes con la sentencia –puntualiza– interpusimos recurso de revisión, mismo que fue tramitado y resuelto con el número 188/2009, del índice del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoséptimo Circuito, con residencia en esta ciudad de Chihuahua. “El 24 de septiembre de 2009, este Tribunal Colegiado confirmó la sentencia pronunciada por el Juzgado Segundo de Distrito, por lo que la sentencia pronunciada por el TSA quedó firme. En la actualidad, el expediente 165/2009 se encuentra en el TUA del Distrito Cinco, con residencia en la ciudad de Chihuahua, en la Secretaria de Estudio y Cuenta, para que se dicte la sentencia respectiva.” • • • El empeño de Ángeles Mondragón por defender los derechos de las tarahumaras le ha acarreado amenazas de muerte y múltiples agresiones. El 18 de marzo de 2009 incendiaron su despacho con dos bombas molotov. A raíz de este hecho, “el procurador agrario Pedro Martínez Chaires nos acusó en el periódico local El Heraldo de pertenecer al Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). Además, dio entrada a las demandas de los ganaderos del municipio de Nanovoa en contra de los ejidatarios indígenas, en lugar de llamar a una conciliación”. Los ataques en contra de Ángeles Mondragón se convirtieron en sentencias de muerte: El 1 de marzo de 2010 asesinaron a su esposo. En la carpeta de investigación 3827/2010, que la fiscalía estatal abrió sobre el homicidio, obran tres declaraciones que aportan elementos sobre autores de amenazas de muerte en contra de la litigante. Una de ellas es la de Ignacio Becerra Trigueros, párroco de Carichí. “Conocí a Ernesto y a Estela desde 1996 por su trabajo en la defensa legal de los ejidos indígenas de Baqueachi, Wawatzerare y Chineachi. El litigio de la comunidad de Baqueachi era contra 32 personas que presumían tener derechos ejidales. Una de éstas era Jesús María Sandoval Espino, de quien escuché de viva voz amenazas en contra de la abogada Estela A. Mondragón. Las palabras específicas del señor Jesús fueron que ‘para acabar con el problema había que guardar en un estuche a la licenciada para mandarla a su tierra’, ya que ella es del Estado de México. También dijo que ‘muerto el perro se acaba la rabia’. “Estas palabras fueron escuchadas por su servidor y por Felipe Ignacio Ramírez, presidente del Comisariado Ejidal de Baqueachi, mientras nos trasladábamos rumbo a Baqueachi, saliendo de Chineachi, en un el lugar llamado Gazatare. Ahí nos encontramos con una camioneta que cerraba el camino. Nos esperaban Francisco Emiliano Olivas Sotelo, Isaías Martínez Torres, Luis Carlos Jáquez Olivas, Saúl Alonso Jáquez Olivas, Óscar Arévalo Quezada, Luis Martínez, Rubén Olivas, Luis Armando Olivas Muñoz, Ubaldo Olivas Muñoz, Francisco Emiliano Olivas, Jesús Miguel Jáquez, Francisco Olivas Jáquez y Jesús Sandoval. Traían palos y dijeron que por ahí no pasaba el Comisariado Ejidal de Baqueachi ni yo”. La declaración del comisariado confirma la del párroco de Carichí. Este incidente ocurrió el 5 de marzo de 2010. Después del asesinato de Ernesto, organizaciones como la Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos (Cosyddhac), la Asociación de Abogados Democráticos, Alianza Sierra Madre, el Centro de Derechos Humanos de la Mujer y El Barzón hicieron un llamado a Amnistía Internacional para que las autoridades estatales y federales establecieran medidas cautelares que protegieran la vida de la abogada y su familia. Antes de que asesinaran a su marido, la abogada se disponía a presentar una queja contra Martínez Chaires por el trato “despótico” que da a los indígenas, sobre todo a la comunidad de Baquiachí: “Ernesto me dijo: ‘Aquí está la queja, la van a firmar los integrantes del PIAI, pero primero hay que mandarla por correo’. Yo no quería enviarla no sé por qué, me sentía rara. Él lo notó y me repitió: ‘Ya te dije que la bala que va a ser para ti yo la voy a detener’”. “Para muchos Baqueachi es la punta de lanza de lo que pueden hacer los indígenas con el derecho. Defenderse con la ley mestiza, con una ley que ellos desconocían. Si ser perredista, si ser del EZLN es haberles enseñado que debían aprender a leer y escribir para conocer por ellos mismos las resoluciones de su caso, entonces soy zapatista y soy perredista”, afirma. “Yo les dije que debían conocer la ley mestiza. Ese ha sido mi delito. Demostrarles que con la ley en la mano alguien iba a escuchar al pueblo de Baqueachi”, dice orgullosa. Después de la muerte de Ernesto los indios rarámuri efectuaron un ritual tradicional para elevar su alma al cielo. Es el primer mestizo a quien la tribu le rinde este homenaje.

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