Aprueban en Yucatán topes de campaña para candidatos

viernes, 30 de marzo de 2012 · 20:38
MÉRIDA, Yuc. (apro).- El Consejo General del Instituto de Procedimientos Electorales y Participación Ciudadana (Ipepac) aprobó hoy los topes de campaña para los candidatos a gobernador, diputados locales y regidores que participarán en los comicios concurrentes del próximo 1 de julio. Para los candidatos a la gubernatura, el gasto máximo de campaña asciende a 21 millones 532 mil 443 pesos con 32 centavos, en tanto que para alcaldes de Mérida la cifra se ubicó en 9 millones 562 mil 544 pesos con 79 centavos. En el caso de los candidatos a diputados y regidores, el gasto máximo dependerá del padrón electoral y el factor territorial. El distrito electoral uninominal que gastará el mayor monto es el XV, con cabecera en Izamal, cuyo tope se fijó en un millón 653 mil 643 pesos con 88 centavos. Le siguen el X, con cabecera en Tizimín, por un monto de un millón 649 mil 790 pesos con 9 centavos, y el IX, en Progreso, con un millón 556 mil 224 pesos con 06 centavos. En el caso de los ayuntamientos, a Mérida le siguen Tizimín, con un tope máximo de campaña de 996 mil 643 pesos con 41 centavos; Valladolid, con 778 mil 256 pesos 26 centavos, y Progreso con 612 mil 189 pesos 32 centavos. Además de aprobar los topes de campaña, el Ipepac acordó el registro de las plataformas electorales de los candidatos del PAN, PRI, PRD, PT, PVEM, Movimiento Ciudadano, Nueva Alianza y el partido político estatal Socialdemócrata de Yucatán. Los consejeros también dieron luz verde a la documentación que deberá acompañar las solicitudes de registro de candidatos para todos los cargos públicos que estarán en juego en este proceso electoral, con el fin de acreditar los requisitos establecidos en la Constitución Política del Estado de Yucatán y en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado. Por otro lado, se determinó que la solicitud de registro y la documentación anexa que presenten supletoriamente ante el Consejo General los partidos políticos y/o coaliciones (en lo que respecta a las candidaturas de mayoría relativa en las fórmulas de diputados o de planillas de regidores de los ayuntamientos), deberán ser remitidas al Consejo Distrital o Municipal Electoral correspondiente, a más tardar al día siguiente de su presentación. Los términos para la verificación de la documentación comenzarán a contar a partir de su recepción ante el Consejo Distrital o Municipal que corresponda. De igual modo se determinó que quien solicite u ordene la publicación –por el medio que sea– de cualquier encuesta o sondeo de opinión sobre cuestiones electorales, deberá entregar copia del estudio completo ante la Secretaría Ejecutiva del Ipepac, dentro de los tres días siguientes a su publicación o difusión. Además, se estableció que durante los 15 días previos a la elección y hasta el momento del cierre de las casillas, está prohibido publicar o difundir por cualquier medio los resultados de las encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.

Comentarios

Otras Noticias