Avala la Suprema Corte de Justicia gobiernos municipales de más de tres años

jueves, 23 de agosto de 2012 · 18:41
MÉXICO, D.F. (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los estados de la República tienen facultad para fijar libremente los plazos que deberán durar los gobiernos municipales. Al resolver una controversia promovida por el Movimiento Ciudadano (MC) sobre la reforma aprobada en 2011 por el Congreso de Veracruz, el pleno de ministros dejó en claro que la Constitución mexicana no señala la duración que deben tener los gobiernos municipales. Por lo tanto, cada estado tiene la facultad de fijar los tiempos. El Congreso de Veracruz aprobó en diciembre del año pasado, una ampliación de un año para los periodos de gobierno de las alcaldías que conforman la entidad, y echó por tierra la reforma de 1999 aprobada para homologar los comicios locales con los federales. MC presentó una controversia porque, a su juicio, con este desfase se obligará a los veracruzanos a concurrir a las urnas prácticamente cada año. Este jueves, la ministra Margarita Luna Ramos, encargada de elaborar el dictamen, señaló que la Constitución no señala la duración que deben tener los presidentes municipales en dichos puestos. Sin embargo, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, aclaró que aun cuando no existen plazos, cualquier ampliación deberá sujetarse a “un análisis de razonabilidad”. “Pensemos simplemente como ejemplo, qué pasaría si se pusiera un plazo de siete u ocho años, o 10 años para los ediles, obviamente creo que sería un plazo de muy discutible constitucionalidad… Creo que esto podría matizarse, y en caso de que no fuera así, pues me reservaría para hacer un voto concurrente”, explicó Zaldívar. De esta manera, el pleno decidió avalar la reforma veracruzana, con lo que esa entidad será la primera en el país en contar con alcaldes cuyos periodos duren cuatro años, en lugar de tres como ocurre actualmente en todas las alcaldías del país. La reforma entrará en vigor en 2013. Por unanimidad, el pleno consideró que la reforma no viola el artículo 116 de la Constitución, que señala que las elecciones de gobernadores, alcaldes y diputados locales deberán ser el primer domingo de julio “del año que corresponda”. “Lo que importa (del artículo 116) no es que las elecciones estatales deban llevarse a cabo simultáneamente; que el mismo día necesariamente tengan que ser todas, sino que únicamente se determinan reglas en relación con la elección federal”, explicó la ministra Margarita Luna Ramos, autora de la sentencia. También dijo que la Carta Magna no señala los periodos de duración para puestos como las presidencias municipales, por lo que los estados tienen libre configuración para determinarlos. Por lo pronto, los alcaldes, síndicos y regidores electos en 2010 completarán sus periodos de tres años, y serán los electos en 2013, que tomarán posesión el 1 de enero de 2014, los que ejercerán su mandato durante cuatro años.

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