Publican reformas sobre desaparición forzada en Nuevo León

jueves, 13 de diciembre de 2012 · 20:26
MONTERREY, N.L. (apro).- El gobierno de Nuevo León publicó este jueves en el Periódico Oficial las reformas legales para tipificar la desaparición forzada de personas en la entidad. La expedición del decreto coincidió con la manifestación que esta mañana realizaron integrantes de la agrupación Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos A. C. (CADHAC), quienes pedían al gobernador Rodrigo Medina que firmara la enmienda aprobada en el Congreso local el pasado 13 de noviembre. El decreto 004 incluye modificaciones al Código Penal, al Código de Procedimientos Penales y a la Ley que regula la Ejecución de las Sanciones Penales. En su Artículo 432, el Código Penal señala que comete el delito de desaparición forzada de personas “el servidor público o el particular que, actuando con la autorización, apoyo, consentimiento, conocimiento o dirección de aquél u otro servidor público, detenga, arreste, aprehenda o prive de la libertad en cualquier otra forma a una persona o facilite tal privación, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de la libertad o el ocultamiento del paradero de la víctima, para impedir el ejercicio de recursos legales y las garantías procesales procedentes”. También establece que ese delito “se considera permanente hasta en tanto no se establezca el paradero o destino de la víctima. Si durante la comisión del delito se cometiera otro en contra de la víctima, se aplicarán reglas en curso”, puntualiza. El Artículo 433, referido a las penalidades, destaca que a quien cometa el delito de desaparición forzada de persona se le sancionará con una pena de 15 a 40 años de prisión y una multa de cuatro mil a ocho mil pesos. El decreto publicado este jueves señala que se impondrán penas de 10 a 20 años e inhabilitación para ejercer cargos públicos a los servidores que teniendo conocimiento del delito cometido por un subordinado se abstengan de impedirlo. Y subraya, entre otras cosas, que la pena se incrementará en una mitad cuando el responsable sea superior jerárquico de un servidor público participante en la comisión el delito. Luego de la publicación del decreto, CADHAC felicitó al Congreso local y al jefe del Ejecutivo estatal, y consideró que la reforma contiene una carga simbólica, pues envía un mensaje a la ciudadanía de que este tipo de acciones serán inadmisibles y sujetas a persecución judicial. “Esta organización celebra que la tipificación ahora publicada en el Periódico Oficial del estado cumpla con todos los elementos establecidos por el derecho internacional de los derechos humanos, incluyendo todos los elementos del delito reconocidos por los tratados internacionales y por el derecho internacional consuetudinario”, puntualizó en un comunicado. De acuerdo con CADHAC, organización presidida por Consuelo Morales, la promulgación del decreto era necesaria, debido a que de 2009 a la fecha han sido reportadas al organismo más de mil desapariciones, de las cuáles se han documentado 157 casos que caen en el supuesto ahora legislado.

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