Acusan a Moreno Valle de atropellar labor legislativa con su "Ley bala"

jueves, 22 de mayo de 2014 · 19:42
PUEBLA, Pue. (apro).- La existencia de tres versiones de la llamada “Ley bala” puso en evidencia que el gobernador Rafael Moreno Valle invadió funciones del Legislativo para tratar de aminorar el escándalo generado por su iniciativa de permitir el uso de la fuerza letal en protestas sociales. Los tres documentos que ahora circulan entre los medios y que contienen diferencias sustanciales son: la iniciativa presentada por el mandatario el lunes 12, el dictamen que emitieron los diputados en la sesión extraordinaria del lunes 19 y el decreto que publicó el gobierno estatal y que está fechado el mismo lunes 19. Pese a que Moreno Valle debió publicar el dictamen aprobado por los diputados, en el Periódico Oficial del Estado apareció una versión distinta en la que fueron modificados algunos de los artículos que fueron más criticados por las organizaciones civiles por calificarlos como violatorios de los derechos humanos. La maniobra quedó en evidencia luego de que el panista Francisco Rodríguez, presidente de la Comisión de Seguridad Pública del Congreso, que fungió como dictaminadora de la propuesta, proporcionó en sus cuentas de Twitter y Facebook copia del dictamen avalado por los legisladores para precisar los cambios que se acordaron a solicitud de la fracción priista. “Comparto dictamen aprobado hoy sobre la ley para proteger los derechos humanos y que regula el uso legítimo de la fuerza”, escribió en Twitter ese lunes 19. El documento estuvo a disposición pública hasta la mañana del miércoles 21, pero repentinamente fue borrado cuando el gobierno de Moreno Valle, al filo del mediodía, emitió un boletín al que anexó una copia del decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado, en la práctica una tercera versión de la “Ley bala”. Más tarde, el diputado Rodríguez asumió la responsabilidad sobre este embrollo, al asegurar que se había equivocado de documento, sin embargo, no es la primera ocasión que el gobierno de Moreno Valle pone en evidencia el sometimiento del Legislativo a sus disposiciones. La diferencia más clara entre las tres versiones se refiere al artículo 44 de la iniciativa y al 46 del dictamen y del decreto, que fue el que mayor polémica generó entre las ONG. En la iniciativa, el artículo 44 advierte: “Queda prohibido el uso de armas de fuego para la dispersión de manifestaciones, sin embargo, se contemplará su uso en términos que establece la fracción IV del artículo 8º de esta ley, para repeler agresiones a que se refiere el artículo 9º del mismo, o para preservar la vida o para evitar afectaciones a la integridad física graves de los elementos policiales o de terceros. “Para este fin, los elementos policiales deberán adoptar las medidas necesarias para evitar que el accionamiento de las armas de fuego ponga en riesgo a personas distintas al agresor”. En los artículo 8º y 9º se marcaban tiempos graduales para el uso de la fuerza pública que iban desde la persuasión, el sometimiento, uso de armas no letales, hasta llegar a la fuerza letal. Sin embargo, en el dictamen aprobado por los diputados se cambió ese mismo artículo para quedar con el numeral 46 de la siguiente manera: “Queda prohibido el uso de las armas de fuego para la dispersión de manifestaciones. Se deberán observar los protocolos especializados correspondientes; se dotará a los elementos de los cuerpos policiales de los distintos tipos de armas, municiones y equipo adecuado de modo que puedan hacer uso diferenciado de la fuerza, así como de las armas de fuego, estas últimas atendiendo a lo dispuesto en el artículo 11º de esta ley”. En el artículo 11º del dictamen se precisa que antes de que los elementos de la policía hagan uso de armas de fuego tendrán que identificarse y hacer una advertencia para invitar al “agresor” a desistir de su conducta, sin embargo, en la fracción III se abre la posibilidad de que esto no aplique “cuando la necesidad de la acción sea inmediata” por poner en riesgo a terceros o al elemento policial. Y en el decreto emitido por el Ejecutivo estatal el artículo 46 se redujo a sólo dos líneas: “Queda prohibido el uso de armas de fuego para la dispersión de manifestaciones. Se deberán observar los protocolos especializados correspondientes”. En el decreto también desapareció la fracción IV del artículo 9º, donde se señalaba que los elementos policiacos podían hacer uso de armas de fuego o de fuerza letal “únicamente en el caso de legítima defensa de la vida o para evitar afectaciones a la integridad física graves, en ambos casos de la propia o de terceros”. Igual se cambió la redacción plasmada en el dictamen de los artículos 44 y 45, donde en este último se permitía el uso gradual de la fuerza policiaca (hasta el uso de armas de fuego) en caso de que manifestaciones “violentas” afectaran bienes jurídicamente tutelados. La polémica iniciativa de esta ley fue presentada por el Ejecutivo estatal el lunes 12; luego se discutió en comisiones el viernes 16; llevada al pleno en sesión extraordinaria el lunes 19 y publicada en el Periódico Oficial del Estado ese mismo día. Ya antes Moreno Valle ha sido acusado de imponer su voluntad sobre el Legislativo al lograr la aprobación fast track de sus reformas, como ocurrió recientemente con la Ley de Expropiaciones y la reglamentación para tarifas del agua, que fueron avaladas unas horas después de ser presentadas por el Ejecutivo estatal. El más claro antecedente se dio con la llamada “ley Mondragón”, que se recibió, discutió y aprobó en un lapso de apenas cuatro horas, con el objetivo de modificar la fecha de inicio de las elecciones locales y para que el entonces dirigente estatal del PAN, Juan Carlos Mondragón, no tuviera argumentos para mantenerse en el cargo durante los próximos comicios. En marzo anterior, el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) inició un proceso ante el Senado para exigir la desaparición de poderes en Puebla, al acusar a Moreno Valle de encabezar un gobierno antidemocrático que los mismo concentra funciones ejecutivas y legislativas.

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