La SCJN ampara a pacientes con VIH en juicio contra el INER

jueves, 16 de octubre de 2014 · 14:23
MÉXICO, D.F., (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo a favor de pacientes con VIH-Sida que obliga a las autoridades del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias (INER) a construir un pabellón o remodelar un área aislada para personas portadoras del virus. De acuerdo con la integrante del Equipo de Estrategia de Fundar, María Sánchez de Tagle, la decisión de la Corte es un “precedente importante” que abona a los derechos sociales. En entrevista con Carmen Aristegui en Noticias MVS, indicó que en este caso no deben ser tolerados pretextos del sector salud, por lo que pidió que las autoridades se comporten a la altura de la sentencia. “No podrán alegar que no tienen recursos”, dijo, y añadió que en 2012 el sector gastó 2 mil millones de pesos en publicidad, pese a que sólo tenían autorizados 200 millones. De acuerdo con los quejosos, en el INER se les impedía el acceso al goce del más alto nivel posible de salud porque las autoridades no habían destinado el máximo de los recursos de los que disponen para la construcción y equipamiento del Servicio Clínico para Pacientes con VIH/SIDA y Co-Infección por Enfermedades de Transmisión Aérea, conocido como “Pabellón 13”, y consideraron que se violaba el derecho a la vida. En respuesta, la Segunda Sala de la SCJN resolvió ayer que ”la atención médica que les ha sido proporcionada a los quejosos no resulta apegada al derecho humano del nivel más alto posible a la salud, pues en el juicio se encuentra comprobada la necesidad de que se realicen las obras necesarias a efecto de que la atención médica pueda ser considerada de calidad, previniendo, en la medida de lo posible, que los pacientes con VIH/SIDA padezcan otras infecciones, enfermedades y trastornos concomitantes de diversos tipos que repercuten en el tratamiento y la atención que reciben, y que inclusive pueden poner en riesgo su vida”. Según el fallo de la Corte, “la adecuación a la infraestructura del INER se encuentra comprendida dentro de las obligaciones que los artículos 2 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales imponen al Estado mexicano, pues éste debe contar con establecimientos, bienes y servicios públicos de salud y centros de atención de la salud”. La Segunda Sala sostuvo que cuando el Estado mexicano incumpla con la plena realización del derecho al nivel más alto a la salud, aduciendo una falta de recursos, corresponderá no sólo a éste comprobar dicha situación, sino que también debe acreditar que ha realizado todos los esfuerzos posibles para utilizar los recursos que están a su disposición para lograr ese objetivo. “No basta la simple afirmación de limitación presupuestaria para que se tenga por demostrado que ha adoptado todas las medidas hasta el máximo de los recursos que disponga el Estado para lograr la plena realización del señalado derecho humano”, subrayó. La Corte concedió el amparo para el efecto de que las autoridades tomen todas las medidas necesarias para salvaguardar el derecho humano al nivel más alto posible a la salud de los quejosos. Además, la sentencia implica la posibilidad de que las autoridades responsables consideren qué medida resulta más adecuada para poder brindar a los quejosos un tratamiento médico apropiado a su padecimiento, ya sea mediante remodelación del Servicio Clínico 4, en donde actualmente son tratados, o bien mediante la construcción de un nuevo pabellón hospitalario. También en Noticias MVS, el paciente Rubén Valdez explicó que el proceso cumplió ya siete años y que “esta batalla sigue hasta que se construya el Pabellón 13?. Asimismo, recordó que “fueron las propias autoridades las que determinaron la construcción”, pero ellas mismas lo frenaron después, y confió en que en lugar de una remodelación se haga una nueva construcción. “Queremos una verdadera infraestructura hospitalaria”, dijo.

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