Aplaza la Corte discusión sobre amparo a familiares de víctimas de San Fernando

miércoles, 17 de febrero de 2016 · 15:28
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió aplazar la discusión del proyecto de dictamen de un amparo en revisión promovido por la madre y la hermana de dos salvadoreños víctimas de la matanza de San Fernando, Tamaulipas, registrada en 2011 en la que 120 centroamericanos fueros asesinados. Bertila Parada de Osorio, Alma Yesenia Realegeño o Alma Yessenia Realegeño, madre y hermana de Carlos Alberto Osorio Parada y Manuel Antonio Realegeño, piden que el Estado mexicano la reconozca como víctima que le dé acceso al expediente de la causa y que reconozca que la matanza de San Fernando constituye un delito grave y de lesa humanidad. Sin embargo, de nueva cuenta, la ausencia del ministro Jorge Pardo Rebolledo, quien se encuentra en comisión oficial fuera del país, dejó en suspenso la demanda de las mujeres, que debía resolverse hoy, y en la que piden que la Procuraduría General de la República (PGR) las reconozca como víctimas. Ambas estuvieron presentes en la sesión de la primera sala donde se llevaría a cabo la discusión y afirmaron que vinieron desde su país en demanda de justicia. El proyecto de dictamen señala que la PGR debe reconocer a familiares de las víctimas de San Fernando, como “víctimas directas”, por lo que tienen derecho a acceder y tener copias, simples o certificadas, de la averiguación previa, constancias y demás información contenida en ella. También propone ordenar a la PGR que informe a las quejosas sobre las investigaciones realizadas sobre los 120 cadáveres o restos humanos y que indique si existe material genético para identificarlos. Asimismo Pardo señala que la PGR debe atender la petición de las quejosas de que les sea reconocido su derecho a conocer la verdad, el cual incluye “el derecho de la víctima o de sus familiares a obtener de los órganos del Estado el esclarecimiento de los hechos violatorios y las responsabilidades correspondientes”. En su proyecto Pardo sostiene que el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos, “asegurando en tiempo razonable, el derecho de las presuntas víctimas o sus familiares a que se haga todo lo necesario para conocer la verdad de lo sucedido y se sancione a los responsables: realizando una investigación con la debida diligencia, completa y exhaustiva”. Sólo en caso de que, una vez contrastado el material genético de las quejosas con los 120 cuerpos encontrados, se llegara a la conclusión de que ninguno corresponde al cadáver de su familiar, la petición de información y expedición de copias de la averiguación previa dependerá de la decisión que emita la propia Corte con respecto a los amparos. En este supuesto se analizará la facultad del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) de calificar si una averiguación previa debe desclasificarse por estar relacionada con una violación grave a los derechos humanos o un delito de lesa humanidad.

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