Niega Corte amparo a Gómez Urrutia contra la STPS

miércoles, 13 de abril de 2016 · 18:23
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó un amparo al líder minero Napoleón Gómez Urrutia, quien pedía una millonaria indemnización al alegar que en 2008 la Secretaría del Trabajo y su entonces titular, Javier Lozano Alarcón, habían difundido información que afectaron su honra y dignidad. Por unanimidad, la Segunda Sala determinó que el derecho a la información obliga a las autoridades a hacer pública toda aquella información que sea considerada de interés público, y que pueda trascender a la vida o al ejercicio de los derechos de las personas. Asimismo, determinaron que el caso constituía un tema de relevancia pública, en el que se encontró justificada la difusión de la información por parte de la Secretaría del Trabajo. En ese año, la Secretaría del Trabajo le negó la toma de nota a Gómez Urrutia, en virtud de que éste no había acreditado tener una relación laboral mínima de 5 años; se encontraba fuera del país y existían averiguaciones previas en su contra por los delitos de administración fraudulenta, fraude específico en grado de coparticipación y fraude específico en su modalidad de administración fraudulenta y asociación delictuosa. Pero el líder minero acusó a la Secretaría del Trabajo y a su entonces titular, Javier Lozano Alarcón, de la publicación de un boletín de prensa en donde se exponían las razones por las que dicha dependencia había negado la toma de nota y una entrevista realizada por el periodista Óscar Mario Beteta al Secretario del Trabajo sobre la negativa de toma de nota. Entonces, Gómez Urrutia demandó el pago de una indemnización por daño moral reclamando que la información difundida por la Secretaría del Trabajo constituía una actividad administrativa irregular del Estado, al haberle causado una afectación a su honra y dignidad. Sin embargo, los ministros advirtieron que Gómez Urrutia debía ser considerado una persona de impacto público, al haberse visto inmiscuido en uno de los conflictos mineros más relevantes en los últimos años y al haber pretendido ejercer un cargo directivo en uno de los sindicatos más importantes del país, cuyos agremiados tenían derecho a ser informados sobre un suceso que repercutía en el ejercicio de sus derechos laborales. La Suprema Corte de Justicia de la Nación privilegió el derecho de la sociedad a estar informada al concluir que la actividad de la Secretaría del Trabajo y de su entonces titular no constituía una actividad administrativa irregular.

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