Ordenan a la SS revelar información sobre niveles de arsénico en La Laguna

martes, 13 de septiembre de 2016 · 11:34
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Por orden del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) la Secretaría de Salud (SS) deberá entregar a un particular, información sobre los altos niveles de arsénico en la región de La Laguna, conocida como Comarca Lagunera. Una particular requirió acceso al diagnóstico, análisis o estudio existente sobre la problemática del arsénico en dicha región, que comprende comunidades de los estados de Coahuila y Durango. Sin embargo, la dependencia federal se declaró incompetente para atender la solicitud y sugirió a la particular llevarla a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), con el argumento de que sus facultades en materia de prevención y control de los efectos nocivos de los factores ambientales en la salud de las personas se ejercen a través de esa instancia. Inconforme, la solicitante interpuso un recurso de revisión ante el INAI en el que argumentó que la problemática a la que se refería en su solicitud se relaciona con enfermedades, por lo que la secretaría debía de ser competente. La SS reiteró su respuesta en alegatos. Al analizar el caso, la comisionada Areli Cano Guadiana corroboró que actualmente la Cofepris tiene entre sus atribuciones vigilar el fomento sanitario en materia de efectos nocivos de los factores ambientales en la salud humana, por lo que es competente para conocer la solicitud. Sin embargo, advirtió que esta instancia fue creada en 2001 y, de acuerdo con los registros existentes, el problema del agua contaminada con arsénico es anterior a esa fecha. La ponencia de la comisionada verificó que en el Primer Informe de Gobierno del presidente Miguel de la Madrid se hacía referencia a las obras de conducción de agua de buena calidad, para resolver el problema de hidroarsenicismo en la región de la Laguna, el cual representaba un grave riesgo para la población. De igual forma, corroboró que a fin de dar seguimiento a la problemática, la secretaría publicó en 1994 la Norma Oficial Mexicana que establecía los límites permisibles de sustancias para determinar la calidad del agua destinada al consumo humano, y que le correspondía a dicha dependencia vigilar su cumplimiento. Así, Cano Guadiana concluyó que antes de la creación de la Cofepris, la Secretaría de Salud era la encargada de velar por el cumplimiento de las normas en materia de riesgos sanitarios de la población. Muestra de ello, abuindó, es un recurso de revisión de abril de 2007, en el cual proporcionó estudios, planes y análisis que llevó a cabo en los años 80 para contrarrestar el problema que es de interés de la particular, y los cuales se encuentran en su archivo histórico. Por ello, el Pleno del INAI revocó la respuesta de la Secretaría de Salud y le instruyó entregar a la particular la información que obra en sus archivos históricos, relacionada con el problema del hidroarsenicismo en la región de La Laguna.

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