La PGR crea unidades antisecuestro y de investigaciones cibernéticas

martes, 5 de septiembre de 2017 · 12:01
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Diario Oficial de la Federación, publicó hoy el Acuerdo por el que la Procuraduría General de la República (PGR) crea la Unidad para el Combate al Delito de Secuestro como la instancia de inteligencia encargada de la ejecución y supervisión de las acciones policiales que apoyen las investigaciones relacionadas con este delito. La unidad operará bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación y estará adscrita a la Policía Federal Ministerial de la Agencia de Investigación Criminal (AIC) Su titular será designado y removido libremente por el Procurador General de la República, a propuesta del Director en Jefe de la AIC. Actualmente, la PGR cuenta con la Unidad Especializada en Investigación de Delitos en Materia de Secuestro, a la cual le corresponde ejercer las atribuciones que la Constitución, que se refieren a establecer los tipos penales, sus sanciones, las medidas de protección, atención y asistencia a ofendidos y víctimas. “El Sistema de Justicia Penal Adversarial requiere de investigaciones fortalecidas con elementos científicos que realice el personal policial de la AIC, por lo que, con independencia de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos en Materia de Secuestro, es necesario contar con información criminal que pueda ser aportada como evidencia al Ministerio Público de la Federación y con ello sustentar sus acusaciones”, se indica en un comunicado. Así, la Unidad para el Combate al Delito de Secuestro conjuntará trabajos policiales y de inteligencia, con el apoyo de los servicios periciales, para colaborar con las investigaciones a cargo la Unidad Especializada para el Combate al Delito de Secuestro. El personal que integre la Unidad para el Combate al Delito de Secuestro deberá cumplir con los requisitos de ingreso y permanencia que se establecen en la Ley General para Prevenir y Sancionar los Delitos en materia de Secuestro, Reglamentaria de la Fracción XXI del Artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones aplicables. El titular de la Unidad para el Combate al Delito de Secuestro ejercerá las facultades de realizar, bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación, los actos de investigación policial tendentes a lograr el esclarecimiento de los hechos posiblemente constitutivos del delito de secuestro. Así también recabar la información necesaria para apoyar al Ministerio Público de la Federación en la investigación y persecución del delito de secuestro; suministrar información y medios de prueba al Ministerio Público de la Federación encargado de la investigación y persecución del delito de secuestro. También establecer mecanismos y medios de coordinación para el suministro e intercambio de la información obtenida mediante los sistemas e instrumentos tecnológicos con otras unidades administrativas u órganos desconcentrados de la Institución. De acuerdo con la información, el titular emitirá un informe periódico tanto para sus superiores jerárquicos como para el Titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos en materia de Secuestro, sobre las causas estructurales, distribución geodelictiva, estadísticas, tendencias históricas y patrones de comportamiento de los grupos delictivos que intervienen en los delitos en materia de secuestro. Investigación cibernética La Procuraduría General de la República (PGR) también creó la Unidad de Investigaciones Cibernéticas y Operaciones Tecnológicas, que estará adscrita a la Agencia de Investigación Criminal (AIC). El acuerdo se publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que a partir de mañana se contará con más “información criminal” que podrá ser incorporada como dato y medios de prueba para sustentar las acusaciones del Ministerio Público (MP) de la Federación. La Unidad será el área de inteligencia encargada de ejecutar y supervisar acciones policiales que apoyen investigaciones relacionadas con medios electrónicos y tecnológicos bajo la conducción y mando del MP. El titular de dicha Unidad será designado y removido libremente por el procurador general de la República a propuesta del director en jefe de la AIC. Entre los requisitos que deberá reunir el encargado del organismo destaca “una notoria” buena conducta y no haber sido condenado --mediante sentencia irrevocable-- por un delito doloso. De igual manera, será el responsable de planear, programar, organizar y dirigir el funcionamiento de dicha Unidad en términos de las leyes aplicables bajo la conducción y mando del MP, y determinar las herramientas cibernéticas y tecnológicas que permitan apoyar la investigación de los delitos. En colaboración con la Coordinación de Planeación, Desarrollo e Innovación Institucional, deberá definir los programas de capacitación continua del personal de la Unidad, así como de aquellos servidores públicos que realizan investigaciones a través del uso de medios cibernéticos o tecnológicos en la institución. Asimismo, generar estadísticas de aquellos delitos en donde se encuentren involucradas las tecnologías de la información, y proponer la adquisición, incorporación y actualización de las tecnologías empleadas en los diferentes laboratorios especializados y de seguridad informática de la AIC. También auxiliar a las autoridades competentes en la investigación de delitos a través de medios cibernéticos y tecnológicos; implementar técnicas de investigación tecnológica y cibernética que sirvan de apoyo para la generación de dato de prueba, medios de prueba y prueba bajo la conducción y mando del MP, entre otros.

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