La SCT deberá informar sobre impacto ambiental del NAICM

domingo, 12 de noviembre de 2017 · 10:42
CIUDAD DE MÉXICO (proceso.com.mx).- El INAI instruyó a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes dar a conocer información sobre el impacto al medio ambiente por la construcción del Nuevo Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (NAICM). En un comunicado, el INAI precisó que un particular solicitó la declaración de impacto ambiental; el plan de restauración ecológica; los programas de rescate de flora y fauna; la propuesta de conservación de aves; el registro y verificación de emisiones de gases; el plan de manejo de residuos y de agua. Además, el particular pidió el impacto ambiental a corto, mediano y largo plazo; la política de protección ambiental, y si hubo alguna recomendación por violación a los derechos humanos en la comunidad de San Salvador, Atenco. En respuesta, la SCT se declaró incompetente para proporcionar la información y orientó al particular a dirigir su solicitud al Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México, por lo que el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI. En alegatos, la dependencia reiteró su respuesta; no obstante, en el análisis del caso, a cargo de la ponencia del comisionado presidente Francisco Javier Acuña Llamas se determinó que la SCT es competente para atender la solicitud. Se comprobó que, de acuerdo con la Ley de Aeropuertos, la Secretaría es la responsable de otorgar los permisos a personas físicas o personas morales, para administrar, operar, explorar y, en su caso, construir aeródromos civiles distintos a los aeropuertos. Se verificó también, que dichos permisos se otorgarán previo al cumplimiento de los requisitos exigidos en esa ley y sus reglamentos, por lo que los interesados deberán documentar, como mínimo, la acreditación legal de la posibilidad de usar y aprovechar el terreno, que cumpla con las exigencias técnicas de seguridad y disposiciones en materia ambiental y cuente con el personal técnico y administrativo capacitado. En ese sentido, se concluyó que la SCT conoce la información solicitada, pues entre sus atribuciones se encuentra la de otorgar los permisos para la construcción de aeropuertos, previo cumplimiento de los requisitos, entre éstos las disposiciones en materia ambiental. Por ello, el pleno del INAI revocó la respuesta de la SCT y le instruyó emitir una respuesta, en la que no podrá argumentar la incompetencia.

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