La lucha de Proceso contra la censura indirecta

jueves, 23 de noviembre de 2017 · 10:38
CIUDAD DE MÉXICO (Proceso).- Desde su fundación en 1976, Proceso ha dado testimonio del uso arbitrario de la publicidad oficial por parte de los gobiernos en turno. El “no pago para que me peguen” del presidente José López Portillo seis años después, la demanda judicial de Marta Sahagún, seguida de la reducción de anuncios gubernamentales en 2005, al final del “gobierno del cambio” de Vicente Fox, y la eliminación total de la pauta publicitaria de los gobiernos de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto, han dado cuenta del uso patrimonialista de los recursos del Estado para castigar a quienes incomodan al poder. La sentencia de la semana pasada de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respecto a la omisión legislativa para regular la publicidad oficial, vino a confirmar lo que esta casa editorial conoce y ha dicho desde su surgimiento: que la publicidad oficial en México ha sido un instrumento de censura indirecta que, en el extremo, busca la desaparición de la crítica a través de la asfixia económica. Sin la fuerza de una sentencia del máximo tribunal, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ya había advertido en 2012 cómo en el caso del gobierno de Calderón se usó la publicidad oficial para restringir la libertad de expresión del semanario. Esa fue la conclusión del organismo ante la queja presentada por el director de la revista, Rafael Rodríguez Castañeda, contra esa administración, en lo que fue la primera acción de defensa del semanario ante instancias oficiales en contra de la Presidencia de la República por el uso de la publicidad oficial para castigarla por su línea editorial. En la queja presentada en abril de 2009, cuando el Congreso ya llevaba dos años sin regular el artículo 134 de la Constitución en materia de publicidad oficial, a la que quedó obligado desde la reforma electoral publicada en febrero de 2007, Rodríguez Castañeda argumentó que esa discrecionalidad va contra los derechos de libertad de expresión e información de los directivos, editores y reporteros de la revista, salvaguardados por la Constitución y la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Convención Americana de Derechos Humanos, de la que México forma parte. “Desde 1976, cuando se fundó la revista Proceso, advertimos que el gobierno federal asigna de manera arbitraria la publicidad de sus dependencias destinada a ser difundida por los medios de comunicación. En ocasiones, la utiliza como mecanismo para premiarlos o castigarlos de acuerdo con su línea editorial”, argumentó el director de la revista ante la CNDH. Esa circunstancia “fue particularmente grave durante el gobierno de Vicente Fox, que restringió a su arbitrio la publicidad destinada a las páginas de la revista, conforme le molestaba a él y a sus colaboradores la información que difundíamos”. Y en el caso de su sucesor, “la situación empeoró” y “prácticamente la publicidad del gobierno federal en Proceso se redujo a cero”. Continuó: “La asignación discriminatoria de publicidad puede tener la intención de limitar o afectar el derecho a la libertad de expresión, además de que puede ser considerada como un medio indirecto de presión o censura en contra de la línea crítica que maneja la revista Proceso, circunstancia que contraviene el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la información”, afirmó Rodríguez Castañeda en el documento entregado a la CNDH. Entre otros, esos fueron los mismos argumentos utilizados por la Primera Sala de la SCJN para amparar a la organización no gubernamental Artículo 19 –dedicada a la defensa de la libertad de expresión– que promovió el amparo contra la omisión del Congreso para regular la publicidad oficial. Apoyo de la CNDH En agosto de 2012, tres años después de que recibiera la queja, la CNDH le dio la razón a este semanario. En su recomendación 35/2012 se estableció que el gobierno de Calderón censuró y castigó a la revista por su línea editorial, al excluirla de manera arbitraria de la publicidad oficial, con el propósito de causarle daño económico (Proceso 1873). La recomendación fue dirigida al entonces secretario de Gobernación, Alejandro Poiré, como responsable de emitir los criterios para la asignación de la publicidad gubernamental. La CNDH señaló que al investigar la queja del semanario se hicieron “evidentes las violaciones a los derechos humanos, a la legalidad, a la seguridad jurídica, así como a la libertad de expresión e información” cometidas por el gobierno calderonista contra el semanario. Para instruir la queja, la CNDH tomo una muestra de siete dependencias federales, paraestatales y organismos de la administración pública federal que explicaron la manera en que contrataron espacios en los medios de comunicación. El organismo también hizo análisis comparativos de lo que gastó Calderón para anunciar a su gobierno en diferentes revistas. Aseguró que esa administración le dio una cantidad de publicidad muy por encima de la asignada a Proceso a otros medios con un perfil muy similar. Incluso mencionó los casos de las revistas Cambio, de la familia Maccise, del Estado de México, y Vértigo, de TV Azteca, de Ricardo Salinas Pliego, de mucho menor tiraje y cobertura. Su conclusión fue contundente: el gobierno de Calderón usó la publicidad oficial para premiar o castigar, fue discrecional y transgredió derechos humanos. Al igual que ahora la Suprema Corte sentenció contra la “omisión legislativa”, la CNDH encontró entonces que la Secretaría de Gobernación, como responsable de la publicidad del gobierno federal, fue “omisa en contemplar criterios objetivos, claros y transparentes en (los) que las dependencias puedan fundar y motivar la elección de contratación de medios publicitarios”. Abundó: “Sin justificación legal o motivación alguna, se deja a la discrecionalidad de los servidores públicos de cada dependencia gubernamental… realizar contrataciones con los respectivos medios de comunicación, sin que se señale, en un solo supuesto, que la adquisición de publicidad obedezca a parámetros objetivos como tiraje, costos de la publicidad, oportunidad de su distribución o distribución geográfica en el territorio nacional”. La consecuencia fue que durante ese sexenio las distintas entidades del gobierno federal no aplicaron “criterios objetivos e imparciales” para garantizar “la igualdad de oportunidades entre los diversos medios que buscan contratar publicidad oficial”. El organismo le pidió a la Secretaría de Gobernación que en el ejercicio fiscal de 2013 emitiera “lineamientos claros y criterios objetivos, imparciales y transparentes” para el otorgamiento de la publicidad oficial. Lo que no ocurrió. Tampoco ocurrió en el gobierno de Enrique Peña Nieto, a pesar de que como candidato del PRI prometió regular el tema apenas llegara a la Presidencia. Incluso ofreció crear un organismo ciudadano, autónomo, para auditar y seguir la contratación de la publicidad oficial en los medios. Peña Nieto no sólo incumplió, sino que incluso concentró aún más las decisiones del otorgamiento de la publicidad oficial. En su primera definición gubernamental sobre el tema emitió el Acuerdo 2013, en el que además de Gobernación dejó en la Oficina de la Presidencia de la República la decisión de autorizar o rechazar los planes publicitarios de las dependencias y entidades federales (Proceso 1918). El Acuerdo facultó a la Presidencia para autorizar los contenidos publicitarios, propagandísticos y de difusión a través de la Coordinación de Estrategia y Mensaje Gubernamental. En su sentencia, la Primera Sala de la SCJN estableció que ese y otros acuerdos emitidos por el gobierno de Peña Nieto mantuvieron la inconstitucionalidad de que la publicidad oficial se siga utilizando a capricho de la administración federal. Este texto se publicó el 19 de noviembre de 2017 en la edición 2142 de la revista Proceso.

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