Suprema Corte niega amparo a América Móvil por servicios de interconexión

jueves, 22 de febrero de 2018 · 16:33
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el gigante de la telefonía América Móvil deberá prestar “todos los servicios de interconexión” a sus rivales más pequeños, al resolver en contra del amparo interpuesto por la compañía de Carlos Slim. En el fallo emitido el 21 de febrero por la Primera Sala del máximo tribunal, se determinó que los artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión cuestionados por América Móvil no violan ni restringen los derechos de la compañía. Los ministros también señalaron que “hay determinadas obligaciones que se imponen al agente económico preponderante, las cuales se extinguirán una vez que existan condiciones de competencia efectiva en el mercado del que se trate”. A propuesta del ministro José Ramón Cossío, se determinó que el artículo 127 de esta ley no viola el derecho de legalidad ni de certeza ni de seguridad jurídicas, pues establece de forma clara y precisa cuáles son los servicios de interconexión. Respecto del artículo 133 impugnado por América Móvil, la Corte determinó que la obligación impuesta al agente económico preponderante o con poder sustancial no viola derechos adquiridos ni suspende ni restringe derechos, prerrogativas y libertades. En síntesis, la Corte negó el amparo y reservó jurisdicción al Tribunal Colegiado de Circuito para que analice argumentos de legalidad.

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