Excarcelan al periodista Miguel Ángel Villarino en Campeche

sábado, 5 de mayo de 2018 · 22:28
CAMPECHE, Cam., (proceso.com.mx).- Por orden de un juez federal, la juez de control Miriam Guadalupe Collí Rodríguez excarceló hoy al periodista Miguel Ángel Villarino Arnábar -agudo crítico del régimen del gobernador Alejandro Moreno Cárdenas-, a quien mantuvo en prisión preventiva durante 58 días por un litigio de índole familiar. Villarino Arnábar, considerado por los campechanos como uno de los presos de conciencia del actual gobierno estatal, fue detenido dos veces el pasado 8 de marzo acusado por su exesposa Ana del Carmen del Río Lastra de los delitos de incumplimiento en la obligación alimentaria y de la sustracción de su hijo, que fueron asentados en dos carpetas judiciales diferentes para forzar su encarcelamiento. La demandante es sobrina del secretario de gobierno, Carlos Miguel Aysa González. Ayer el juez Primero de Distrito con sede en el estado de Campeche, Esteban Daniel Chi Flores, amparó a Villarino Arnábar contra la medida cautelar de prisión preventiva que le impuso Collí Rodríguez, juez Cuarto de Control del Sistema de Justicia Penal Acusatorio del Primer Distrito Judicial del Estado de Campeche el pasado 13 de marzo por todo el tiempo que durara el proceso penal al que lo sujetó por el delito de sustracción de menor. En su sentencia, el juez federal señala a la jueza estatal que “en el sistema de justicia penal acusatorio, cuando no se trata de alguno de los delitos para los que específicamente se definió como medida cautelar oficiosa la prisión preventiva, los gobernados tienen la prerrogativa de enfrentar en libertad el proceso penal instaurado en su contra”. Añadió que, por lo anterior, “únicamente, de manera excepcional podrá decretarse dicha medida cautelar siempre y cuando la imputación verse sobre un hecho ilícito sancionado con pena privativa de la libertad y existan datos que revelen que las otras medidas cautelares menos gravosas no serían efectivas para garantizar la comparecencia del imputado en el enjuiciamiento, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad”. O, “como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso, pues sólo así se respeta el derecho de presunción de inocencia como regla de trato procesal, cuya esencia radica en que la persona sea tratada como inocente en tanto no haya sido declarada su culpabilidad mediante sentencia judicial y se le haya seguido un proceso respetuoso de sus garantías”. Le recordó también que “siempre debe optarse” por aquella medida cautelar “que sea lo menos lesiva para la esfera jurídica de los particulares” y le enlistó los catorce tipos de medidas cautelares que, en su artículo 155, ofrece el Código Nacional de Procedimientos Penales con la acotación de que éstas “no podrán ser usadas como medio para obtener un reconocimiento de culpabilidad o como sanción penal anticipada”. Asimismo, el juez de Distrito reconoció que Collí Rodríguez “violentó los derechos fundamentales de proporcionalidad en la aplicación de la medida cautelar” que impuso a Villarino Arnábar, pues “es obligación de la juez de control dilucidar” si las causas penales que se siguen al periodista, incumplimiento de la obligación alimentaria y sustracción de menores, “eran susceptibles de ser acumuladas o en su caso existía la conexidad entre ambas, lo que de suyo quebrantó el derecho fundamental de la legalidad”. En ese sentido, agregó que “si ese fuera el caso (acumulación o conexidad) no se le debió dictar la referida medida cautelar lesiva”. Señaló que de igual manera “se advierte que no existe razón a la autoridad responsable, a más que no existen datos de prueba dentro de la carpeta judicial 216/17-2018-JC, para estimar que en caso de imponer al imputado alguna medida cautelar distinta a la prisión preventiva, se estaría poniendo en peligro la seguridad del menor y su familia”. Y le ordenó, con efecto inmediato, sustituir la medida cautelar. En acatamiento de la orden del juez federal, Collí Rodríguez programó para hoy la audiencia para levantarle a Villarino Arnábar la medida cautelar de prisión preventiva y la sustituyó otras que le impiden al periodista acerarse o comunicarse con la contraparte en el litigio y sus testigos, así como evitar asistir a sitios donde estos concurran. Aunque el representante legal de la demandante solicitó a la juez le impusiera al periodista escribir sobre ella y el resto de los actores involucrados en el caso, su petición le fue denegada. Tras su liberación, Villarino Arnábar, quien ha sido etiquetado como “enemigo de Campeche” por sus críticas al gobierno, dijo que aunque la juzgadora corrigió la “medida desproporcionada” que le había impuesto “por razones que sólo ella y Alito (el gobernador) entienden”, su caso no ha terminado. Explicó que aún tiene que enfrentar un proceso para recuperar a su hijo, “donde me estoy encontrando con dificultades, como por ejemplo que la fiscalía esta dificultando la entrada de testigos y otras cosas, esto todavía va para largo, pero hoy se ha dado un salto, hoy tengo mi libertad después de dos meses y ahora a enfrentar lo que viene”. También denunció que con respecto a él está pendiente otro caso, el de las amenazas de muerte y vejaciones que sufrió en la prisión el pasado 4 de abril por parte de un custodio que hizo pasar por “sicario veracruzano” y le ordenó que dejara de escribir “pendejadas”. Recordó que en su momento hizo públicas esas amenazas y aunque solicitó por la via institucional la presencia de algún representante de la Fiscalía General del Estado para que le tomara su denuncia en el penal, “la fiscalía no fue, no hizo ningún intento por tomar mi denuncia, fue mi abogado Edwin Trejo quien la presentó y hasta ayer la fiscalía se presentó a ratificarla”. Destacó que en este caso “ya me estoy enfrentando con dificultades también ahí porque resulta que al solicitar las grabaciones de las cámaras de seguridad para probar que el guardia ingresó a mi celda en horas en que no debía haberlo hecho, resulta que la única cámara que no sirve en el penal desde hace seis meses es precisamente la que apunta a mi celda, entonces empezamos a tener problemas ya también en la denuncia por amenazas de muerte”. Finalmente señaló que “queda también una asignatura pendiente para todos: lo que sucede en el penal, lo que viví es una de las experiencias más ilustrativas, más enriquecedoras de mi vida, porque ahí en el penal hay personas que no deberían estar, hay gente que tiene tres años, cuatro, cinco años, nueve años, diez años sujetas a proceso sin que la fiscalía pueda probar su culpabilidad y sin que los jueces los dejen ir”. “Hay un concubinato entre ministerio público y jueces y en algunos casos abogados defensores”, expresó, y acusó: “en el penal la mayoría de la gente ha tenido que pasar por tres, cuatro y cinco abogados porque van, les cobran dos o tres veces y luego desaparecen sin dejar ningún rastro”. Reiteró a la sociedad que “esto es una asignatura que nos corresponde a todos. La impartición de justicia en Campeche está podrida. Y todos estamos en riesgo”. “Si a mí me pudieron inventar una carpeta para meterme al tanque dos meses -y de no ser por la colaboración de los amigos de la prensa, de los mecanismos de derechos civiles y de muchos amigos pude lograr esto-, imagínense los que están ahí dentro la mayoría pobres e ignorantes que no conocen sus derechos y son aplastados por el aparato de justicia con j minúscula. Esto le corresponde a todos, Campeche está muy mal”.

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