Ejidatarios ganan un amparo definitivo contra un confinamiento de desechos tóxicos en SLP

lunes, 9 de julio de 2018 · 19:49
SAN LUIS POTOSÍ, SLP, (apro).- El Juzgado Cuarto de Distrito con sede en esta ciudad concedió un amparo definitivo a los ejidatarios del municipio de Santo Domingo y localidades vecinas en contra de la construcción del confinamiento de desechos tóxicos en el rancho Palula, por las irregularidades en el proceso de aprobación del cambio de uso de suelo y la autorización en materia ambiental. Se trata de un emblemático triunfo del Comité por la Defensa de la Vida y el Territorio --conformado por campesinos y ejidatarios del Altiplano Potosino–, pobladores del pueblo Wixárika, la Pastoral Social de la Iglesia, científicos, académicos y abogados de la Clínica de Litigio Estratégico de la Universidad Autónoma de San Luis (UASLP), El Colegio de San Luis y el Centro de Derechos Humanos Samuel Ruiz AC. “La organización social fue determinante”, aseguró el investigador Guillermo Luévano Bustamante, abogado y doctor en Ciencias Sociales, quien a través de la Clínica de Litigio Estratégico de la UASLP participó en la batalla legal que dio como resultado este primer amparo, de dos que se interpusieron en contra de la operación del confinamiento. El proyecto, denominado Centro Tecnológico para el Manejo Integral de Materiales Provenientes de Actividades Industriales y Procesos Extractivos (Cetemim), fue impulsado por el Centro de Ingeniería y Tecnología Sustentable (Citsu), cuyo principal accionista es el poderoso empresario minero José Cerrillo Chowell, también propietario de una gran extensión de Palula, rancho ubicado a unos 300 kilómetros de la capital potosina. Entre los socios de Citsu aparecen también tres integrantes del gabinete del gobernador Fernando Silva Nieto (1997-2003): David Atisha Castillo, secretario de Ecología y Gestión Ambiental; Olegario Garza Grande, contralor general, y Fausto Cervantes Elizondo, titular de la Junta Estatal de Caminos. En junio de 2015, los empresarios y exfuncionarios recibieron el visto bueno de la Dirección General de Impacto Ambiental (DGIRA), perteneciente a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), a pesar de las anomalías contenidas en la respectiva Manifestación de Impacto Ambiental (MIA), que entre otros puntos ubicó territorialmente el confinamiento en San Luis Potosí, cuando en realidad la zona se localiza dentro de Zacatecas. Para dicha aprobación se exhibió un acta del ayuntamiento de Santo Domingo –municipio del Altiplano Potosino-- con fecha 3 de septiembre de 2012, con la supuesta firma de aprobación del pleno. Sin embargo, cuatro exregidores denunciaron ante la Fiscalía estatal que sus firmas fueron falsificadas y, por tanto, el acta es apócrifa. A tres años de la autorización, el amparo resuelto por el Juzgado Cuarto de Distrito protege los derechos humanos, ambientales y sociales de los habitantes de la región. Este amparo definitivo fue precedido de la suspensión --por parte de ese Juzgado y el Segundo de Distrito-- de la construcción del confinamiento, “por lo que fue un gran logro también que este territorio no fue tocado”, resaltó Daniel Jacobo Marín, profesor y abogado del programa Agua y Sociedad de El Colegio de San Luis. No obstante, lamentó la lentitud de la Fiscalía estatal para proceder en el caso de la denuncia penal interpuesta por los exregidores. “Es evidente que hay una presión política, aquí el caso no ha avanzado”, detalló. Aunque la empresa promotora todavía puede interponer un recurso de revisión de este amparo ante un Tribunal Colegiado, Jacobo Marín resaltó lo contundente de la resolución del juez de Distrito al evidenciar los actos ilegales que dieron pie a los permisos otorgados al confinamiento, mismos que quedan sin efecto. El confinamiento de grandes proporciones estaba destinado a recibir los desechos de más de 3 mil industrias del centro del país en una extensión de 20 hectáreas, según se publicó en la edición 2071 de la revista Proceso.

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