El TEPJF rechaza que haya solicitado un informe sobre la impugnación de Morena al triunfo de Marta Erika Alonso en Puebla

lunes, 23 de julio de 2018 · 12:36
CIUDAD DE MEXICO (apro).- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) precisó que no se ha realizado la “atracción” de la impugnación de Morena sobre el triunfo electoral de Martha Erika Alonso Hidalgo como gobernadora electa de Puebla. Ayer fue difundida la información sobre que TEPJF había ordenado al Instituto Electoral del Estado y al Tribunal Electoral del Estado de Puebla que le turnaran un informe sobre la impugnación que presentó el excandidato de la coalición Juntos Haremos Historia, Luis Miguel Barbosa Huerta, sobre la validez y la entrega de constancia de mayoría de la elección por la gubernatura de Puebla. Hoy, a través de un comunicado, se informó que el sábado por la noche a través del portal del TEPJF se recibió en la oficialía de partes de la Sala Superior del Tribunal un escrito firmado por el representante de Morena. Dicho escrito es para solicitar la intervención del TEPJF para que pida al Instituto Electoral del Estado de Puebla que remita al Tribunal electoral local “el recurso de inconformidad interpuesto contra la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría de la elección de gobernador de dicho estado, en virtud de la omisión de ambas autoridades locales de tramitar el referido recurso”. El TEPJF explicó el procedimiento que sigue tras la presentación del escrito en la Sala Superior: “si en el mismo documento se precisa la conducta que se estima contraria a derecho y se indica la autoridad a quien se le atribuye el acto u omisión reclamado, en el mismo acuerdo mediante el cual se turna el asunto a alguna magistrada o magistrado se efectúa un requerimiento a dicha autoridad”. Lo anterior, para que se proceda a realizar el trámite que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral ordena una vez que una demanda es presentada (dar a conocer la impugnación en sus estrados —para que comparezcan quienes puedan tener un interés opuesto al que se pretende con la demanda—, elaborar un informe circunstanciado sobre los señalamientos que se le hagan a la autoridad y remitir la información que tenga en su poder y que sea relevante para resolver la impugnación). El boletín agrega que una vez que sea desahogado el requerimiento efectuado, “la ponencia a quien fue turnado el expediente, la de la magistrada presidenta Janine M. Otálora Malassis, propondrá al pleno de la Sala Superior la resolución que corresponda a la petición efectuada por el partido político Morena, relacionada con una supuesta dilación en la tramitación del recurso local, que le corresponde conocer y resolver al tribunal electoral de la mencionada entidad federativa”.

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