El INE formaliza pérdida de registro de Nueva Alianza y Encuentro Social

lunes, 3 de septiembre de 2018 · 14:48
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- En sesión extraordinaria, la Junta General Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió este lunes la declaratoria de pérdida de registro de los partidos Nueva Alianza y Encuentro Social, consecuencia de no haber alcanzado el umbral mínimo de 3% requerido por la ley en ninguna de las elecciones federales del primero de julio. “Las cifras son claras: en ninguna de las elecciones -de Presidente de la República, de diputados de mayoría relativa, diputados de representación proporcional, senadores de mayoría relativa, senadores de representación proporcional- el Partido Encuentro Social y el Partido Nueva Alianza alcanzaron el tres por ciento de la votación y, por lo tanto, se activa el supuesto establecido en el artículo 44 y 48 de la LEGIPE, así como, el 94 de la Ley General de Partidos Políticos”, advirtió el presidente del INE, Lorenzo Córdova. De acuerdo con los cómputos nacional y distritales de la pasada jornada electoral, Nueva alianza alcanzó apenas el 1.02% de los votos en la contienda presidencial; 2.41 en senadurías de mayoría relativa; 2.40 en senadurías de representación proporcional; 2.58 en diputaciones de mayoría relativa y 2.57 en diputaciones de representación proporcional. Por su parte, Encuentro Social solo consiguió el 2.78% en la elección presidencial; 2.44 en senadurías de mayoría relativa; 2.43 en senadurías de representación proporcional; 2.51 en diputaciones de mayoría relativa y 2.50 en diputaciones de representación proporcional. Con la elaboración de la declaratoria de pérdida de su registro, tanto el PES como el Panal fueron emplazados a presentar elementos en su defensa, según lo dispuesto por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), mismos que serán presentados ante Junta General Ejecutiva y presentados el viernes 7 al Consejo General del INE para su resolución final. Y aunque admitió que la decisión del INE podrá ser impugnada ante el TEPJF, Córdova sentenció: “No hay margen de interpretación para lo que dice la ley.

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