Congreso de Colima inhabilita 14 años a exgobernador Anguiano por desvío de recursos públicos

jueves, 27 de septiembre de 2018 · 22:35
COLIMA, Col. (apro).- A tres días de que concluya sus funciones la LVIII Legislatura, el Congreso del Estado inhabilitó al exgobernador, Mario Anguiano Moreno, para ocupar cargos públicos por un periodo de 14 años y lo sancionó con la devolución de 515 millones 174 mil 928 pesos por distraer recursos públicos de los fines a los que estaban destinados. En sesión extraordinaria realizada la tarde de este jueves, fue aprobado por mayoría el dictamen presentado por la Comisión de Responsabilidades del Congreso, que desde mediados de 2016 inició un juicio político del que no se había presentado la resolución. También fueron sancionados Rafael Gutiérrez Villalobos, secretario general de Gobierno en la administración de Anguiano, y Blanca Isabel Ávalos Fernández, secretaria de Finanzas en ese gobierno. Ambos fueron inhabilitados por cinco y cuatro años, respectivamente, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público municipal y estatal. El juicio político se derivó de un proceso de revisión excepcional al Poder Ejecutivo, relacionado con empréstitos autorizados en el Decreto 565 del 21 de septiembre de 2015. La sanción al exmandatario fue por presentar información falsa al Congreso del Estado en su iniciativa del 10 de septiembre de 2015, en la que solicitó reconocimiento de deuda, por adquirir deuda pública para sufragar necesidades temporales del gasto corriente. El dictamen a favor de las sanciones para los exservidores públicos señala que el Decreto 565 del 20 de septiembre de 2015, en su artículo primero autorizó al Poder Ejecutivo refinanciar pasivos de corto plazo, destinados a inversión pública productiva, hasta por un monto de 638 millones de pesos. El documento, leído en la tribuna por varios diputados de las comisiones de Responsabilidades y de Hacienda, destacó que los artículos 134 y 117 de la Constitución Mexicana establecen que los estados y municipios podrán contraer empréstitos sólo si se destinan a inversiones públicas productivas y a su refinanciamiento o reestructura y en ningún caso podrán destinar empréstitos para cubrir gasto corriente. Además, el artículo 7 de la Ley de Deuda Pública del Estado de Colima, señala que los recursos obtenidos mediante obligaciones de deuda pública se destinarán a inversión pública productiva y a la reestructura y refinanciamiento de deuda pública que se hubiera adquirido para aplicarse a inversión pública. La sanción económica por 515 millones 174 mil 928 pesos a Mario Anguiano se desprende de un traspaso a Banorte por 125 millones 174 mil 928 pesos, del que no se acreditaron pagos por concepto de infraestructura pública productiva, como se precisó en el Decreto 565. Otro concepto de pago fue a cubrir el saldo de un crédito de HSBC por 190 millones de pesos, cuya cantidad fue destinada para cubrir diferentes conceptos, de los que ninguno corresponde a infraestructura pública productiva. También se cubrió el saldo de un crédito de BBVA Bancomer por 200 millones de pesos, destinados para cubrir el reembolso de fondos federales, pago de capital de préstamos, pago de intereses, préstamos a municipios, gasto a cuenta corriente, compra de bienes muebles, participación a municipios y organismos de gobierno. El dictamen de la Comisión de Responsabilidades aclara que los recursos no fueron sustraídos ni se causó un menoscabo a los caudales públicos pues, aunque se utilizaron para la operatividad del gobierno del Estado, hubo aplicaciones para fines distintos a los autorizados. Ante ello, la Comisión de Responsabilidades propuso imponer la sanción resarcitoria para Anguiano Moreno, al haberse demostrado la distracción de recursos públicos de los fines a que estaban destinados. “No podemos pasar por alto que la responsabilidad del control, vigilancia y manejo de los recursos públicos estatales, recae directamente en el representante Constitucional del Estado, como máxima autoridad ejecutiva estatal”, se argumentó en el dictamen.

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