Hallan contradicciones de ministeriales de Guanajuato sobre una lesión al "Comandante Emilio"

viernes, 30 de noviembre de 2018 · 17:24
GUANAJUATO, Gto. (apro).- Agentes de la Policía Ministerial del estado incurrieron en contradicciones sobre una lesión consignada por un médico que revisó al chileno Raúl Julio Escobar Poblete, Comandante Emilio, cuando fue detenido por una acusación de secuestro, el 30 de mayo de 2017, de acuerdo con un expediente de la Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PDHEG). Aunque se emitió una recomendación por parte del organismo dirigida al procurador de Justicia Carlos Zamarripa, la dependencia únicamente acredita la certificación de un hematoma o moretón localizado en un costado del torso de Escobar, bajo las costillas, dato que apareció en uno de los certificados médicos de las varias revisiones que se le practicaron al chileno después de su detención, y que fue negado por los agentes ministeriales que se encargaron del arresto. El chileno se encuentra sujeto a un proceso de extradición concedida por un juez federal para ser entregado a las autoridades de Chile, mientras permanece en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) de Ocampo, a disposición de un juez de oralidad penal como presunto responsable de cometer un secuestro en San Miguel de Allende. Escobar Poblete –o Ramón Alberto Guerra Valencia, como se hacía llamar en San Miguel de Allende-- pidió, pocos días después de su captura, la intervención de la Procuraduría de los Derechos Humanos, pues alegó haber sido torturado y haber recibido amenazas dirigidas a él y a su familia por parte de agentes ministeriales, durante su detención y su posterior traslado a la fiscalía antisecuestros en la capital. Apro tuvo acceso al Acuerdo de Recomendación y No Recomendación de la PDHEG sobre la queja presentada por Escobar, en el expediente 174/17-A, a partir de sus declaraciones de que había sido golpeado “en el pecho, cabeza y espalda” en los trayectos a la Subprocuraduría en San Miguel de Allende y posteriormente a la sede de la Procuraduría de Justicia en la capital del estado, donde se encuentra la Fiscalía especializada en secuestros. Personal de la PDHEG entrevistó a Raúl Julio Escobar o Ramón Alberto Guerra Valencia en dos ocasiones dentro del Cefereso 12 en Ocampo, la primera el 10 de agosto y la segunda el 20 de septiembre, ambas en 2017. En estas entrevistas, Escobar dijo haber sido detenido el 30 de mayo por elementos de la Policía Municipal en San Miguel de Allende y llevado al edificio de la corporación, aproximadamente a las 11:30; posteriormente fue trasladado a la Subprocuraduría de Justicia en esa ciudad, donde declaró ante un Ministerio Público, y cerca de las 5 de la tarde varios agentes ministeriales lo esposaron, le dijeron que pertenecían a la región Guanajuato y lo subieron a una camioneta Titán doble cabina, que tomó carretera seguida de un vehículo similar y un auto compacto, todos los cuales se enfilaron hacia un camino de terracería y avanzaron hasta un punto en despoblado. Según esta declaración, ahí lo bajaron y le preguntaron dónde estaba la persona secuestrada, y cuando negó saber de qué le hablaban, “me empezaron a amenazar, diciéndome que iban a violar a mi familia y a matar, también que me iban a dar toques eléctricos para que hablara; como no conseguían las respuestas que querían escuchar, porque como dije yo no sé nada de lo que me preguntaban, me empezaron a golpear en el pecho, en la cabeza y en la espalda con objetos duros que traían como goma o plástico en sus extremos, lo que me ocasionaba dolor, sobre todo en el centro del pecho; estando en ese lugar despoblado aproximadamente una hora, después me subieron a la camioneta y nos trasladamos a Guanajuato…”. Posteriormente, al ser ingresado al penal de Valle de Santiago, Escobar refirió al médico los presuntos golpes y pidió que le tomaran una radiografía, misma que fue solicitada por la PDHEG al centro penitenciario. El 28 de agosto el organismo recibió el oficio 2891/2017 suscrito por los agentes José Rafael Padilla Téllez, Luis Guillermo Ramírez García Lobato, Luis Antonio García Pérez, Alejandro Gómez Hernández, Gonzalo Noé Ramírez Quiroz, Juan Carlos García Patlán y Juan Aguirre Casas, quienes rindieron un informe oficial sobre la detención de Escobar Poblete. Los agentes negaron que éste hubiera sido llevado a las instalaciones de la Policía Municipal. Indicaron que acudieron a petición de policías municipales a un punto de una vialidad de San Miguel, donde fueron informados de que un taxista les había solicitado apoyo porque presuntamente era seguido por Escobar en una camioneta, por lo que lo llevaron directamente a la Subprocuraduría de Justicia y de ahí a Guanajuato. "Pues lo cierto es que, al tratarse de un asunto de secuestro, el ahora quejoso tuvo que ser trasladado a las oficinas del Ministerio Público de la Unidad Especializada en Combate al Secuestro, que se ubican en la ciudad de Guanajuato”, por parte de los mismos agentes, “sin que en ningún momento se le haya agredido de forma alguna durante dicho traslado, ya que incluso se le realizó un examen de integridad física, en el que se corroboró que el C. Ramón Alberto Guerra Valencia (nombre en México de Raúl Julio Escobar) no presentaba ninguna lesión como supuestamente refiere”. En este oficio, los agentes también negaron que hubieran retenido a Escobar en un camino de terracería. Pero en esta resolución se incluyen también informes médicos, uno de los cuales, practicado en el Cereso de Valle de Santiago –donde inicialmente fue ingresado el chileno-- con fecha 1 de junio de 2017 (al día siguiente de su detención), refiere que “presenta hematoma de 2 cm en lado hipocondrio derecho (costado del torso); desconoce motivo de causa que lo produjo, resto de la exploración física sin golpes o lesiones…”. Otro certificado del mismo médico legista --Raúl Gallardo Pérez--, fechado el 20 de junio, señala: “Masculino el cual no presenta golpes ni heridas recientes, sólo refiere traumatismo en tórax anterior…sin lesiones visibles”. Un tercer certificado del mismo 20 de junio fue presentado, pero éste firmado por otro médico, Jaime Alejandro Jiménez Núñez, indica: “Masculino de 54 años de edad, sin APP o APF de importancia, el cual a la exploración física no presenta ningún tipo de sintomatología, no presenta lesiones en su integridad corporal”. Además, las autoridades del centro penitenciario entregaron una tarjeta informativa sobre la radiografía que le fue tomada a Escobar (no la radiografía), en la que se ratifica que no hay lesiones evidentes. De las pruebas analizadas, la PDHEG concluyó que hubo una alteración en la salud del quejoso, puesto que se certificó la existencia de un hematoma en el costado derecho del torso, “de tal manera que dicha probanza se relaciona con lo manifestado por el inconforme en el sentido de que fueron los elementos de policía ministerial que realizaron su traslado a la ciudad de Guanajuato, Guanajuato, quienes lo lesionaron golpeándolo en distintas partes del cuerpo, entre ellas su pecho, luego, su dicho se encuentra robustecido por el certificado médico en comento, y resulta suficiente para tener acreditada la violación a su integridad y seguridad personal que le atribuye a los agentes de policía ministerial”, señala el acuerdo. Añade: “Asimismo, no pasa por inadvertido que los agentes de policía ministerial en su informe negaron los hechos imputados, e incluso manifestaron que se le había practicado al inconforme un dictamen de integridad física en el que se advertía que el quejoso no contaba con ninguna lesión”, lo que para la PDHEG contribuye a validar lo señalado por Escobar, puesto que en realidad sí presentó una lesión que fue certificada por un médico a su ingreso al Cereso de Valle de Santiago. “Resulta ilógico que si no contaba con ninguna lesión como lo afirman los agentes de policía ministerial en su informe, al día siguiente (de su detención), es decir, el 1 de junio de 2017, al ingresar al Centro de reclusión, presentara la lesión descrita, sin que los servidores públicos den una razón o un motivo razonable sobre el origen de dicha lesión”, lo que debieron haber reportado en sus informes y en el oficio que entregaron al propio organismo. Por ello, la PDHEG concluyó que “se acreditó la violación al derecho a la integridad y seguridad personal del inconforme, motivo por el cual el organismo considera oportuno emitir juicio de reproche al respecto”. Esta fue la única lesión acreditada en los certificados médicos. En lo que respecta a las amenazas referidas por Raúl Julio Escobar por parte de los agentes de la Procuraduría de Justicia, la PDHEG no encontró pruebas para comprobarlas. Dice el acuerdo: “Su dicho se encontró aislado sin que encuentre sustento con alguna otra prueba que permita a este organismo estar en posibilidades de acreditar las amenazas de las que se duele”. La recomendación remitida al procurador Carlos Zamarripa consistió en solicitarle que iniciara un procedimiento disciplinario en contra de los agentes, y finalmente el procurador Raúl Montero de Alba resolvió emitir un acuerdo de no recomendación por lo que se refiere a las amenazas. Se solicitó a la Procuraduría de Justicia información sobre este caso, pero no hubo respuesta.

Comentarios