Estado mexicano 'intencionalmente” responsable en caso Alvarado: CoIDH

viernes, 21 de diciembre de 2018 · 18:26
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) encontró  “intencionalmente” responsable al Estado mexicano de la desaparición forzada de Nitza Paola, José Ángel y Rocío Alvarado durante la implementación del Operativo Conjunto Chihuahua realizado en el Ejido Benito Juárez el 29 de diciembre de 2009. En dicho operativo, señala la resolución, participaron directamente las fuerzas armadas en labores de seguridad. En tanto, organizaciones que representan a las familias de Nitza Paola, José Ángel y Rocío Irene Alvarado, desaparecidos a manos de miembros de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en diciembre de 2009, exigieron a Andrés Manuel López Obrador “cumplir con su compromiso de respetar los derechos humanos” así como al Congreso de la Unión a “no adoptar una reforma constitucional que sea contraria a los estándares establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de seguridad ciudadana”. Luego de que en la  víspera la CoIDH notificara a las partes e hiciera pública la sentencia condenatoria para México por la desaparición forzada de los primos Alvarado, en el contexto de la “guerra contra el crimen organizado”, el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres, el Centro de Derechos Humanos Paso del Norte, Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos y Mexicanos y Mexicanas en el Exilio, demandaron el cumplimiento íntegro del resolutivo, que hace consideraciones sobre la militarización  de la seguridad pública en México. Para las organizaciones, este caso “evidencia problemáticas estructurales que deben ser abordadas de manea inmediata por el Estado mexicano tanto en materia de desapariciones como de desplazamiento forzado, impunidad crónica y el riesgo que implica seguir insistiendo en un modelo de seguridad militarizada ineficaz”. En la sentencia, los jueces de la Corte retoman pronunciamientos de diversas oficinas y órganos de tratados de derechos humanos de la ONU, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) así como sentencias de la misma CoIDH que instruyen a que los órganos de seguridad pública estén en manos de civiles y no militares. Los jueces del tribunal regional recuerdan que desde 2010 hay una manifiesta preocupación del Comité de Derechos Humanos de la ONU con relación a México “por el creciente número de denuncias de violaciones de derechos humanos a manos de elementos castrenses en los lugares en que se encontraban desplegados para garantizar el orden público, y recomendó que las tareas relacionadas con la seguridad pública y las investigaciones de denuncias de violaciones a los derechos humanos fuesen de competencia exclusiva de autoridades civiles”. Mientras los legisladores mexicanos buscar reformar la Constitución para militarizar la seguridad con la Guardia Nacional, el tribunal interamericano considera en la sentencia de los Alvarado que “como regla general el mantenimiento del orden público interno y la seguridad ciudadana deben estar primariamente reservados a los cuerpos civiles”. Los jueces establecen que en caso de que las Fuerzas Armadas asuman tareas de seguridad debe ser de forma extraordinaria; subordinada y complementaria a las labores de las corporaciones civiles; con actuación regulada con protocolos sobre uso de la fuerza, “bajo los principios de excepcionalidad, proporcionalidad y absoluta necesidad y de acuerdo con la respectiva capacitación en la materia”, y debidamente fiscalizada por órganos civiles independientes. Las organizaciones recordaron que los tres jóvenes fueron detenidos de forma arbitraria por elementos castrenses el 29 de diciembre de 2009, en el ejido Benito Juárez, que pertenece al municipio de Buenaventura, en el contexto del Operativo Conjunto Chihuahua, implementado a partir de marzo de ese año. Nitza Paola y José Ángel fueron detenidos en presencia de su esposa e hija de nueve años, en tanto que el arresto de Rocío fue presenciado por su madre, su hija de dos años y sus dos hermanos, de 11 y 13 años. Inmediatamente, los familiares se movilizaron en su búsqueda en instalaciones militares, de la Procuraduría General de la República (PGR), la entonces procuraduría estatal, los centros de reclusión; presentaron denuncias en todas las instancias, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a comisión estatal en las oficinas del Operativo Conjunto Chihuahua , de manera que se iniciaron unas 12 investigaciones “sin tener resultado sobre el paradero de las víctimas y sobre la identificación, procesamiento y sanción a los responsables”. Entre los elementos violatorios en que incurrió el Estado mexicano, a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, se señala el haber permitido que el caso fuera declinado a favor del fuero militar, lo que es considerado grave por el “acreditado contexto de impunidad en México respecto de este tipo de casos demuestra la falta de fiscalización de dichos operativos con participación militar”. Por si fuera poco, para la Corte hubo un retardo injustificado para realizar las investigaciones, descoordinación de las autoridades y la fragmentación de la investigación. Las organizaciones destacaron que “al igual que sucede con miles de personas en México, las familias hicieron todo lo que pudieron para poder encontrar el paradero de sus seres queridos, lo cual les generó amenazas de muerte, allanamientos a sus casas e intentos de atropellamiento por los cuales tuvieron que desplazarse de manera forzada a diferentes ciudades y estados de la República”, en tanto que varios de ellos se vieron forzados a solicitar asilo en Estados Unidos. Los defensores denunciaron que la exigencia de verdad y justicia, llevó a las víctimas de desaparición y a sus familiares a la criminalización por parte de quien estaba encargado del Operativo Conjunto Chihuahua, Felipe de Jesús Espitia, quien se mantiene intocado pese a varias denuncias por abusos cometidos durante su gestión. La Corte ordenó como medidas de reparación investigar el paradero de los primos Nitza, Rocío y José Ángel Alvarado; investigar y sancionar a los responsables de la desaparición; brindar atención psicológica a sus familiares; realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional en el que estén presentes representantes de la Sedena; publicar la sentencia; atender los daños a los proyectos de vida de los familiares de las víctimas; establecer un registro de desapariciones; capacitar a policías y fuerzas armadas en materia de derechos humanos;  generar condiciones para el retorno o reubicación de las familias que fueron desplazadas de manera forzosa e indemnizar por los daños causados. Para las organizaciones que representan a las familias de los jóvenes Alvarado, “la sentencia del caso es un reconocimiento al amor, valentía y persistencia de las familias de Nitza Paola, José Ángel y Rocío Irene”, es una prueba de que sólo un tribunal imparcial atendió “la voz de las víctimas que de manera reiterada habían afirmado que #FueElEjército”.  

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