Confirman la pérdida de registro del Partido Humanista en la CDMX

jueves, 27 de diciembre de 2018 · 14:27
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la pérdida de registro del Partido Humanista en la capital mexicana por no haber obtenido al menos 3% de la votación válida en las elecciones de Jefatura de Gobierno, diputaciones al Congreso local y alcaldías de la capital, el pasado 1 de julio. La Sala Regional corroboró la sentencia del Tribunal Electoral de la propia Ciudad --que validó la determinación del Instituto Electoral-- al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 286 del año en curso. En ese sentido, consideró inoperantes los agravios en los que el partido refiere que el Tribunal local no fundó las diferencias entre cancelación o pérdida del registro, ya que los mismos no fueron hechos valer en dicha instancia. Aunado a que los argumentos respecto a que el Tribunal local debió hacer un análisis cualitativo y advertir que hubo inequidad en la contienda, resultaron inoperantes, porque además de ser una reiteración de los argumentos en la instancia local, pretende combatir con ello los resultados del proceso local, los cuales se encuentran firmes, puntualizó en un comunicado difundido este jueves. Además, abundó, la pérdida del registro del partido al no haber obtenido el porcentaje de la votación para la conservación de su registro, tiene sustento en las disposiciones normativas aplicables, pues tiene como finalidad medir, a partir de un elemento objetivo, la representatividad con la que cuenta cada partido frente a la ciudadanía. A partir del pasado16 de octubre, una vez aprobada la resolución, el Partido Humanista perdió todos los derechos y prerrogativas que establecen la Constitución Política, la Ley General de Partidos Políticos, el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, y demás normatividad aplicable.
“Con excepción de las prerrogativas públicas correspondientes al resto del ejercicio fiscal 2018, que deberán ser entregadas por el IECM al interventor respectivo, de conformidad con lo establecido por el artículo 389, numeral 2, del Reglamento de Fiscalización", destacó en su momento el órgano electoral.
De igual manera, precisó que el instituto político de la Ciudad de México y las personas que fueron postuladas como sus candidatas en el Proceso Electoral Ordinario Local 2017-2018, deberán cumplir las obligaciones que en materia de fiscalización establecen la Ley General de Partidos Políticos, el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, así como el Reglamento de Fiscalización, hasta la conclusión de los procedimientos respectivos y de la liquidación de su patrimonio.

Comentarios