Decisiones de la Entidad Superior de Auditoría de Morelos podrían ser ilegales

lunes, 14 de enero de 2019 · 20:18
CUERNAVACA, Mor. (apro).– Todas las acciones emprendidas por la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización (ESAF) de Morelos de julio de 2018 a la fecha podrían ser declarados ilegales debido a que en su aplicación participaron funcionarios ya jubilados o pensionados. Entre las acciones que podrían verse comprometidas están las notificaciones, auditorías y procesos de responsabilidad. Los funcionarios que se jubilaron en agosto y septiembre pasado son: César Adrián Mendoza Capetillo (director general jurídico), David Altamirano Uribe (secretario técnico), y Víctor Hugo Vargas Ángeles (auditor especial de la Hacienda Pública Municipal), todos de la ESAF del Congreso de Morelos. Los dos primeros aún permanecen con esos cargos al día de hoy, en tanto que el último de los mencionados renunció apenas el pasado 8 de enero de este año. Los funcionarios siguen en sus cargos pese a que obtuvieron sus decretos de jubilación o pensión y, por lo tanto, están impedidos para seguir en sus cargos. Documentos a los que Apro tuvo acceso muestra que los funcionarios continuaron teniendo voz y voto en todas las sesiones celebradas al interior del Consejo de Dirección de la ESAF, órgano colegiado que conoce de los inicios y términos de Auditorías, Comités de Solventación, Cédulas de Observaciones, Informes de Resultados y Procedimientos Administrativos de Responsabilidad, entre otros. Los decretos de pensión o jubilación de estas personas fueron publicadas en el periódico oficial Tierra y Libertad, en sus ediciones 5620, 5627 y 5637, de fechas 9 y 29 de agosto los dos primeros y 26 de septiembre, todos del 2018, en los que aparecen publicados los decretos números 3277, 3421 y 3259, con los que les concedió pensión por jubilación a César Adrián Mendoza Capetillo y Víctor Hugo Vargas Ángeles, así como pensión por cesantía en edad avanzada a David Altamirano Uribe. Su participación en la toma de decisiones jurídicas viola la ley y dichas acciones podrían ser declaradas infundadas. De acuerdo con el artículo 56 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos: “El pago de la pensión por jubilación y por cesantía en edad avanzada se generará a partir de la fecha en que entre en vigencia el decreto respectivo, si el pensionado se encuentra en activo, a partir de la vigencia del decreto cesarán los efectos de su nombramiento…”. Con ello, cualquier servidor público que se encuentre sometido a procedimientos de auditoría y fiscalización, así como al fincamiento de responsabilidades, podría impugnarlos y ganarlos incluso si existen evidencias de desvíos o sustracción de recursos públicos. Lo anterior sin mencionar todos los amparos que el director general jurídico, César Adrián Mendoza Capetillo, ha contestado o interpuesto a nombre de la ESAF a partir de la fecha de su jubilación, es decir el 9 de agosto de 2018, así como los informes previos y justificados, diligencias, inspecciones y notificaciones practicadas, las cuales resultarían nulas.

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