INAI ordena a Pemex informar sobre fletes pagados a distribuidores de combustible

jueves, 31 de enero de 2019 · 14:15
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a Pemex Transformación Industrial (TI) entregar en versión pública las notas de crédito por fletes pagados o bonificados a los distribuidores de combustóleo en 2017 y 2018. La resolución se emitió a petición de la comisionada, Blanca Lilia Ibarra Cadena, quien precisó que existe un alto interés de la sociedad en conocer todas las operaciones relacionadas con el combate al huachicoleo y contrastar el desempeño de anteriores administraciones para entender la situación actual. Luego de que un particular solicitara, en octubre de 2018, conocer los fletes bonificados o pagados desde el centro embarcador de Pemex a la planta de los anteriormente llamados distribuidores de combustóleo en los años referidos y que debía presentarse desagregada por mes. En respuesta Pemex TI, negó la información, con el pretexto de que esta permitiría a sus competidores contar con datos que dañarían la estrategia comercial de la empresa y perjudicarían su posición competitiva, al ponerla en una situación de desventaja. Pemex TI recordó que compite de manera abierta en el mercado nacional de combustóleo y, por tanto, evitó entregar información confidencial en perjuicio de sus intereses. Ante la negativa, el inconforme interpuso un recurso de revisión que fue tratado en sesión del pleno, donde la comisionada puntualizó  la existencia del documento solicitado, generado a partir del incumplimiento de las obligaciones de Pemex TI, pero que no contiene información de carácter comercial o industrial. Ibarra Cadena aclaró que, para referirse a los fletes bonificados o pagados a los distribuidores compradores de combustóleo, se debe tener en cuenta que el vendedor no entregó el producto en los diversos casos contemplados en los contratos de compraventa de combustóleo o de comercialización, según sea el caso, situación por la cual Pemex TI, se obliga a pagar el monto erogado por el comprador por concepto de gastos por transportación del combustible comprado y no entregado. Además, afirmó que no resulta aplicable la cláusula de confidencialidad para negar el acceso a la información solicitada, puesto que no se vincula con estrategias de comercialización o distribución, ni con métodos de producción o de venta, ni con perfiles de consumidores, clientes o proveedores. Por lo tanto, el pleno del INAI de manera unánime revocó la respuesta de Pemex Transformación Industrial y le instruyó a entregar la versión pública de notas de crédito sobre los fletes bonificados o pagados desde el centro embarcador de Pemex a la planta de los anteriormente llamados distribuidores de combustóleo en los años 2017 y 2018, desagregado por mes al interesado.

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