En la opacidad, millonaria 'donación” de Pemex en Colima

miércoles, 6 de febrero de 2019 · 16:04
COLIMA, COL. (apro).- En los años 2013 y 2014 Petróleos Mexicanos (Pemex) donó al gobierno de esta entidad 130 mil 200 litros de gasolina magna, 118 mil litros de diésel y tres mil 400 toneladas de asfalto, conforme a los acuerdos DCA/4233/2013 y DG/CE/100/2014, por un monto equivalente a 38 millones 510 mil 107 pesos. De acuerdo con una investigación del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental (Osafig), el combustible fue recibido en la Estación de Servicios Pereyra S.A. de C.V. y Servicio Comercial del Centro S.A. de C.V., cuyas socias son Rosa Elena Rodríguez Pérez, Rosa Anaid Gutiérrez Rodríguez y Karla Janette Gutiérrez Rodríguez, esposa e hijas del entonces secretario de Desarrollo Económico y posterior secretario general de Gobierno, Rafael Gutiérrez Villalobos. En su informe, que formó parte de la “Auditoría de Revisión de Situación Excepcional, EXCEPCIÓN/01/2015 al Poder Ejecutivo del Estado de los años 2013, 2014 y al 31 de agosto de 2015”, el Osafig señaló haber detectado en el manejo de los productos donados presuntas irregularidades que no fueron desvirtuadas por el ente auditado, que “no formuló argumentaciones ni presentó documentación suficiente, competente, pertinente y relevante”. Entre las anomalías reportadas por el organismo fiscalizador se encuentran “la falta de un registro contable de las donaciones de diésel y asfalto recibidas por parte de Pemex” y no haber realizado “un procedimiento eficaz, eficiente, económico, imparcial y transparente para la designación de las empresas que custodiaron y suministraron el combustible en nombre del Gobierno del Estado de Colima”. Asimismo, según el Osafig, no hubo control por medio de bitácoras de suministro de combustible para verificar que éste se haya aplicado en vehículos del Gobierno estatal, y aunque a Pemex se le informó que fue destinado a automotores de las Secretarías de Desarrollo Social y Desarrollo Urbano, así como de la Policía Estatal, el Osafig indicó que no hay reportes de consumo en esas dependencias. Otra irregularidad exhibida por el organismo fue la falta de un convenio con las empresas que recibieron la gasolina y el diésel, donde se precisen las condiciones pactadas para la recepción, custodia, suministro, acreditación y costo del servicio de suministro del combustible. Por otra parte, añadió, “no se exhiben pagos efectuados por concepto de flete de 3 mil 400 toneladas de asfalto” y “no se acredita que el asfalto AC-20 recibido y resguardado por exfuncionarios del Gobierno del Estado se haya aplicado en las obras manifestadas en la comprobación ante Pemex”. El 21 de octubre de 2016, mediante el oficio 742/2016, el titular del Osafig turnó el informe de resultados de la auditoría a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos del Congreso del Estado, con la propuesta de imponer por ese asunto al exgobernador Mario Anguiano Moreno una sanción económica resarcitoria de 38 millones 570 mil 170 pesos y la inhabilitación para ocupar puestos públicos durante 14 años. En el caso de Carlos Arias Guillen, exdirector general de Desarrollo Urbano, fue propuesta una sanción administrativa consistente en inhabilitación para ocupar un puesto público por tres años, misma sanción planteada para Rafael Gutiérrez Villalobos, este último por omitir abstenerse de participar con las empresas gasolineras propiedad de sus familiares en la recepción y custodia de las donaciones efectuadas por Pemex, además de una sanción económica solidaria por siete millones 406 mil 798 pesos por la recepción y custodia de combustible donado sin acreditarse la ejecución de éste por parte del Gobierno del Estado. Poco más de un año después, el 24 de octubre de 2017, el dictamen fue presentado al pleno del Congreso, que declaró concluido el proceso de la auditoría excepcional “con observaciones en materia de responsabilidades”, determinó “las acciones de presunta responsabilidad administrativa de los servidores públicos que incurrieron en los actos u omisiones observados” por el Osafig y aprobó turnar el asunto a la Comisión de Responsabilidades para la instauración del juicio político correspondiente. Exonerado por prescripción Transcurrieron más de nueve meses para que esa comisión, de manera interna, emitiera su resolutivo el 2 de agosto de 2018 mediante el que desestimó los argumentos y pruebas del Osafig y exoneró a los tres exfuncionarios del asunto de los combustibles y el asfalto. Integrada por los entonces diputados panistas Riult Rivera Gutiérrez, Miguel Alejandro García Rivera y Julia Licet Jiménez Angulo, así como los priistas Octavio Tintos Trujillo y Santiago Chávez Chávez, la Comisión de Responsabilidades aceptó que el combustible donado por Pemex fue recibido para su resguardo en las empresas gasolineras de la familia del exfuncionario estatal. Ante la propuesta de inhabilitación a Gutiérrez Villalobos por no haberse abstenido de participar con las empresas familiares en la recepción y custodia del combustible, los legisladores invocaron la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para decidir no analizar ese punto, al determinar que esa sanción ya estaba prescrita antes de llegar al conocimiento de esa Comisión. Posteriormente indicaron que en la solicitud de las donaciones se informó a Pemex la infraestructura en la que se depositarían los productos, “propiedad de dos empresas que al momento contaban con las instalaciones adecuadas a efecto de resguardar y suministrar debidamente los bienes donados”. Sobre el planteamiento de sanción económica, los legisladores señalaron que los recursos donados son de procedencia federal, por lo que el Osafig “no es autoridad competente para fiscalizarlos y mucho menos para proponer sanciones por la utilización de los mismos”. En su resolución, la Comisión de Responsabilidades aseguró que “de las constancias no se desprende que hubieren mal utilizado o usufructuado los bienes, es decir, haber obtenido un lucro con su aprovechamiento, sino que lo que se encuentra documentado debidamente es la forma en que fue utilizado, dejando constancia documental de ello”. En suma, concluyeron los diputados, “no hay sustento en los planteamientos formulados por el Osafig, resultando improcedente la imposición de sanciones propuestas de carácter resarcitoria ni de inhabilitación, ya que no hay evidencias de haber hecho los malos manejos manifestados por la fiscalizadora”. En consecuencia, sin presentar el resolutivo ante el pleno del Congreso ni darlo a conocer públicamente, la comisión legislativa envió al archivo el expediente de responsabilidad administrativa 13/2018.

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