Morena busca evitar designación de notarios como pago de favores políticos en el Edomex

viernes, 15 de marzo de 2019 · 20:24
TOLUCA, Edomex. (apro).- Para evitar que las notarías públicas sean heredadas o regaladas como pago de favores políticos o las designaciones sean producto de actos de corrupción, el grupo parlamentario de Morena propuso reformar la Ley del Notariado del Estado de México. La diputada Mónica Álvarez Nemer, autora de la propuesta, recordó que la entidad se ha visto inmersa en escándalos por nombramientos de fedatarios públicos que han tenido tintes partidistas, políticos y de amiguismo. En 2017, refirió, el entonces gobernador Eruviel Ávila “violó flagrantemente el principio de legalidad”, al no cumplir cabalmente con los requisitos establecidos en el artículo 11 de la Ley del Notariado del Estado de México para el nombramiento de 12 fedatarios, “generando falta de certeza, opacidad e ilegalidad”. La morenista indicó que la función del fedatario público tiene importancia e impacto social, pues fortalece el estado de derecho, facilita la convivencia pacífica de los individuos, interviene en el desarrollo económico de la comunidad y alivia la carga administrativa del Estado al velar por la seguridad jurídica y dar publicidad a los actos que son materia de registro. Por su delicada función, enfatizó, la actividad no se puede confiar a personas que carezcan de las aptitudes idóneas; los notarios, dijo, deben ser personas con conducta intachable, y “es una gran responsabilidad de las autoridades establecer disposiciones normativas para que las personas que ingresan a la función notarial sean las más aptas para cumplir con el mandado”. Morena considera importante robustecer los requisitos y establecer pruebas y exámenes oportunos para garantizar un servicio de excelencia, además de ofrecer a los aspirantes la posibilidad de participar en igualdad de condiciones, en favor de la certeza jurídica. “Flexibilizar o eximir los requisitos para acceder a la función notarial, se traduce en corromper y pervertir el acceso a la misma para atender intereses políticos, por encima de los auténticos intereses sociales que debería marcar la ley, con el único fin de servir; se estaría siguiendo una senda que iría en contra de la seguridad jurídica y patrimonial de los mexiquenses”, destacó. De ser aprobada, en adelante el artículo 11 de la Ley turnada a comisiones determinará que el gobernador otorgará constancia de aspirante a notario sólo a quien sea Licenciado en Derecho con título profesional y cédula expedida por la Dirección General de Profesiones de la SEP, con una antigüedad mínima de 5 años anteriores a la fecha de la solicitud. También serán obligatorias las prácticas ininterrumpidas por un periodo mínimo de un año, bajo la dirección y responsabilidad de un notario del Estado de México, y “la persona que apruebe el examen de oposición no podrá ser designada a la notaría en donde haya prestado sus servicios”. El candidato además deberá acreditar el curso de formación a aspirantes a fedatario que imparte el Colegio de Notarios o alguna institución pública autorizada, estar en pleno ejercicio de sus derechos y no padecer enfermedad que impida el ejercicio de las facultades intelectuales o que sea causa de incapacidad física para el desempeño de la función notarial. De igual manera, tendrá conducta honorable, no debe estar sujeto a proceso penal por delitos graves ni haber sido condenado en sentencia ejecutoriada por delito doloso; y expresará su sometimiento al fallo inapelable del jurado. Conforme al artículo 14, “en las notarías de nueva creación o a las que se encuentren vacantes, en tanto se realiza el nombramiento del titular, el Ejecutivo del Estado podrá nombrar un notario provisional, de entre aquellos que hayan acreditado el examen para aspirante”, pero “tal nombramiento no influirá en la designación del titular de esa notaría”. Además, “el notario provisional de notarías vacantes o de nueva creación, no podrá ser nombrado como titular de la misma, tendrá que ser asignado en otra notaria vacante.” Conforme al artículo 15, cuando una o más notarías se encuentren vacantes, el gobernador emitirá la convocatoria en el periódico oficial “Gaceta de gobierno”, los dos periódicos de mayor circulación en la entidad y en la página web oficial del Gobierno del Estado. El artículo 16 dispondrá que la constancia otorgada por el gobernador para ser aspirante y el nombramiento de notario se registrarán en la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, en el Instituto de la Función Registral, en el archivo, y ante el Colegio. El mandatario estatal también hará la declaratoria de terminación de la función de un notario, y de las suplencias. De igual manera, el Ministerio Público comunicará a la Secretaría y al Colegio el inicio de cualquier carpeta de investigación radicada en el territorio del Estado, en contra de algún notario de la entidad, respetando siempre las disposiciones de protección de datos personales que emanen de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

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