Sin datos de calidad la justicia se ‘cierra’ (Parte 2)
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Para mejorar las cifras con las que evaluamos la seguridad y la justicia en México, primero es preciso comprender las debilidades de nuestra actual forma de generar estadísticas. Y detectar un riesgo siempre latente: los errores en el registro de datos delictivos. Aquí entregamos una radiografía completa de las áreas de oportunidad en los modelos estadísticos y de registro delictivo.
En la primera entrega de este artículo demostramos la importancia de contar con información de calidad para impulsar la justicia en México desde el diseño de mejores políticas públicas. También subrayamos que nuestro país ha avanzado una enormidad en la sistematización e institucionalización de las estadísticas de seguridad y justicia, aunque existen áreas de oportunidad muy claras. Las enunciaremos en cinco aspectos:
- Generación de datos bajo una lógica del sistema de justicia inquisitivo. Del diseño de las variables y sus indicadores, no se identifica una visión que contemple armónicamente los principios del sistema de justicia penal acusatorio (i.e. la igualdad procesal tanto de víctimas como de imputados, las diversas salidas previstas por el sistema).
- Prevalece un enfoque de seguridad sobre una visión sistémica que articule también a la justicia. Esto se observa tanto en el diseño de los instrumentos de captación de información como en el establecimiento de las prioridades y los ejercicios de planeación.
- No hay un compromiso real de registrar y visibilizar la información de las víctimas del delito. Aun cuando la metodología del Secretariado ha promovido el registro del número y sexo de las víctimas, la información que registran las procuradurías es incipiente y de baja calidad.
- Prevalecen diferencias en cuanto a los criterios para el registro y clasificación de información. Pese a los esfuerzos por la estandarización –como el uso de la Norma Técnica–, tanto en entidades federativas como a nivel federal existen factores que afectan su homologación y que pueden significar riesgos de “reclasificación”. Por ejemplo, la tipificación que se realiza de los delitos en cada Código Penal puede sugerir diversos supuestos, con sus correspondientes formas de registro y protocolos de atención, como es el caso de los feminicidios.
- La indefinición de competencias entre ámbitos de gobierno abre también riesgos de posible impunidad. En casos en los que no se define adecuadamente un hecho delictivo, se incide directamente en la posible indefinición de competencias entre el fuero federal y el local, lo que genera riesgos de subregistro y potencial impunidad.
- La toma de decisiones o determinaciones procesales por parte de los operadores. Por ejemplo, cuando un Ministerio Público toma conocimiento de un hecho delictivo toma una primera decisión: abrirle una carpeta de investigación o bien, levantar un acta circunstanciada o asignarle un número de atención. En cualquiera de los dos últimos, los delitos no quedarán registrados como parte de la incidencia delictiva. Quizá generen algún registro, pero no será el estadístico ni aquel que permita su trazabilidad y seguimiento.
- Prácticas en la operación que también inciden en la forma de registrar la información. Por ejemplo, la adopción de modelos de gestión específicos en las fiscalías locales (como el de los tres pisos, el de atención diferenciada de la demanda u otros) pueden privilegiar el descongestionamiento de las instituciones e incentivar la canalización de casos sin que se guarde un registro específico de los delitos.
- Los propios cauces del proceso penal pueden implicar cambios en la información originalmente registrada. Por ejemplo, el mismo Ministerio Público puede solicitar la reclasificación del delito, o bien requerir ajustes derivados del proceso de investigación complementaria; en tales casos requiere valorarse la forma y los mecanismos de garantía en que los cambios se llevarán a cabo bajo estrictos controles y no como parte de alguna estrategia para reducir la incidencia delictiva. Aún cuando pueden existir cambios posteriores de manera justificada, es indispensable prever un mecanismo de vigilancia para que esos espacios no signifiquen ventanas de arbitrariedad estadística dispuestas para ajustar la información, a fin de evitar inconsistencias o vacíos.