Estado mexicano enfrentará demanda en la CIDH por cervecera Constellation Brands

viernes, 7 de junio de 2019 · 20:32
ENSENADA, B. C. (apro).- El Colectivo Plebiscito por la Defensa del Agua de Baja California presentará una queja en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra el Estado mexicano por aliarse a los intereses comerciales de la cervecera transnacional Constellation Brands, luego de que las autoridades judiciales desautorizaron el referendo para decidir si la empresa se instala en la ciudad de Mexicali. Para el grupo, siete de 10 magistrados del Poder Judicial de la federación violaron el derecho al agua, al voto popular para decidir sobre un asunto de trascendencia para la vida pública, a la libertad de expresión y al derecho humano “in dubio pro persona” previsto por el artículo primero de la Constitución. Jesús Filiberto Rubio Rosas, representante del Colectivo Plebiscito, manifestó que se hará la petición para que la CIDH investigue a detalle las irregularidades y lleve el asunto a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos para evitar que la cervecera, representante comercial del Grupo Modelo en Estados Unidos, se quede con 20 millones de metros cúbicos de agua al año. Los abogados Martha Elvia García y Daniel Solorio Ramírez, asesores jurídicos del colectivo que juntó más de 40 mil firmas de bajacalifornianos a favor del plebiscito, anunciaron que acudirán en los próximos días a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión para demandar a siete ministros de la Sala Regional Guadalajara y de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). “Los denunciaremos ante la Representación Nacional de acuerdo con el Artículo 110 constitucional que regula el Juicio Político en contra de servidores públicos que realizan actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales por violaciones graves a la Constitución, a las Leyes Federales que de ella emanen, así como por el manejo indebido de fondos y recursos federales. La denuncia será signada por los miles de ciudadanos firmantes de la solicitud de plebiscito”, indicaron. Entre los magistrados que serán denunciados por el colectivo está dos presidentes de Salas del Tribunal Electoral federal: Jorge Sánchez Morales, de la Sala Guadalajara, y Felipe Alfredo Fuentes Barrera, de la Sala Superior quien hizo la iniciativa que el 29 de mayo desechó de plano la realización del plebiscito. También serán acusados los ministros Felipe de la Mata Pizaña, Mónica Aralí Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez -de la Sala Superior-, así como Gabriela del Valle Pérez y Sergio Arturo Guerrero Olvera -de la Sala Guadalajara-. “Entre los argumentos que servirán de base a nuestra denuncia están los valiosos contenidos en el voto particular de los dos magistrados disidentes -Indalfer Infante Gonzales y Reyes Rodríguez Mondragón-, que en la Sala Superior dejaron establecido que el fallo de la mayoría, que aniquiló la posibilidad jurídica del plebiscito, aniquiló también la oportunidad que tuvieron de sentar un importante precedente en materia de plebiscitos y consultas populares, tema en que el Derecho Mexicano es completamente ignorante”, añadieron. En su voto particular, Infante y Rodríguez expresaron: “El derecho a votar en las consultas populares es una genuina expresión de la soberanía popular, mediante la cual se confiere a los ciudadanos la posibilidad de incidir de manera directa en la definición de políticas públicas”. Consideraron que al igual que en un proceso electoral, el plebiscito es un mecanismo de participación democrática ya que es una de las formas en que se expresa la voluntad ciudadana; por tanto, es importante definir si una persona física o moral tiene interés para impugnar su realización. “La definición del interés jurídico de la empresa para impugnar –agregaron-, no entraña el análisis de una cuestión meramente formal, sino que su definición pasa, necesariamente, por el carácter que tienen las consultas y su vinculación con la participación del pueblo en la vida política del país”. Y consideraron necesario que la Sala Superior estableciera lineamientos claros, aplicables no solo a Baja California, sino que constituyeran directrices interpretativas generales de lo que debe entenderse por trascendencia, como requisito sustancial para que proceda una consulta. “Este concepto es muy amplio y tiene un fuerte contenido de carácter subjetivo, ya que, lo que puede ser importante o transcendente para una comunidad puede no serlo en otra”. Y concluyeron que el caso del plebiscito en Mexicali sí reunía los requisitos de relevancia y trascendencia que la Sala Superior ha desarrollado para aquellos casos en los que no se surte algún tema de constitucionalidad en el recurso de reconsideración. La votación en la Sala Superior finalmente fue a favor de declarar intrascendente el plebiscito por 4 votos contra 2, y la inasistencia de la magistrada Janine M. Otálora Malassis. Los abogados y el representante común del colectivo manifestaron al respecto: “Por ahora no habrá plebiscito porque lo han bloqueado las corruptas complicidades entre un gobierno empresarial y los dirigentes de la oligarquía, más no de los empresarios honestos”. Y sentenciaron: “Pero que la lucha por la defensa del agua contra la devoradora trasnacional Constellation Brands continuará tanto por la vía jurídica como de la movilización social. Esto no se acaba hasta que se acaba”.

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