La ONU pide a AMLO la "libertad inmediata" de Rafael Méndez Valenzuela

jueves, 22 de agosto de 2019 · 23:26
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas pidió al gobierno de Andrés Manuel López Obrador poner en “libertad inmediata e incondicional” a Rafael Méndez Valenzuela, detenido en 2008, en plena “guerra contra el narcotráfico” declarada por el presidente Felipe Calderón. Y es que, pese a que su sentencia fue cumplida desde hace más de un año, Méndez Valenzuela –también víctima de tortura-- sigue en prisión. Se trata del primer caso sobre el cual el gobierno de López Obrador debe dar respuesta a un organismo de Naciones Unidas, que además lo instó a asegurarse de que la víctima reciba “la atención física y psicológica adecuada” y que sea indemnizada conforme a los estándares internacionales. El Grupo de Trabajo aprovechó la oportunidad para solicitar a la actual administración que le permita “realizar una visita a México para abordar la cuestión de la privación arbitraria de libertad”, luego de recordar que la última vez que estuvo en el país fue en noviembre de 2002, y que solicitó regresar en 2015, 2016 y 2018. En el resolutivo dado a conocer este jueves, el Grupo de Trabajo alertó que el de Méndez Valenzuela es uno de “muchos casos” que le han sido presentados en los últimos cinco años sobre privación arbitraria de la libertad de las personas en México, y resulta preocupante que “pueda representar indicativos de un problema sistémico de detención arbitraria (…), que si continúa puede constituir una grave violación al derecho internacional”. Advirtió que, bajo ciertas circunstancias, el encarcelamiento generalizado o sistemático, u otras privaciones graves de libertad, en violación de las normas del derecho internacional, pueden constituir crímenes de lesa humanidad. El caso de Rafael Méndez Valenzuela, hijo de Judith Valenzuela, periodista de Río Doce, se remonta al 22 de enero de 2008, fecha en que fue detenido por policías estatales junto con sus acompañantes, mientras transitaban por el municipio de Valle de Bravo, Estado de México. Los uniformados argumentaron que viajaban en un vehículo con reporte de robo. De acuerdo con el testimonio, Méndez fue torturado por agentes estatales en el bosque de Valle de Bravo; después por efectivos del Ejército y miembros de la Agencia Federal de Investigación (AFI), en instalaciones militares, y finalmente en la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada, por agentes federales, hasta que firmó documentos en los que aceptaba ser miembro de La Familia Michoacana. Tras señalar que sufrió dislocamiento del hombre izquierdo, luego de haber sido empujado para que bajara del helicóptero en el que fue trasladado a la Ciudad de México, Méndez Valenzuela denunció ante el Grupo de Trabajo de la ONU que ni la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México ni la Comisión Nacional de los Derechos Humanos aceptaron tramitar una queja por los hechos. Luego de un tortuoso proceso judicial en el que no se tomó en cuenta su denuncia por tortura, ni ante el agente del Ministerio Público, ni ante el juez de la causa, y después de cuatro años de prisión preventiva, Méndez fue sentenciado a 17 años de prisión. En el litigio, sus abogados lograron que la sentencia se redujera a 10 años, dos meses y 19 días, plazo que se cumplió el 2 de marzo de 2018, pero la víctima no ha sido liberada y continúa su internamiento en el Centro Federal de Readaptación Social 8, en Guasave, Sinaloa. El intercambio de comunicación entre el Grupo de Trabajo y el Estado Mexicano inició en noviembre de 2018, durante el gobierno de Enrique Peña Nieto, y en enero fue retomado por el de López Obrador, el cual negó que se tratara de un caso de detención arbitraria. Fue en flagrancia, dijo, y justificó que la víctima siga en prisión porque la defensa ha recurrido las sentencias y en estos momentos espera el desahogo de una prueba pericial, el Protocolo de Estambul, ordenado desde 2017, pero hasta la fecha no se ha realizado. El actual gobierno negó la tortura y validó un examen médico del Centro Federal de Readaptación Social Número 1 de Almoloya de Juárez, en el Estado de México, realizado el 10 marzo de 2008, casi dos meses después de la detención de Méndez, y dejó a un lado la revisión médica que se hizo en la PGR el 23 de enero de 2008, “en el cual sí se registran lesiones”, además de existir otros peritajes que demuestran que fueron producidas por tortura, indicó en su dictamen de Grupo de Trabajo. Y, de acuerdo con las respuestas del gobierno, admitió que, a raíz de las denuncias de tortura presentadas por Méndez, existe una carpeta de investigación que sigue en integración. En su deliberación, el grupo de expertos determinó que el gobierno mexicano no pudo comprobar que al momento de la detención hubiera flagrancia, toda vez que su arresto se registró el 22 de enero de 2008 y la orden de aprehensión se emitió más de un mes después, el 6 de marzo. Sobre su permanencia en prisión, en espera de la aplicación del Protocolo de Estambul, pese a que su tiempo de primera condena culminó, consideró que el gobierno “no ha proporcionado ninguna explicación satisfactoria de por qué el señor Méndez Valenzuela debe permanecer detenido mientras se reúne esa información”. Ante las inconsistencias, los expertos de la ONU sostuvieron que “no existe una base legal para la detención del señor Méndez Valenzuela, por lo que la privación de su libertad es arbitraria”, además de que por la forma en que fue presentado ante los medios, como integrante de La Familia Michoacana, y adjudicarle el apodo de “Chester”, se “comprometió su derecho a la presunción de inocencia”. Asimismo, estimó que la víctima “ha estado detenido por más de 11 años sin que el gobierno haya demostrado que su confesión fue voluntaria y que, por lo tanto, los procedimientos en su contra fueron fundamentalmente injustos”, y por los alegatos graves de tortura, el Grupo decidió remitir el caso al Relator Especial sobre Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Destacó que Méndez no tuvo acceso a abogado, sino hasta siete horas después de su arresto, “y después de haber firmado la confesión”, aunado a que el abogado de oficio le señaló que si ya había firmado no tenía nada que hacer por él, por lo que, a pesar de que después tuvo acceso a otros letrados, el Grupo de Trabajo “considera que existen serias dudas sobre si recibió asistencia legal efectiva de su primer abogado”. Luego de calificar de “inaceptable”, desde el punto de vista de los estándares internacionales de derechos humanos, la prisión preventiva obligatoria en México, el Grupo de Trabajo estimó que se violó el derecho de Méndez Valenzuela a ser juzgado en un plazo razonable y sin demoras indebidas, “durante sus cuatro años iniciales de prisión preventiva y posteriormente durante su detención, a la espera de una sentencia definitiva”. Los integrantes del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias manifestaron que la manera de subsanar los daños causados a Méndez Valenzuela es ponerlo en libertad y “otorgarle el derecho a una indemnización exigible y otras reparaciones, de conformidad con el derecho internacional”. Y exhortó a que se realicé “una investigación completa e independiente de las circunstancias que rodean la privación arbitraria de la libertad del señor Méndez Valenzuela, incluidas las denuncias de tortura, y que adopten las medidas adecuadas contra los responsables de la violación a sus derechos”. Finalmente, recomendó que hagan modificaciones legislativas relacionadas con la prisión preventiva obligatoria, y se armonicen a los estándares internacionales. El Grupo de Trabajo dio un plazo de seis meses al gobierno de López Obrador para que informe sobre los avances del resolutivo.

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