La huella que desbloquea el teléfono… ¿bloquea la justicia?
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- Un juez estadunidense determinó que la policía no puede obligar a un usuario de teléfono a utilizar su huella digital para desbloquearlo con el fin de buscar información que probablemente podría ser usada en su contra.
El caso, reportado en el estado de Idaho y retomado por la edición estadunidense de la revista Forbes, puede reencender la polémica sobre la imposibilidad de la justicia para obligar a usuarios o empresas de tecnología a facilitar el acceso a dispositivos electrónicos en busca de evidencias para procesar a presuntos criminales.
El magistrado Ronald E. Bush se rehusó a emitir una orden de registro que obligaba a una persona, acusada del delito de posesión de pornografía infantil, a desbloquear mediante su huella dactilar su teléfono celular, de marca Pixel 3 XL de Google, protegido por un estuche negro marca Incipio.
La resolución del juez Bush citó la Quinta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos, que dice que las personas no pueden ser obligadas a autoincriminarse.
El dispositivo fue hallado en el baño de la vivienda del sospechoso –cuyo nombre y género no fueron mencionados en la sentencia– y después de le incautó. Estaba bloqueado y la policía solicitó entrar para hacer una búsqueda forense.
Para acceder a su contenido se requiere forzosamente información biométrica –en este caso la huella, pero también podría ser mediante iris o reconocimiento facial– la cual pertenece al individuo.
Una huella es una característica física de un individuo utilizada para identificarlo y, eventualmente, incriminarlo si cometió un delito (por ejemplo, si está impresa en algún objeto del lugar donde ocurrió un robo o un homicidio). Pero, para efectos de acceder al contenido de un dispositivo electrónico, la huella equivale a un código. Tiene el valor de una contraseña pensada por el usuario.
Y es que, como apuntó el juez, la protección que otorga la Constitución para que una persona no testifique contra sí misma no se limita a las pruebas verbales o escritas. Por eso consideró que esta situación era susceptible de ser protegida por la Quinta Enmienda.
“El uso de la biometría (específicamente, las huellas dactilares) puede incriminar al individuo al proporcionar evidencia”, señala la resolución del juez.
“El gobierno puede, por supuesto, buscar en el contenido del dispositivo sin la necesidad de obligar al propietario del teléfono celular a desbloquearlo, si existe un medio para hacerlo sin tener que obligar al uso de la biometría.
“En semejante circunstancia, el gobierno puede acceder a los ‘contenidos’ de alguna otra manera, ya sea directamente o indirectamente”, expone el documento fechado el 8 de mayo.
Este caso recuerda las controversias sobre cómo los sistemas judiciales batallan contra los mecanismos de encriptamiento digital de dispositivos electrónicos que las grandes compañías ofrecen como garantía de privacidad al consumidor.
Una de las más famosas polémicas ocurrió en 2016 y fue la orden de una magistrada estadunidense a la empresa Apple para que desbloqueara el iPhone 5 de uno de los autores de un tiroteo en San Bernardino, California, en el que murieron 14 personas, con el fin de facilitar las investigaciones del FBI.
La empresa de Cupertino se rehusó a crear un mecanismo que evitara borrar la información de un teléfono después de 10 intentos fallidos de desbloquearlo mediante clave numérica. Al final, el FBI tuvo que pagar 900 mil dólares a un tercero para poder hackear el aparato.