La PGJ se niega a oír

sábado, 23 de julio de 2011 · 10:56
Para el síndico tapatío Héctor Pizano Ramos no hay duda de que la procuraduría estatal encubre a exfuncionarios panistas. Sólo así se explica, arguye, que a 16 meses de que presentó una denuncia contra Jorge Alfredo Hidalgo González por usurpación de funciones y fraude procesal, la dependencia ni siquiera haya citado al exsecretario técnico del Comité para la Revisión de Recursos en Materia de Desarrollo Urbano. Ello a pesar de que hay elementos suficientes que lo inculpan.   Desde hace 16 meses, el síndico de Guadalajara Héctor Pizano Ramos presentó ante la Procuraduría General de Justicia de Jalisco (PGJ) la primera de sus dos querellas contra Jorge Alfredo Hidalgo González y otros exfuncionarios de la administración de Alfonso Petersen Farah por diversos ilícitos, sin que la dependencia le haya respondido. Tal parece que el procurador Tomás Coronado Olmos deja pasar el tiempo para proteger a sus correligionarios, dice Pizano, quien en su primera denuncia, presentada el 16 de marzo de 2010, acusa al exsecretario técnico del Comité para la Revisión de Recursos en Materia de Desarrollo Urbano de usurpación de funciones y fraude procesal. Lo más indignante, recalca, es que aun cuando el municipio exhibió pruebas palpables, la procuraduría ni siquiera ha llamado a declarar a Hidalgo, quien sigue activo, ahora como secretario relator de la sección de amparos en el Consejo de la Judicatura estatal. Al no tener respuesta, Pizano presentó una segunda denuncia el 10 de mayo siguiente en la que, además de Hidalgo González, incluyó a los exdirectores Ricardo Oliveras Ureña, de Obras Públicas; Luis Alberto Güemez Ortiz, de Promoción Económica; Eduardo Catalán Domínguez, de Medio Ambiente y Ecología, y Marcos Pineda Cruz, de Gestión Urbana. También están implicados Juan Carlos Ulloa Sánchez, secretario particular de Petersen Farah cuando éste estuvo al frente de la alcaldía; así como Juan Palomar Verea, entonces vocal ejecutivo de la Comisión de Planeación Urbana; Gilberto Toscano, quien dirigió Obras Públicas; Juan Pedro Ramos Rodríguez, representante del director general de Bomberos, y Carlos Arias Madrid, predecesor de Hidalgo en el Comité para la Revisión de Recursos. El lunes 3, este semanario informó sobre otras querellas penales presentadas por el mismo síndico contra 13 funcionarios de la administración de Petersen Farah por un presunto fraude en las obras de remodelación de las banquetas de la avenida Juárez-Vallarta. Y pese a que las graves anomalías administrativas y de construcción están comprobadas (AP723/2010), la dependencia se muestra renuente a actuar, dice Pizano; mientras que la Dirección Jurídica del municipio asegura que Coronado Olmos recurre a esas tácticas dilatorias para proteger a sus compañeros de partido (Proceso Jalisco 347). Las nuevas querellas Héctor Pizano reitera que la primera denuncia contra Hidalgo González es por fraude procesal y por usurpación de funciones. Los hechos quedaron asentados en la AP1588/2010 en la agencia 6B, cuyo titular es el agente del Ministerio Público Gustavo Rogelio Rivera Delgadillo. En su argumentación, el síndico expuso que el 13 de enero de 2010 Hidalgo exhibió un escrito (el DJM/DJCT/AMPO017/2010) en la oficialía de partes del municipio en el que se presentó como secretario técnico del Comité para la Revisión de Recursos en Materia de Desarrollo Urbano pese a que ya no trabajaba en el ayuntamiento. La intención de Hidalgo, argumentó Pizano en esa ocasión, era revertir una decisión del 4 de marzo de 2009 (expediente 039/Z2/E-2009/1009) en la que se negaba a María Teresa Espinosa Peña la construcción de un edificio de 23 pisos en avenida José María Vigil 2534 porque contravenía los planes parciales. Incluso subrayó que, como la actual administración no ha conformado una comisión para resolver los recursos en materia de desarrollo urbano, Hidalgo trató de sorprender a la autoridad municipal para revertir la negativa a Espinosa Peña basándose en la Ley de desarrollo urbano, abrogada en 2008; además, dejó de lado la norma vigente del Código urbano del estado. El 10 de mayo último, Pizano presentó otra querella (AP1642/11) contra el mismo Hidalgo y contra quien resulte responsable, tras encontrar que los expedientes del Comité para la Revisión de Recursos en Materia de Desarrollo Urbano mostraban “múltiples irregularidades que no constituyen simples errores de opinión o de carácter administrativo y que por tanto se pudiesen considerar como hechos constitutivos de delitos”. La administración que encabeza Aristóteles Sandoval detectó que las resoluciones de fondo o recursos de revisión violan el Código Urbano estatal y que Oliveras Ureña, Güemez Ortiz, Catalán Domínguez, Pineda Cruz e Hidalgo “se aprovecharon del poder y autoridad propios del empleo, cargo o comisión desempeñados para satisfacer, indebidamente, algún interés propio o de cualquier otra persona, que no sea de orden económico”. Según Pizano, los expedientes de 2009 que presentan irregularidades son los siguientes: 152, 159, 189, 190, 192, 210, 216, 236, 256, 394, 431, 436, 469, 474, 510, 590, 914, 945, 944, 954 y 962. A esos 21 expedientes deben sumarse otros tres de 2008: el 184, 231 y 300. En cada caso, la Comisión de Dictaminación de Ventanilla Única informó a los particulares que no podían instalar ningún servicio o negocio porque violarían el Plan parcial de desarrollo urbano. Sin embargo, agregó, los integrantes del Comité que encabezaba Hidalgo anularon la decisión y emitieron un nuevo dictamen en el que autorizaban giros no permitidos en las distintas zonas. En el expediente 394/2010 se menciona, por ejemplo, que la Comisión de Dictaminación negó a Lucino Hernández Murillo el permiso para la instalación de un anuncio semiestructural en avenida Hidalgo 1600, entre Alfredo R. Plascencia y Manuel M. Diéguez. No obstante, el 10 de agosto de 2009 los integrantes del Comité emitieron otro dictamen en el que autorizaban la instalación del anuncio, esta vez a favor del recurrente Moisés Hernández Nuño. Pizano expuso ante la PGJ que los entonces funcionarios omitieron aplicar “lo dispuesto por el Código urbano y resolvieron de manera indebida conforme lo que disponía la Ley de desarrollo urbano, abrogada al momento de resolver, habiéndose otorgado un beneficio injustificado al gobernado”. En otro expediente (el 436/2009), la Comisión determinó negar a Manuel Melchor Arizaga un permiso para abrir un cabaret en la calle Manuel Gómez Morín Norte 4380. 20 días después, el Comité emitió un nuevo dictamen en el que autorizó la apertura del establecimiento. De manera similar procedió el Comité con el expediente 469/2009, relativo a un local de abarrotes, frutas y verdura en la calle Refugio Rubio 4050, en el que la propietaria Anabel Díaz Muñoz solicitaba autorización para vender cerveza en botella cerrada en un anexo. El Comité cambió la resolución negativa de la Comisión 20 días después. En el expediente 474/2009, en el cual se negó a Juan Ricardo Aguilar Sánchez, Bernardo Barragán Guerra y Jorge Agustín Ramírez Casillas la apertura de una “bodega para distribución de telas laminadas sintéticas imitación piel” en la calle San Juan de Ulúa 1531, el Comité presidido por Hidalgo invalidó la resolución adversas de la Comisión 28 días después. Por lo que respecta al expediente 590/2009, la Comisión de Ventanilla rechazó la petición de Luis y Blanca Estela Autrán Pérez, quienes solicitaban permiso para la apertura de un bar anexo a un restaurante en la calle Mariano Azuela 128. 55 días después, el Comité decidió que el negocio se abriera. De los expedientes correspondientes a 2009, el único integrante del Comité que no firmó los nuevos dictámenes fue el representante del alcalde, Juan Carlos Ulloa Sánchez; y en este último dictamen del expediente 590, faltó también la firma del director de Medio Ambiente y Ecología, Eduardo Catalán Domínguez. En su denuncia del 10 de mayo, Pizano expuso también que los integrantes del Comité cometieron conductas antijurídicas como consta en los tres expedientes de 2008. En ellos, dijo, se “dictaron dos resoluciones firmadas por los miembros del Comité para la Revisión de los Recursos en materia de Desarrollo Urbano; la primera desfavorable y la segunda en sentido contrario”. El síndico refiere que la Ley de procedimiento administrativo no autoriza emitir dos resoluciones de un mismo asunto, menos aún “para que éstas sean en sentidos opuestos. Por tanto, el actuar de los miembros del Comité está fuera de todo contexto normativo”. Con las resoluciones de los tres expedientes de 2008 resultaron favorecidos los particulares Florentino Méndez Báez, a quien se le permitió ampliar una casa habitación; a Martha Dolores Lozano Martínez, para abrir oficinas administrativas, y a Jorge Adrián Figueroa Ruvalcaba, para subdividir “con el uso habitacional unifamiliar densidad alta” el predio ubicado en la calle Andrés Tamayo 2028. A diferencia de su actuación en 2009, Ulloa Sánchez sí firmó la autorización de las licencias de construcción junto con Palomar Verea, Gilberto Toscano, Eduardo Catalán, Pineda Cruz, Ramos Rodríguez y Arias Madrid. Otra de las irregularidades cometidas en lo particular por Hidalgo González fue la usurpación de funciones, pues “ejercer una comisión o cargo distinto al que le corresponde (es ilegal)”. Como elemento de prueba Pizano presentó las resoluciones dictadas en los expedientes 189, 192, 216, 431 y 510, todas con diagonal 2009. En las cinco, Hidalgo decidió de forma unilateral resolver dictámenes, cuando el Reglamento de la administración pública municipal establece que el Comité, de manera colegiada, es el único que puede tomar esas decisiones. Entre los particulares beneficiados con la determinación de Hidalgo destacan: Aurelio Meléndez Zapata, quien obtuvo permiso para edificar vivienda plurifamiliar vertical; Ángel Luis Cortés, quien quedó exento de garantizar cajones de estacionamiento para visitantes en una unidad habitacional; Borduex Inmobiliaria, que obtuvo el permiso para edificar vivienda unifamiliar de alta densidad en régimen de condominio; Daniel Pescador, quien recibió la venia para subdividir un terreno habitacional unifamiliar para viviendas y local comercial, y Alfredo Grajeda del Castillo, a quien se autorizó subdividir su terreno. Pizano insiste en que el Comité que encabezaba Hidalgo concedió una “ventaja procesal injustificada” a los particulares al dictar la resolución a su favor antes del fenecimiento del plazo que tenía la autoridad para rendir un informe justificado de negativa. Esta irregularidad se repitió en varios expedientes, entre ellos el 236 y el 951/09. Por lo que atañe al primero, el síndico sostiene que el trámite y resolución se dio en dos días hábiles. “El recurso de inconformidad se recibió el 28 de abril de 2009 y la resolución definitiva se emitió y notificó el 30 de abril, siendo que el oficio CRRMDU/389/2009 por el que se concedió al director general de Obras Públicas el plazo para rendir el informe el 27 de abril (lo que era imposible) y se notificó hasta el 6 de mayo, fecha posterior a la resolución del asunto”.

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